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Un juez de Ourense concede el cambio de sexo en el Registro Civil a un niño de ocho años

Un juez de Ourense acaba de emitir una resolución en la que concede a un niño de ocho años el cambio de sexo con el que figura en el Registro Civil. El menor, nacido en 2013, fue inscrito como mujer. Hace cuatro años, en 2018 se cambió el nombre por uno masculino. Sus padres solicitaron en 2021 la modificación del sexo para que aparezca como varón y el magistrado les acaba de dar la razón. Argumenta que el niño tiene “madurez suficiente” y que hay una “situación estable de transexualidad”.

En su exposición, el magistrado reconoce que la de la edad es una “cuestión controvertible”, pero considera que “de haber alguna duda” la resolución debe ser “favorable al menor inscrito” y que deben tener más peso “los datos y las circunstancias concretas del menor”. Su reflexión, indica, es “que nada ganaría la sociedad” negándole al menor el derecho a la modificación, una vez que está “acreditada” la disonancia entre el sexo asignado y la identidad que él siente como propia y “confirmada la persistencia de dicha disonancia a través del tiempo”.

La resolución, que adelantó la Cadena Ser, cita una sentencia del Tribunal Constitucional que rechaza limitar el derecho a la rectificación registral del sexo a los mayores de edad. Si este derecho “se orienta al libre desarrollo de la personalidad”, permitirlo solo a partir de los 18 años sería “una privación de dicho principio constitucional a los menores”. El juez cita también el anteproyecto de lo que será la Ley para la Igualdad real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI -la conocida como 'ley trans'-, que recibirá luz verde en el Consejo de Ministros de este lunes y que interpreta que va en este sentido. El texto prevé que toda persona mayor de 16 años pueda solicitar por sí misma ante el Registro Civil el cambio de sexo sin necesidad de presentar informes psicológicos o demostrar que ha pasado un periodo de al menos dos años sometido a un tratamiento de hormonación, que son requisitos que se están exigiendo en la actualidad. La primera versión del texto preveía la posibilidad de pedir el cambio por debajo de esa edad, aunque con otras condiciones y a partir de los 12 años.

En el caso de este menor, que manifestó a sus padres en 2018, con cinco años, que no se identificaba como mujer, la petición para cambiar el sexo en el Registro Civil se hizo en 2021. Una primera resolución lo denegó, pero los progenitores recurrieron ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Esta resolvió en febrero de este año revocar la primera decisión del Registro porque no se había escuchado al niño. El juez se entrevistó después con el menor, que manifestó que piensa “desde hace muchísimo tiempo como varón”. En la conversación, añade, también quedó “patente” que tiene “un elevado grado de madurez”, que califica de “sorprendente”.

El juez recalca también que el niño está rodeado de ambientes “que se han de considerar ciertamente positivos” y que ha mostrado “una notoria y manifiesta estabilidad emocional y sensitiva”. La estabilidad en la transexualidad, dice la resolución, se desprende también de los datos obtenidos del ambiente escolar del niño y de su familia y grupo de compañeros y amigos.

El magistrado no aprecia en el conjunto de datos sobre el niño “alguno que contravenga la disposición del menor a seguir su vida como chico varón”. Agrega como argumentos a favor del cambio registral facilitar “el libre desarrollo de la personalidad del menor, que actúa como varón desde siempre” y la “voluntad de sus padres”, que son los promotores de la solicitud. El derecho a la identidad de género se encuentra “íntimamente relacionado con la dignidad de todo ser humano”, añade el juez.