El proyecto de Ley de Protección Civil y de Gestión de Emergencias no incluirá, por indicación del Consejo de Estado, un régimen sancionador por las llamadas falsas realizadas a este servicio de urgencias y emergencias.
El director del Centro 112 de Extremadura, Juan Carlos González Rojo, ha comparecido en comisión parlamentaria, dentro del periodo informativo de este proyecto normativo. Ha explicado que un principio se contempló que, en función del uso que hicieran los ciudadanos del 112, se pudiera sancionar administrativamente a fin de “preservar” este servicio.
“Estamos hablando de recursos públicos, de unidades medicalizadas, de camiones de bomberos que se movilizan” y que en muchas ocasiones, debido a estas llamadas falsas, no han podido estar atendiendo una emergencia que sí fue real.
Más de un millar de llamadas falsas en 2015
Como ejemplo ha aludido a un informe de 2015 que revela que en un periodo de dos meses se recibieron 682 llamadas falsas al 112 y al número de atención a las víctimas de violencia de género, el 016, realizadas siempre desde el mismo número de teléfono.
En algunas ocasiones supusieron una movilización de recursos, que no pudieron acudir a otros incidentes, además de generar un colapso de las líneas telefónicas. Ante estos hechos la Abogacía de la Junta de Extremadura consideró que los hechos debían ser puestos en conocimiento de la Fiscalía y apuntó la posibilidad de establecer un régimen sancionador.
En base a ello, ha explicado el director del 112, en la fase de elaboración del proyecto de Ley de Protección Civil y de Gestión de Emergencias se incluyó un régimen sancionador, pero finalmente se ha caído por consideración del Consejo de Estado. Añade que sí existe en muchas comunidades autónomas.
La nueva ley
Al margen de ello González Rojo ha mostrado su satisfacción por esta ley “necesaria”, que se llevaba reclamando desde 2008, y que coordina la respuesta de todas las administraciones y entidades, así como por la parte del voluntariado de protección civil.
Entre otros puntos ha destacado los apartados dedicados a los instrumentos para la anticipación de riesgos y de planificación, así como el establecimiento de los servicios operativos públicos de intervención y asistencia en emergencias, y la instauración de un sistema de evaluación del sistema regional de protección civil.