El Gobierno gallego autoriza la celebración de conciertos en todos los ayuntamientos gallegos, independientemente del nivel de contagios covid que tengan, con público sentado que podrá ir de los 2.500 de aforo para los que tienen más restricciones hasta los 5.000 del nivel con menos incidencia acumulada. En este caso, el grupo de ayuntamientos del nivel medio bajo, también podrán contar con espectáculos al aire libre con público de pie, que no podrá superar el 33% de la superficie útil del recinto y un máximo de 2.000 asistentes. También se autoriza la apertura de bingos y casinos en los ayuntamientos que se encuentran en nivel máximo de restricciones. La decisión se produce en medio del descontrol de contagios por la quinta ola en Galicia y tras consignar una semana con mil nuevos infectados de media al día.
La principal novedad de las nuevas normas es la apertura de los establecimientos de ocio nocturno en los ayuntamientos de máximas restricciones con servicio solo en terrazas, también aclara la normativa relativa a los espectáculos públicos al aire libre, que desde el 25 de junio experimentó distintos cambios y ahora se “armoniza”, como dice la propia exposición de motivos.
De este modo, los conciertos o representaciones al aire libre solo podrán realizarse con público de pie en los ayuntamientos con el nivel más bajo de incidencia actualmente en vigor, el medio bajo. Las condiciones son no superar el 33 por ciento de la superficie útil del recinto, de forma que cada persona disponga de tres metros cuadrados, y el aforo máximo será de 2.000 personas.
En los espectáculos musicales y artísticos con público sentado rigen dos tipos de aforo. En los ayuntamientos con restricciones máximas y de nivel alto, un máximo de 2.500 personas y un 50 por ciento de la capacidad permitida; mientras que en los de nivel medio y medio bajo, se permite un 75 por ciento de la capacidad permitida y un límite de 5.000 personas.
Vuelve el juego a todas partes
Ya en la normativa del pasado 25 de junio, se permitía la actividad de establecimientos de juego, azar, salas de bingo y salas recreativas en los ayuntamientos con menores incidencia, esto es, aquellos con nivel medio y medio bajo. Con la nueva normativa publicada este jueves 22 de julio en el DOG-BIS, ahora también se permite la reapertura en aquellos con una incidencia máxima.
Concretamente, el diario oficial recoge que los casinos, salones recreativos o tómbolas podrán realizar su actividad siempre que no superen el 30 por ciento de su capacidad. Además, al igual que la hostelería en este nivel de incidencia, será obligatorio presentar un certificado de vacunación, superación de la enfermedad o test negativo.
Estas medidas concretas afectan a los ayuntamientos de Sanxenxo, Cambados Meaño y O Grove --provincia de Pontevedra--; A Pobra do Caramiñal y Boiro --provincia de A Coruña--; y O Barco --provincia de Ourense--. En O Grove se sitúa uno de los dos casinos que operan en Galicia y que, pese a las restricciones, podrá volver a poner las ruletas en marcha.
Apertura de discotecas en nivel máximo de contagios
La principal novedad del DOG es la autorización de apertura de sus terrazas a las discotecas, pubs, cafés-espectáculos, salas de fiestas o salas de conciertos que desarrollen actividades de ocio nocturno en los ayuntamientos de máximo riesgo y de nivel alto de incidencia hasta la una de la madrugada. En la rueda de prensa de este miércoles para informar de los acuerdos del comité clínico que asesora a la Xunta, el presidente autonómico informó de que el ocio nocturno estaría cerrado en los niveles de máximo riesgo y nivel alto, tal y como informa Europa Press.
Sin embargo, el DOG-bis recoge la autorización para que estos establecimientos abran con el horario y el aforo de la hostelería, eso sí, solo en los exteriores. Los restaurantes y cafeterías de estos ayuntamientos pueden abrir en interior, con un 30 por ciento de capacidad en el caso de los de nivel máximo y con un 50 por ciento en el grupo de incidencia alta.
El consumo en estos locales será exclusivamente en terrazas y sentado en mesa. Se consideran terrazas al aire libre todos los espacios exteriores no cubiertos o todo el espacio que, estando cubierto, esté rodeado por un máximo de dos paredes o muros.
La entrada en vigor de estas medidas se producirá a las 00,00 horas del sábado, es decir, serán ya aplicables para los usuarios que salgan en la noche de este viernes y prolonguen su tiempo de ocio más allá de la medianoche. Falta por conocer la entrada en vigor, de ser el caso, de la prohibición de reuniones de más de 10 personas en el exterior y de seis, o dos familias, en el ámbito privado; así como la restricción de no poder reunirse entre la 1 y las 6 de la madrugada (en ayuntamientos de nivel máximo y alto) y entre las 3 y las 6 de la madrugada (en ayuntamientos de nivel medio o medio bajo). La Xunta envió el jueves la petición de autorización al TSXG, que tiene ahora que pronunciarse.