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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

De relato en relato

Los presos del procés, al abandonar la cárcel de Lledoners.
27 de junio de 2021 22:33 h

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Algunos, que llevan años viviendo instalados en una concatenación de relatos, ahora han comenzado a sembrar uno nuevo: la sentencia del procés está tocada de muerte en Europa por los indultos concedidos y las declaraciones realizadas por miembros del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Tal cual ha ocurrido en los últimos casi cuatro años, tal afirmación no pasa de ser un relato mediante el cual se trata de adaptar la realidad a unos concretos intereses que distan mucho de ser los encomendados constitucionalmente hablando.

No, la sentencia del procés y el procedimiento penal del que trae su origen no están tocados de muerte ni por los indultos ni por las declaraciones que, como corresponde a todo actor político, han concedido y realizado desde el Gobierno de Pedro Sánchez. Tanto el procedimiento como la sentencia estaban ya tocados de muerte mucho antes y ahora lo que se pretende no es más que trasladar las culpas propias a un nuevo enemigo bien determinado que estaría encarnado por el actual Gobierno de España.

La realidad, que siempre ha distado mucho de los distintos relatos con los cuales se han ido creando, difundiendo y modulando a lo largo de los años de politización del conflicto catalán, es mucho más seria, más profunda y de más severas consecuencias que las recientes decisiones y dichos gubernamentales.

La sentencia del procés, desde una perspectiva europea y de interpretación democrática del derecho, nació muerta, porque todo el procedimiento se ha asentado en bases incompatibles con los pilares fundamentales del derecho de la Unión entre los que destacan aquellos contenidos en el Título I del Tratado de la Unión y, también, a lo largo del articulado de la Carta Europea de los Derechos Fundamentales y del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La concatenación de relatos surgidos para mantener vigente una visión de la realidad que, como digo, es incompatible con el derecho de la Unión ha sido extensa y muy variopinta, pero una somera revisión de esa ya dilatada lista nos permite asumir que, una vez más, estamos en presencia de un relato que solo pretende confundir a la gente y negar la mayor: el procedimiento al procés nunca sobreviviría a la internacionalización del mismo tal cual venimos demostrando desde el 3 de noviembre de 2017. Vamos por partes.

Cuando un grupo relevante de miembros del Govern del president Puigdemont marchó al exilio en octubre de 2017, el primero de los relatos fue bifocal: no era posible tomarles declaración por videoconferencia y Bélgica les entregaría a España en menos de 30 días. Ya el 5 de noviembre, cuando todos ellos quedaron en libertad en Bruselas, el relato comenzó a hacer aguas. En paralelo, se había enviado a prisión al resto de dicho Govern.

El 5 de diciembre de 2017, cuando el juez Llarena, en lo que no fue otra cosa que una honda preocupación por el resultado de la primera euroorden europea de detención y entrega (OEDE), la retiró, se instaló el segundo de los relatos: es un gran estratega que está construyendo el procedimiento para asegurarse la entrega. Otro tanto se dijo en enero de 2018, cuando el mismo Llarena se negó a cursar una OEDE, en este caso a Dinamarca.

En marzo de 2018, después de dictado el auto de procesamiento y tras la detención de Puigdemont en Alemania –en base a una segunda OEDE por los mismos hechos–, el relato que se construyó fue que Alemania marcaba el camino de regreso de “los fugados”. Ese relato duró 12 días, los que estuvo en prisión, y se transformó en una serie de reproches y menosprecios hacia una justicia y un tribunal que fue el que primero dictaminó la verdadera enfermedad del procedimiento que se seguía en el Tribunal Supremo.

El 16 de mayo de 2018, la Justicia belga se negó a tramitar la segunda OEDE en contra de los políticos catalanes por venir mal formulada, al carecer de una orden nacional de detención que la sustentase, y surgió un nuevo relato que se decantaba por que los belgas nos tienen manía y han convertido a su país en un refugio de terroristas y delincuentes. Nadie quiso admitir que el fallo radicaba en el Supremo y no en Bélgica.

En julio de 2018, después de que el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein dictara sentencia en la OEDE cursada en contra de Puigdemont, todo fueron ataques, una vez más, a la Justicia alemana y se gestaron una serie de relatos entre los que se establecía que los jueces alemanes se habían excedido en sus funciones y que el juez Llarena cursaría una prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que les pusiese en su lugar. Una vez más, solo fueron relatos pero que permitieron ocultar un hecho esencial: Alemania había terminado por emitir el parte de defunción del procedimiento que se seguía en España y ello en base a una serie de elementos que, primero, tuvo muy en consideración el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas y, recientemente, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.

En ese proceso de concatenación de relatos tampoco podemos olvidar la serie construida a partir de la elección de Puigdemont, Comín y Ponsatí como miembros del Parlamento Europeo; entre ellos destaco aquel que decía que la condición de eurodiputado se adquiría mediante el juramento ante la Junta Electoral en Madrid. Este relato duró hasta el 20 de diciembre de 2019, fecha en que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) dictaminó lo contrario y su criterio fue asumido por el Parlamento Europeo, al que se incorporaron el 13 de enero de 2020 con efectos a junio de 2019.

Por sorprendente que parezca, tal planteamiento sobre el momento de la adquisición de la condición de eurodiputados sigue sosteniéndola, ya casi en solitario, la Sala Tercera del Supremo, que es la misma que tendrá que resolver los recursos interpuestos por la derecha en contra de los indultos.

Pero como la cosa de los relatos nunca resulta suficiente para no reconocer los errores propios, se instaló un nuevo relato según el cual la concesión del suplicatorio les traería de regreso a España; no contaron ni con las dos sentencias de Puig ni con las cautelares acordadas por el TGUE.

Finalmente, y ante el varapalo que ha representado el dictamen de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que no dice nada distinto a lo que ya dijo Schleswig-Holstein en julio de 2018 o haya dicho la Justicia belga o la escocesa, se instala este nuevo relato según el cual los grandes males que afectan al procedimiento y sentencias dictadas en el caso del procés son única y exclusivamente culpa de Pedro Sánchez.

La verdad es muy otra: construir contra viento y marea un proceso y una sentencia que no encaja en un derecho, el europeo, que es tan propio como el que surge de las Cortes, no solo es un error, sino un empecinamiento que más temprano que tarde llegaría a este punto.

Los indultos no han dado el certificado de defunción a la sentencia del procés, eso ya se consiguió en 2018 –fue en Schleswig-Holstein– solo que, de relato en relato, nunca se ha tenido la honradez intelectual de asumir el error propio y siempre se ha trasladado la culpa a un tercero. Esta vez le toca a Pedro Sánchez que, en definitiva, parece que se ha convertido en caza mayor porque siempre se vive mejor contra un enemigo que contra los fantasmas propios.

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