La Caixa abrió la guerra de las dobles comisiones con el cobro de dos euros a los usuarios de cajeros automáticos que no fueran clientes. Ante las protestas de los consumidores, el Gobierno intervino con la prohibición de la medida. Pero no es la única comisión que podría dar qué hablar en el futuro. La entidad catalana también fue pionera en aplicar una comisión de dos euros a las personas que realicen ingresos en cuentas corrientes en los que no sean titulares. Dos euros cobra también Banco Popular por este mismo concepto, y Banco Santander, tres. Esta entidad explica en su libro de tarifas que este recargo se aplica a los ingresos en los que hubiese que detallar la persona que realiza el movimiento o el concepto del abono en las oficinas a las que se les comunique expresamente.
En los tres casos, la comisión se carga contra la persona que realiza el ingreso. Desde La Caixa afirman que esta comisión se refiere a un servicio que solicita una persona que no es cliente, “aunque a veces no llega ni siquiera a aplicarse”, al tiempo que recuerdan que ese tipo de ingresos siempre pueden realizarse a través del cajero automático sin ningún tipo de coste. Mientras, Fernando Herrero, secretario general de Adicae, recuerda que el Banco de España ya se pronunció acerca de esta comisión y añade que en realidad los bancos la aplican bajo la excusa de que dan el servicio de señalar el nombre de la persona que ingresa y el concepto del ingreso. Con todo, Herrero califica de “desproporcionado” este cobro.
Comisión por estar en números rojos
Una de las comisiones más polémicas es la relacionada con la comunicación de posiciones deudoras. Todas las entidades la cobran debido a que entienden que el procedimiento de comunicación de una situación de números rojos en una cuenta corriente o depósito a la vista genera gastos. Sus importes rondan los 30-35 euros, sin embargo, no es un servicio que solicite el cliente. En este punto, hay que recordar que la ley vigente dice que la banca sólamente podrá cobrar comisiones por servicios solicitados en firme y aceptados por los clientes, siempre que estos servicios hayan sido efectivamente prestados y los gastos que genera la prestación de ese servicio, se hayan generado. Además, antes de prestar un servicio bancario a un cliente, las entidades están obligadas a informar, mediante un mensaje claro y de forma gratuita, la comisión que se va a aplicar. El cliente, una vez al tanto de los costes del servicio, tiene derecho a rechazar la operación solicitada y, por lo tanto, no abonar recargo alguno.
El uso de tarjetas cuenta también con comisiones que, aunque responden a servicios que solicita el cliente, pueden resultar un tanto exóticas. La Caixa cobra por recargar las tarjetas prepago el 1% del importe a recargar, mientras que Bankia aplica un 3%, con un mínimo de cinco euros por el mismo concepto, y Banco Popular, cinco euros por cada recarga. Bien es cierto que ambos pueden ser considerados servicios que reclama el cliente, pero se da la paradoja de que si el cliente, haciendo uso de sus derechos, desiste de realizar la operación, tampoco puede realizar pagos con su tarjeta. Con todo, desde Bankia explican que las comisiones que aparecen en el libro de tarifas se refieren al máximo que la entidad puede cobrar, “pero luego la política comercial puede determinar cifras por debajo de las marcadas”, para luego reconocer que esta tarifa sobre las tarjetas prepago no se está cobrando en las sucursales.
Otra comisión peculiar es la que cobra La Caixa por un servicio de gestión de cobro de pesetas, a petición del cliente. Por él cobra el 3% del importe en billetes gestionados, con un mínimo de tres euros, y seis euros por cada 100 monedas o fracción.
Algunas entidades también reconocen cobros en sus libros de tarifas por no utilizar ciertos servicios, situación que no puede considerarse como servicio solicitado por el cliente. La entidad catalana, además, cobra cinco euros al semestre por inoperancia de tarjetas de prepago, es decir, si no se produce ninguna operación con este medio de pago en seis o 12 meses. Santander, por su parte, aplica un recargo de 30 euros a los usuarios de TPV (Terminal de Punto de Venta o datáfono) cuando la facturación del comercio haya sido inferior a 200 euros durante dos meses naturales seguidos.
Fernando Herrero aconseja a los usuarios reclamar en caso de que cualquier entidad aplique comisiones que no se correspondan con servicios solicitados. El primer paso sería la protesta en ventanilla. Si no se obtiene el resultado deseado, el usuario deberá reclamar ante el propio servicio de atención al cliente de la entidad en cuestión. Si éste no le da respuesta en un plazo de dos meses o es insatisfactoria para el usuario, entonces puede interponer su queja ante el servicio de reclamaciones del Banco de España.