La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Bendeus Productios A.I.E., la empresa promotora del festival Starlite de Marbella, al pago de 363.993,89 a la SGAE en concepto de los derechos de autor que generan los conciertos.
La sociedad de gestión colectiva de derechos demandó a la productora “tras la oposición de ésta al requerimiento de pago”, según dice la sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, “de las cantidades adeudadas por ésta por la comunicación pública de las obras musicales” gestionadas por la SGAE y que hayan tenido lugar durante las ediciones de 2017 y 2018 del Starlite Marbella, celebrado en el Auditorio de la Cantera de Nagüelles de Marbella (Málaga).
El festival consiste en un ciclo de conciertos celebrados en un entorno natural durante los meses de verano. En 2017, actuaron artistas del calibre de Anastasia, Art Garfunkel, Juan Luis Guerra, Elton John, Carlos Vives, Ana Torroja, Carlos Vives o Joaquín Sabina. En 2018 lo hicieron Pet Shop Boys, Sting, David Bisbal, Il Divo, José Manuel Soto, Maná, James Blunt, Serrat o Taburete, entre otros.
La sentencia explica que el festival solicitó a la SGAE autorización para llevar a cabo la comunicación pública de las obras detalladas en las respectivas solicitudes de los años 2017 y 2018. Tras la celebración, SGAE emitió las facturas correspondientes por los derechos devengados, que no fueron abonados por la demandada.
Starlite se opuso al abono de las facturas argumentando que las cuantías no estaban desglosadas, que las tarifas estaban “fijadas unilateralmente” y sin “memoria económica preceptiva”. Además, la promotora alegó que se le excluyera de la tarifa general debido a que “determinados artistas habían dado su autorización para la comunicación pública directamente”. La promotora también alegó que una Resolución del Consejo de la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (CNMC) de 16 de noviembre de 2014 había considerado las tarifas como abusivas. El festival consideró esa tarifa general (8,5%) como “desproporcionada e inequitativa”.
Un juzgado de lo mercantil de Madrid estimó en el verano de 2022 la demanda formulada por la SGAE, condenando a la promotora. Bendeus presentó un recurso de apelación contra esa sentencia. Y el festival ha vuelto a perder la apelación en un tribunal superior.
Respecto al “caracter abusivo” de la tarifa, el juez indica que el festival no ha analizado en qué medida lo es, sino que se ha limitado a señalar “su carácter desorbitante”. Al respecto de la unilateralidad, la sentencia indica que “no consta” que la promotora hiciera “esfuerzo alguno” en “negociar individualmente la remuneración por la comunicación pública de las obras gestionadas por la SGAE en los conciertos que promueve”. Si no que se limitó a solicitar autorización conforme al modelo de aplicación de las tarifas generales.
En cuanto a la falta de acreditación del importe reclamado, el juez recuerda que se presentaron “facturas desglosadas que acreditaban las cantidades reclamadas” y que el hecho que la productora pidiera excluir determinadas actividades que consideraba excluidas de la tarifa, “pone de relieve que conocía el desglose”.
El festival puede recurrir la sentencia en el Tribunal Supremo. La SGAE ha declinado hacer declaraciones. El festival Starlite ha remitido un comunicado en el que expresa un “gran respeto por el trabajo de los artistas y autores”. En él, enmarca esta sentencia dentro de unos procedimientos judiciales abiertos contra la SGAE, “donde discuten la abusividad, falta de equidad y de transparencia por parte de la SGAE quien ha impuesto unas tarifas de forma unilateral”. “Por este motivo, mientras que está judicializado, en lugar de Starlite seguir pagando directamente a SGAE, lo ha depositado en el juzgado”, añaden.
El festival Starlite ha obtenido “pronunciamientos judiciales favorables respecto de las liquidaciones de los años 2019 y 2021 en las acciones interpuestas por la SGAE” en las primeras instancias de la Justicia.
Según el festival, la reducción de tarifas que hizo la Sociedad General de Autores y Editores tras la resolución de la CNMC de 2014 aludida en la sentencia, se hizo “de forma simbólica y mínima” por lo que entiende que “siguen siendo abusivas”. Además, indican que la Asociación de Promotores Musicales (APM), de la que el festival forma parte, mantiene “discrepancias con la SGAE” desde 2017 debido a “determinadas condiciones del modelo de contrato de licencia establecido por SGAE y con la tarifa establecida por SGAE”.