Nueva condena a la Hungría de Viktor Orbán por obstaculizar la solicitud de asilo a los refugiados
Nuevo revés legal al boicot de la Hungría de Viktor Orbán al derecho de asilo de los refugiados. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) considera ilegal la exigencia de una declaración de intenciones extra que obligó a presentar a los solicitantes de asilo en sus embajadas de Kiev y Belgrado durante la pandemia como paso previo a la posible consecución de la protección internacional. El tribunal con sede en Luxemburgo consideran que el procedimiento impuesto supone “una vulneración manifiestamente desproporcionada” del derecho de los solicitantes de asilo.
“Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva, al supeditar la posibilidad de formular una solicitud de protección internacional, respecto de algunos nacionales de países terceros o apátridas que se encuentren en su territorio o en sus fronteras, a la previa presentación de una declaración de intenciones ante una embajada húngara sita en un país tercero y a la expedición de un documento de viaje que les permita entrar en territorio húngaro”, señala el TJUE en un comunicado sobre la sentencia.
La argumentación de los jueces es que la directiva que establece las normas comunitarias para la concesión de asilo no contempla el requisito previo de una declaración de intenciones y considera que supone impide el “acceso efectivo, sencillo y rápido al procedimiento”, que es uno de los objetivos del proceso de solicitud de asilo para los refugiados que huyen de guerras o persecuciones en sus países de origen.
Aunque el tribunal reconoce que hay margen para que los estados establezcan “modalidades particulares” en el proceso para limitar la propagación de una enfermedad contagiosa en su territorio, considera que la obligación de que los solicitantes tuvieran que ir a otros sitios como Kiev o Belgrado iba en la dirección contraria. “La obligación de desplazarse a una embajada en el extranjero, exponiendo así a los nacionales de un país tercero o apátridas al riesgo de contraer COVID-19 que, posteriormente, podrían propagar en Hungría, no puede considerarse una medida adecuada para luchar contra la propagación de la pandemia”, concluye Luxemburgo.
No es la primera vez que el TJUE condena a Hungría por el rechazo del gobierno ultraderechista a los procesos legales de asilo. Una de las sentencias consideraba que ese país incumplió la ley al detener a refugiados en la zona de tránsito de la frontera con Serbia. También fue reprendido desde Luxemburgo por penalizar a las ONG que prestan ayuda a los solicitantes de asilo. En 2015, el castigo vino por someter a los solicitantes a test psicológicos para identificar su orientación sexual.
La batalla de Bruselas contra Orbán en el TJUE es constante. Aún así, los gobiernos ultras de Polonia y Hungría ya han anticipado que incumplirán el nuevo pacto migratorio si sale en los términos por los que apuestan los 27 y que pasa por un modelo de “solidaridad flexible” en la que habrá una cuota de 30.000 refugiados que los países tendrán que acoger o pagar 20.000 euros por cada persona que les corresponda y que rechacen. La Eurocámara, sin embargo, es más ambiciosa y apuesta por el reparto obligatorio entre los países.
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