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Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Llarena, espantada y consecuencias

Carles Puigdemont

Gonzalo Boye Tuset

La última espantada del juez Llarena, retirando no solo la Orden Europea de Detención y Entrega cursada a Alemania en contra de Puigdemont, sino también la existente en contra de Ponsati en Escocia, las inexistentes contra Comín, Serret y Puig en Bélgica, así como la orden internacional de detención cursada a Suiza en contra de Marta Rovira, pone en evidencia tanto el talante de dicha persecución como el escaso rigor técnico de quien las había cursado. En cualquier caso, lo relevante no es la retirada de dichas órdenes, sino las razones para ello y sus consecuencias que, estoy seguro, no han sido adecuadamente calibradas.

Las razones son claras: la tesis acusatoria, que no investigadora, de Llarena se sustenta en una antidemocrática interpretación de los hechos y la correspondiente, también antidemocrática, aplicación del Derecho Penal, como bien ha dejado en evidencia el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein no en una ni en dos, sino en tres ocasiones.

Sí, pensar que lo sucedido el 20 de septiembre o el 1 de octubre pasados pueda encajarse en los delitos de rebelión y/o sedición solo refleja que quien está realizando esa interpretación dista mucho de tener una visión democrática de la realidad, porque basta una reposada y desapasionada lectura del auto de procesamiento dictado por Llarena para entender que lo que realmente está criminalizando no es otra cosa que los derechos a la libertad de expresión, reunión y manifestación.

La respuesta dada por el Tribunal de Schleswig-Holstein, y las que iban a llegar desde Escocia y Suiza, han infundido tal pánico en el instructor que ha preferido coger el camino indigno de impedir el contraste jurídico de su tesis, retirando todas las órdenes de detención por segunda vez. Se ha hecho un ridículo de proporciones inimaginables y, por la actuación de unos pocos, se ha puesto en cuestión a todo el sistema judicial español, al menos a nivel europeo.

En el ámbito de las consecuencias, la primera y más evidente radica en ese ridículo del que hablo: la credibilidad del sistema judicial español ha quedado abiertamente tocada, producto de un actuar irreflexivo, cargado de pasión, intenciones políticas y muy poco o nada de Derecho. Insisto: una lectura reposada, sin ardores patrióticos, del auto de procesamiento y de una serie de resoluciones dictadas tanto por Llarena como por la Sala de Apelaciones durante la instrucción, lo que realmente refleja son juicios e intencionalidades políticas que nada tienen que ver con un proceso penal dentro de un Estado Democrático y de Derecho.

La segunda consecuencia, también evidente, es que tanto Carles Puigdemont como el resto de políticos catalanes residentes en el extranjero han recuperado su total libertad de movimientos, con la excepción del territorio español. Podrán moverse por todo el territorio de la Unión sin verse privados, por vía de suspensión, de ninguno de sus cargos públicos y derechos porque, bajo ningún concepto, es de aplicación la torticera interpretación que, hasta ahora, se ha hecho del artículo 384 bis) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La tercera consecuencia puede ser menos evidente pero es tan relevante como las anteriores: se ha arrastrado a diversos países de nuestro entorno a unos costosos procedimientos de extradición o entrega para, llegado el momento de la verdad -ese en el que Llarena quedaría en evidencia-, retirar esas solicitudes de cooperación, dejando a la Justicia de Alemania, Escocia y Suiza con unos gastos abrumadores y sin la posibilidad de que haya constancia de algo evidente: los hechos no son constitutivos de delito alguno.

Esta actuación irresponsable, impropia de quien ejerce la función jurisdiccional, tendrá su respuesta cuando se curse, por tercera, cuarta o quinta vez, una nueva orden europea o internacional de detención porque, a diferencia de lo que debe pensar el juez Llarena, esas ordenes serán tramitadas por los mismos jueces y tribunales a los que se les ha hecho trabajar y gastar recursos públicos para nada.

La cuarta consecuencia también tendrá su reflejo en los procedimientos que se pretendan entablar en el futuro, porque la resolución de Schleswig-Holstein, si bien no se ha ejecutado, ha devenido firme. Ahí se ha establecido algo esencial: no existe ni rebelión, ni sedición, ni desórdenes públicos, y aunque esta resolución no es -en principio- vinculante para los tribunales de Bélgica, Escocia o Suiza, sí que será un elemento que se tendrá muy en cuenta cuando, finalmente, el juez Llarena se atreva a volver a cursar nuevas órdenes de detención. Digo que en principio no es vinculante porque se dictó en el seno de un procedimiento archivado. Pero que las apariencias no nos engañen: se han plasmado unos criterios jurídicos homologables en todo el territorio de la Unión Europea.

La quinta consecuencia, auténtica razón por la cual Llarena -solo o en compañía de otros- decidió retirar las órdenes de detención, es el efecto dominó que la resolución de Schleswig-Holstein podría tener en el juicio que se celebrará en breve ante el propio Tribunal Supremo. Se ha pretendido encapsular el resultado obtenido en Alemania para intentar salvar una errática instrucción y una calificación jurídica inaceptable desde una perspectiva democrática. El problema es que, aún cuando se trate de tapar el sol con las manos, la resolución es ya firme y establece que los hechos descritos por Llarena no son constitutivos de delito alguno.

Consecuencias hay muchas más (y sería largo de explicar), pero lo más relevante es que, por cuestiones ajenas a lo que es la correcta administración de Justicia, se ha exacerbado un procedimiento, se han forzado los tipos penales, se han vulnerado derechos fundamentales y se ha llegado a las puertas de un juicio oral, cuyo resultado todos podemos avistar si no se hace nada para reconducir este procedimiento a unos cauces democráticos. Cuando hablo de democráticos me refiero a una interpretación y aplicación democrática del derecho, según la cual los hechos objeto de investigación no pasan de ser situaciones que todo estado democrático ha de soportar si quiere seguir llamándose así.

España, hace muchos años, decidió incorporarse a la Unión Europea y siempre pensé que no lo hacía para que nos construyesen carreteras, líneas de alta velocidad o aeropuertos incluso donde no se necesitaran; creí, y sigo creyendo, que entramos en Europa para formar parte del núcleo duro de los países democráticos y ello, qué duda cabe, tiene una serie de costos, entre los que se encuentra que cuando vayamos a interpretar la realidad, lo hagamos desde un prisma igualmente democrático; y que cuando pretendamos aplicar el derecho lo interpretemos en igual sentido, porque la democracia no es un apellido, sino una forma de enfrentarse a la vida.

El Derecho, como instrumento para solucionar conflictos, no puede ni debe ser usado de manera torticera y falaz para reprimir al disidente, ni mucho menos como coartada para restringir libertades y derechos fundamentales. El Derecho ha de ser un instrumento que ayude a cambiar la realidad y, sobre todo, que garantice los derechos de todos, nos gusten o no sus planteamientos.

En el caso de Catalunya, lo que se ha hecho es destrozar el derecho penal, procesal y constitucional para mantener la más lacerante herencia del franquismo: la estructura monárquica sustentada en la indisoluble unidad de la nación española, como si la misma se pudiese sostener a punta de condenas e indebidos encarcelamientos.

Si queremos quedarnos en Europa, debemos pensar y actuar como europeos; si queremos apellidarnos demócratas, debemos pensar y actuar como tales; y si queremos vivir en un estado democrático y de derecho, nuestra justicia tiene que pensar, actuar y resolver conforme a criterios democráticos.

La pelota está en el tejado del Tribunal Supremo pero, también, en el de la Fiscalía.

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