Los futbolistas Santi Mina (Celta de Vigo) y David Goldar (Unión Deportiva Ibiza), que están siendo juzgados por una presunta agresión sexual, ofrecieron 400.000 euros la la víctima para que se desdijera de su denuncia. Lo reveló la acusación particular en la sesión de este jueves, una vez concluidas las declaraciones previstas de testigos y peritos. La defensa de Goldar replicó, según recoge el periodista Javier Pajarón, de La Voz Almería, que está siguiendo las sesiones presencialmente, que “fue ella la que se dirigió (a los acusados) y puso algún cero más”.
Este viernes el juicio quedará visto para sentencia, una vez la defensa de Mina presente su informe y se dé un último turno de palabra a los acusados. Finalizadas las sesiones, el entrenador del Celta, Eduardo Coudet, ha decidido convocar al futbolista para el partido que enfrenta al equipo y al Real Madrid este sábado en Vigo. Sigue con la política del club, que nunca ha apartado al jugador y que ha argumentado con la presunción de inocencia desde que lo recuperó para su plantilla en 2019. El presidente, Carlos Mouriño, afirmó en una comparecencia pública aquel año que habría “tolerancia cero”, pero en el caso de que llegue una sentencia condenatoria.
En la jornada del jueves la Fiscalía mantuvo en su informe su petición de penas: ocho años de prisión para el primero y la exculpación del segundo. En su intervención, que se prolongó 45 minutos, el fiscal, Miguel Blasco, consideró que hay “un cúmulo, una cascada” de elementos probatorios que respaldan el relato de la denunciante .
“Sinceramente, se me hace díficilmente comprensible que, con todos estos elementos, se pueda pensar que estos hechos no han ocurrido, cómo se puede articular que miente la víctima, y no alcanzo a entender cómo se puede llegar en este caso a una sentencia absolutoria”, manifestó durante el trámite de informes de la vista oral contra Mina y Goldar. A este último la Fiscalía no le imputaba ningún delito en su escrito y sigue sin hacerlo. Sin embargo, la acusación particular lo consideraba cooperador necesario y pedía, antes de iniciarse el juicio, nueve años y medio de prisión para cada uno.
El fiscal expuso que está “constatada” la presencia de ADN de Santi Mina en la exploración ginecológica y que, una vez despejado ese punto, quedaba por establecer si el “acceso carnal” fue consentido o no. Defendió que “la violencia se produjo, no solo por la falta de consentimiento, que no fue tácita, sino que fue expresa, sino también porque el acusado actuó de forma absolutamente sorpresiva, inesperada, imprevisible”. Se preguntó si hay “algo más violento que cometer esa acción de esa manera”. También sostuvo que hubo una “intimidación clara” y que esta se vio incrementada al producirse los hechos en un espacio de “apenas dos metros cuadrados y en presencia de dos hombres jóvenes, atléticos”.
Blasco insistió en que existen “elementos probatorios más allá de la mera valoración sobre la credibilidad”. Añadió que si no resultase “suficiente” la “verosimilitud, permanencia en el tiempo y la ausencia de contradicciones esenciales” en el testimonio de la víctima, las pruebas periciales forenses revelan que las lesiones tanto físicas como psicológicas “son absolutamente compatibles” con “su relato de hechos”.