La Comisión Europea da un tirón de orejas a España por el sistema de concesión de los 'chiringuitos' de la playa al considerar que vulnera la normativa comunitaria al no seguir criterios “transparentes e imparciales”. También considera que la larga licitación de 75 años es contraria a la normativa europea, puesto que otorga un “derecho preferente en favor de los titulares”. Así, ha abierto un expediente de infracción a España para que modifique las reglas en un periodo de dos meses. Si no toma las medidas oportunas, el asunto puede acabar en la justicia europea y en la imposición de multas.
“España prevé la posibilidad de otorgar concesiones para construir locales permanentes (como restaurantes o piscifactorías) en el dominio público costero, simplemente previa solicitud, seguida de un período de información pública de 20 días. En cambio, la Directiva de servicios establece la obligación explícita de utilizar un procedimiento de selección imparcial y transparente”, explica Bruselas en un comunicado en el que notifica los procedimientos de infracción del mes de diciembre, es decir, los incumplimientos de normativas comunitarias que no han sido traspuestas por parte de los estados miembros.
En el caso de España, uno de los apercibimientos tiene que ver con los chiringuitos. Otro de los cuestionamientos que hace la Comisión Europea es la posibilidad de prorrogar las concesiones, que en algunos casos llega a los 75 años. “Supone un derecho preferente en favor de los titulares”, recoge el comunicado, que también censura los obstáculos para que accedan a esos contratos operadores de otros estados miembros. “Las normas nacionales restringen indebidamente la libertad de establecimiento consagrada en el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”, señala el gobierno comunitario.
El procedimiento va, no obstante, más allá de los chiringuitos y afecta a las concesiones del dominio público costero. Así, continúa con la batalla de Bruselas contra casos como el de Ence en la ría de Pontevedra, a pesar de que recibió el aval del Supremo.
España tiene ahora un plazo de dos meses para contestar a la Comisión Europea y tomar las medidas oportunas para acompasar la legislación nacional a la comunitaria. A partir de ahí, el gobierno comunitario analizará la situación y decidirá si sigue adelante con el proceso de infracción, que puede suponer un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), o si se cumplen los estándares.
Otro de los procedimientos de infracción a los que se enfrenta España tiene que ver con la directiva sobre peajes y euroviñetas que la UE acordó en 2022 y que establece las normas que deben regir el uso de las infraestructuras viarias. Básicamente, lo que reclama a España es que cambie el modelo para que camiones y demás vehículos pesados paguen por la distancia recorrida y no por el tiempo.
Lo que sostienen en el Ministerio de Transportes es que la directiva no obliga a poner nuevos peajes y aseguran que ahora están “ultimando la tramitación del Real Decreto para su aprobación en Consejo de Ministros y, así, culminar la trasposición de la directiva”.
En la misma situación que España están otros siete países (Bulgaria, Grecia, Italia, Luxemburgo, Malta, Polonia y Portugal) que no han adecuado su legislación nacional a la comunitaria para lo que tenían de margen hasta marzo de 2024. Ahora tienen un plazo de dos meses para tomar las medidas pertinentes y comunicárselo a la Comisión Europea, que puede recurrir a la justicia europea para que imponga multas en caso de que se siga incumpliendo la directiva.