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Una familia, al borde del desahucio y sin las tierras que permutó a una gran promoción inmobiliaria

Promoción de viviendas de Valdelacalzada

Jesús Conde

Una familia de Valdelacalzada (Badajoz) está a punto de quedarse sin casa y sin el terreno agrícola que permutó a una gran promoción de 94 viviendas unifamiliares a cambio de tres de ellas. Acaban de recibir una orden de ejecución hipotecaria como antesala del desahucio.

Recibieron las llaves de las casas que habitan, libres de cargas. No llegaron a escriturarlas nunca porque seguían a nombre de la promotora, que a su vez las tenía hipotecadas. El promotor no levantó las cargas de las casas y el banco BBVA ha ejecutado las deudas de las hipotecas.

La orden de desahucio procede del préstamo con que el promotor había financiado la obra. Los afectados recibieron las casas con esta carga sin ser conscientes, y sin que nadie se lo comunicara.

Además sostienen que la entidad financiadora era conocedora del trato y estuvo presente en la firma de la permuta, que fue firmada en un documento privado y nunca llegó a formalizarse como escritura pública.

Sentencia en contra

El Juzgado de Primera Instancia de Badajoz ha condenado en una sentencia a la promotora Proyectos y Promociones Valdelacalzada SL por incumplir su obligación de entrega de tres casas en concepto de permuta. Tiene que abonar más de 200.000 euros, pero se ha declarado insolvente y temen que todo se quedará en ‘papel mojado’. Es decir, que perderán la casa y las propiedades que cedieron.

Al mismo considera que no queda probado que el BBVA tuviera conocimiento del compromiso de entregar tres viviendas, de modo que le exime de esta responsabilidad. Considera que el contrato de la familia no afecta a la entidad financiadora.

Las viviendas han sido subastadas y las tiene el banco, que ordena el desahucio de una de ellas. Un juez ha paralizado por el momento el desahucio de las otras dos, a la espera de que se resuelva el litigio.

Presentarán un recurso

La defensa de la familia va a presentar un recurso contra el fallo en el que intentarán fundamentar que no se ha valorado de manera correcta el conocimiento de la permuta, según explica Carlos Arjona, letrado de la familia.

El día de la vista oral un abogado de la familia, presente en la firma, dio fe ante la jueza de que un representante del BBVA estaba en la firma del acuerdo. “El banco lo negó, y lamentablemente la jueza ha dado más credibilidad al testimonio del banco que al del abogado”.

Han reclamado al banco el documento de financiación, donde quedaría constancia de la permuta, y éste “se ha negado a entregarlo”. “La jueza tampoco ha tenido en cuenta la negativa de entregar la documentación de la financiación, donde estaría ese documento”.

Los antecedentes

En 2003, en pleno boom inmobiliario, la familia de unos pequeños terrenos agrícolas en Valdelacalazada recibió la oferta de la mercantil Corporación de Extremadura Manuel Blanco SL de entregarles tres viviendas de 90 m2 cada una, “por supuesto libres de cargas”, a cambio de la cesión de los terrenos para la construcción de 94 viviendas unifamiliares y garajes.

La promotora inicial cedió los derechos a la mercantil “Proyectos y Promociones Valdelacalzada 2003, S.L.”, que se subrogó en el mismo compromiso, iniciando ya ésta los trámites para la construcción de las casas. Tras la finalización de las obras y venta de las viviendas, “en lo que parecía era el cumplimiento del compromiso” se entregaron las llaves y posesión de tres viviendas a los cedentes del terreno para el cumplimiento del acuerdo que pasaron ya a residir en estas.

“La sorpresa resultó mayúscula, cuando descubrieron que las viviendas comprometidas estaban calificadas como de protección oficial y sobre todo, que todas ellas tenían cargas hipotecarias con la entidad financiera BBVA relativas al préstamo con que el promotor había financiado la obra”, explica el letrado de los afectados.

Por parte tanto de los promotores como de la entidad financiera, se les conminó a que asumieran de momento estas cargas y escrituraran, “prometiéndoles que más adelante se trataría de solucionar estas cargas”.

Ante la negativa a tal propuesta se interpuso primero denuncia penal, que fue archivada por entender que no existía intencionalidad de los promotores, sino una situación sobrevenida de falta de liquidez que impedía levantar las cargas del préstamo promotor. Ahora se suma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia que condena a la segunda empresa constructora, y que exime al banco de toda responsabilidad.

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