El origen de la entidad financiera será la clave para aplicar la Tasa Tobin europea, no el lugar de la transacción
La Comisión Europea acaba de dar luz verde a la Tasa Tobin europea con la que se gravará con un 0,1% las transacciones de acciones y obligaciones y con un 0,01% las operaciones con derivados que tengan un vínculo con los 11 países miembros de la Unión Europea que han firmado del acuerdo (Francia, Alemania, Bélgica, Austria, Eslovenia, Portugal, Grecia, Eslovaquia, Italia, España y Estonia). El objetivo es que el impuesto genere unos ingresos anuales de entre 30.000 y 35.000 millones de euros a partir del 1 de enero de enero de 2014, que será cuando entre en vigor.
Una de las principales reticencias ante la aplicación de este impuesto es que pueda acarrear la deslocalización de la transacciones. Para evitarla, el texto aprobado hace hincapié en que el objetivo del gravamen no será el lugar donde se efectúe la operación financiera sino el domicilio fiscal de las entidades implicadas. Es lo que técnicamente se llama “principio de residencia”. De esta forma, explican en la Comisión, “un banco de origen alemán no puede esquivar la tasa operando a través de su filial en Londres”, por ejemplo.
Podría ser objeto de la Tasa Tobin europea “una compraventa de derivados que tuviera lugar entre las Bolsas de Tokio y Shanghai si alguna de las entidades financieras que participan en ella tiene su sede oficial en alguno de los 11 países europeos que han aprobado esta tasa”, aseguran. Incluso estarían gravadas las transacciones realizadas por entidades subsidiarias de firmas británicas, estadounidenses o de cualquier otro lugar del mundo siempre que tuvieran ficha de actividad en alguno de los países firmantes del acuerdo.
Como garantía adicional frente a la elusión del impuesto, el texto oficial añade el 'principio del lugar de emisión'. Según dicho principio, los instrumentos financieros emitidos en los 11 Estados miembros serán gravados cuando sean objeto de negociación, incluso si los negociadores implicados no están establecidos en la zona de aplicación de la tasa“.
En un principio, la Tasa está concebida para frenar la especulación, no para dañar la economía real. Por eso, estarán exentas las transacciones diarias entre ciudadanos y empresas (préstamos, pagos, seguros, depósitos, etc.). Tampoco se gravarán las actividades de refinanciación, la política monetaria y la gestión de la deuda pública. “Por consiguiente, quedarán exentas del impuesto las transacciones con los bancos centrales y el BCE, con la Facilidad Europea de Estabilización Financiera y el Mecanismo Europeo de Estabilidad y con la Unión Europea”, aseguran en la UE.
Se conseguirá el objetivo económico y de marketing, pero se seguirá especulando
En contra de lo que pudiera parecer, el pánico no ha recorrido los mercados al conocer la noticia. Los operadores lo tienen claro: “Serán los clientes finales quienes paguen la tasa. Los bancos la repercutirán entre el 70% y el 80%”, asegura Miguel Ángel Rodríguez, gestor del mercado de divisas en XTB. Para este experto, recaudar entre 35.000 entre todos los bancos europeos “no es un gran daño para las cuentas de las entidades”.
Aunque Juan Luis García Alejo, director general de Inversis Gestión ve complicado que se consiga en su totalidad. “Sólo pagarán los inversores pequeños y medianos a los que se les encarecerá algo la operativa. Pero quienes hacen más volumen, los llamados operadores de alta frecuencia, si ven que se les encarece mucho, se irán a operar a otros lugares”, asegura.
Ninguno de los dos considera que se vaya a frenar la 'especulación', en el mejor de los casos desaparecerán productos minoritarios, pero nada más. “Esto va de dinero. Hay que recaudar, si la economía no fuera tan mal hubiera sido difícil de implantar. Si se han puesto de acuerdo es porque saben que algo de dinero llegará a las arcas de los estados. Además, de cara a los ciudadanos es una medida muy popular en la que, por fin, los malos de la crisis asumen alguna carga”, asegura el director de Inversis Gestión.
Todavía queda un paso más para su aplicación
El siguiente paso es que la propuesta de directiva será debatida ahora por los estados miembros, con vistas a su aplicación en el marco de la cooperación reforzada. Los 27 Estados miembros pueden participar en los debates, pero sólo los que han firmado la cooperación reforzada tendrán derecho de voto, y deberán llegar a un acuerdo por unanimidad antes de poder proceder a la aplicación. También se consultará al Parlamento Europeo.