Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.
Ahí lo dejo
La reciente decisión de la Audiencia de Schleswig por la que se acuerda poner en libertad a Carles Puigdemont y, también, se desestima la pretensión de abrir un procedimiento de OEDE por delito de rebelión no es una resolución judicial más, sino una que tendrá profundas consecuencias de cara al procedimiento, Causa Especial, que instruye el Juez Llarena.
Lo que ha establecido la Justicia alemana, esa en la que tantas esperanzas habían puesto tanto Fiscalía como el propio Juez Instructor, es que los hechos descritos por el propio Llarena en su auto de procesamiento no son constitutivos de delito violento alguno, mucho menos rebelión y eso es algo que debería obligar al Juez y a la Fiscalía a meditar si vale la pena seguir caminando hacia el precipicio.
No hay rebelión porque, entre otras cosas, no se dan los elementos objetivos ni subjetivos del tipo penal y, especialmente, no hay la violencia que obcecadamente se les viene atribuyendo.
Muchos han cuestionado la estrategia de defenderles fuera de España, cuestionamiento que ha llegado, incluso, a la descalificación personal de quienes así lo aconsejamos... ahora , más que nunca, se ha demostrado que la estrategia era la correcta y que la vía más acertada era la de someter los hechos a la justicia de otros países de nuestro entorno, a una justicia más objetiva e imparcial, una justicia que no estuviese encandilada por el brillo de las banderas y, en definitiva, a una Justicia que interpretase los hechos a través del prisma de los valores democráticos.
La resolución de la Audiencia de Schleswig es una buena noticia, así debería interpretarse por parte de todos los demócratas, porque ha venido a establecer que cuestionar el marco convivencial, cuestionar la estructura estatal y la forma de gobierno, no es más que un ejercicio de libertad de expresión, de libertad de manifestación, de libertad de reunión... en definitiva una actividad propia de un sistema democrático.
Pero, es más, al decidir en tal sentido (desestimando la existencia de un delito de rebelión), la Justicia alemana ha abierto la vía a un cuestionamiento global sobre la causa por la cual se ha procesado y encarcelado a un grupo relevante de políticos catalanes... unos mismos hechos no pueden ser delictivos en un país y no en otro dentro del ámbito de la Unión Europea porque ello afecta a uno de los pilares fundamentales de dicha unión: la libre circulación de las personas.
La orden europea de detención cursada por el Juez Llarena ha abierto este escenario, que veníamos reclamándolo desde hace meses, y la respuesta que darán los países democráticos será muy similar a la que ya ha dado Alemania... con esas resoluciones sobre la mesa nuestro Tribunal Supremo deberá plantearse si continúa ‘albanizando’ nuestra Justicia o se sumerge en la interpretación democrática de lo sucedido en Catalunya... la decisión es de ellos, pero las consecuencias las sufriremos todos... y ahí lo dejo
Sobre este blog
Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.