Protección de Datos abre un expediente sancionador a Osakidetza por las cámaras instaladas en las ambulancias de La Pau
Los problemas se le acumulan a la principal empresa privada contratada por el Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) para la prestación del servicio de ambulancias, la catalana Grup La Pau. Si este lunes se suspendió de urgencia la entrada en vigor del nuevo contrato con un 24% más de financiación para el servicio de transporte sanitario programado o no urgente por una denuncia de UGT alertando de que Grup La Pau tiene ya una infracción “muy grave” constatada por la Inspección de Trabajo por retrasos en el abono de las nóminas, este martes la Agencia Vasca de Protección de Datos ha incoado un procedimiento sancionador contra Osakidetza porque La Pau ha instalado cámaras en todos los vehículos del transporte sanitario urgente con capacidad de grabar también las conversaciones de trabajadores y pacientes.
Según la normativa aplicable, la multa podría ser de un máximo de 10.000 euros o del 2% de la facturación de la empresa. En Euskadi, Grup La Pau tiene asignados del orden de dos tercios (lo correspondiente a Bizkaia y Álava) de los dos contratos de ambulancias, valorados en 135 y 147 millones de euros, respectivamente. La adjudicación ahora analizada desde el punto de vista de Protección de Datos entró en vigor en agosto de 2023.
Fue el sindicato ESK quien denunció ante la Agencia Española de Protección de Datos esta circunstancia. Alertó de que se había instalado en las ambulancias “sin colocar cartel identificativo ni informar a trabajadores o usuarios” un sistema de “grabación georreferenciada de vídeo y audio total (360 grados)”. “Graban las conversaciones internas entre los trabajadores y de éstos con los pacientes”, avisaron. El organismo estatal derivó el caso a su equivalente autonómico en diciembre, justamente unos días después de la entrada en vigor de la nueva ley que lo regula y refuerza.
Protección de Datos de Euskadi ha realizado una investigación previa en la que se constata la instalación de estos sistemas de control y grabación. Y Grup La Pau no lo niega. En un informe, la compañía catalana explica que introdujo en su oferta “herramientas de control y supervisión de la flota en servicio” con el objetivo de disponer de “unidades interconectadas”. Los datos iban a una “plataforma centralizada”. El sistema se llama Webfleet y requiere de cuatro aparatos en cada ambulancia. Grup La Pau tiene unas 500 destinadas a Osakidetza sumadas las urgentes (de color amarillo) y las programadas (azules y blancas).
Sin embargo, Grup La Pau alega que “la implementación actual del sistema de videovigilancia difiere de la [tecnología] descrita en la propuesta inicial”, la denunciada por ESK. Indica que el sistema “no está diseñado para llevar a cabo una videovigilancia continua” y que solamente se activa en caso de alerta, como un accidente de tráfico. De hecho, insiste en que muchas de las cámaras están totalmente apagadas “a todos los efectos prácticos”. Sin embargo, están permanentemente latentes porque son capaces de ofrecer una secuencia de imagen de cinco segundos antes de que sean puestas en marcha. La compañía asegura también que “por un firme compromiso hacia la protección del derecho a la intimidad personal” se ha acordado “abstenerse de implementar la grabación de voz”. Era algo “excesivo” e “innecesario”, asume Grup La Pau.
Protección de Datos ha designado a Ainize Iriondo Plaza como instructora del procedimiento de infracción. Y no señala como responsable de los hechos a Grup La Pau sino directamente a la Administración. El director de Aseguramiento y Contratación del Departamento de Salud, Frumencio Molinero, indica en un informe al hilo de esta denuncia que Osakidetza no es “responsable del tratamiento” de esa información almacenada por las cámaras y que la decisión de colocarlas fue adoptada por la adjudicataria, por Grup La Pau, y nunca, además, a instancias del Gobierno.
A partir de la notificación de este acuerdo -fechado a 7 de mayo- se abre un plazo de doce meses para que se concrete el montante de la sanción. No obstante, se abre un período más breve, de quince días hábiles (tres semanas en la práctica), para que los denunciantes o Salud formulen “alegaciones” o presenten documentos adicionales. No cabe recurso contra esta decisión, que viene rubricada por el presidente de la Agencia Vasca de Protección de Datos, Unai Aberasturi.
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