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Palo judicial a la planta de gas de Ferrol, que deberá solicitar de nuevo su autorización

Instalaciones de Reganosa en Mugardos (A Coruña)

Marcos Pérez Pena

Desde hace unos años la lucha contra la presencia de la planta de gas de Reganosa en el interior de la Ría de Ferrol se libra, sobre todo, en los tribunales. Tras unos primeros momentos de gran movilización social -con importantes manifestaciones o la acción de docenas de barcos que en mayo de 2007 dificultaron la entrada de los primeros gaseros-, en los últimos tiempos el Comité Cidadán de Emerxencia -plataforma que agrupa a colectivos sociales y vecinales contrarios a la planta- y la empresa mantienen un ida y vuelta de demandas judiciales y recursos que ha dejado ya docenas de sentencias, en un sentido y en el contrario. Este lunes se ha conocido un dictamen del Tribunal Supremo que le da la razón a la plataforma ciudadana en su denuncia de que la regasificadora fue construida en Mugardos e inició su actividad pasando por encima de la legalidad.

La sentencia anula la resolución dictada en 2002 por la Dirección General de Política Energética del Gobierno central que le otorgó a Reganosa la autorización administrativa previa para la instalación de la planta de recepción, almacenamiento y regasificación de Gas Natural Licuado. El texto deja también sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que en 2013 ratificaba la legalidad de la planta. La sentencia del alto señala que la autorización administrativa previa no se debería haber concedido, pues en ese momento el ordenamiento urbanístico de Mugardos (el PGOM de 2003) no permitía la ubicación en ese lugar de una instalación de hidrocarburos. “En el momento de presentación de la solicitud, lo mismo que cuando se otorgó la autorización y cuando se dictó la sentencia recurrida, no existía un instrumento de ordenación urbanística que sirviera de apoyo a la instalación para la que se pedía la autorización”, destaca el tribunal.

La empresa se ha apresurado, a través de una nota de prensa, a restar importancia a esta resolución judicial negativa para sus intereses, asegurando que “ya trabaja” en “resolver” esta “anomalía”, una “cuestión de forma y no de fondo”. Destaca, asimismo, que la sentencia ha desestimado dos de los tres motivos de reclamación (en materia de seguridad y medio ambiente) presentados por la plataforma vecinal O Cruceiro de Mehá. Reganosa afirma finalmente tener la “certeza” de que “cuenta con el amparo de las instituciones y el apoyo de la sociedad gallega para ajustar la tramitación administrativa a lo señalado por el Tribunal Supremo, que será cumplido estricta y íntegramente”.

Mientras, desde el Comité Cidadán se apunta que se trata de una sentencia “muy importante”, pues por vez primera la justicia pone en tela de juicio la autorización primera para la instalación de Reganosa en Mugardos, dándole la razón a la plataforma en su argumento de que la planta es “ilegal y peligrosa”. Las entidades que conforman la plataforma analizarán en las próximas horas el texto de la sentencia para valorar las consecuencias que este dictamen puede tener, así como los próximos pasos a dar. Esperan que a lo largo de este año 2016 los tribunales emitan otras sentencias contrarias a la regasificadora que acerquen el momento en que la instalación tenga que abandonar su actual localización en el interior de la ría. En concreto, está pendiente de resolución un recurso relativo a la Autorización de Construcción de la planta, sobre el que se pronunciará el alto tribunal.

Portavoces del Comité Cidadán citan la reciente sentencia dictada en un caso parecido por el Supremo, que hace un mes declaró ilegal la construcción de la Planta de Gas del Musel (Gijón), por estar situada a menos de 2.000 metros de núcleos de población, incumpliendo el Reglamento de Actividades Molestas Insalubres Nocivas y Peligrosas, normativa vigente en el momento del inicio del Expediente de Construcción. La planta asturiana está a mil metros del núcleo habitado más próximo (El Muselín) y a tres kilómetros de la ciudad de Gijón. Reganosa tiene las viviendas de la parroquia de Mehá a tan sólo 200 metros, el centro de Mugardos a 800, el Arsenal militar de Ferrol a 1.200 metros y el casco urbano de la ciudad naval a 1.500. “Después de la sentencia del Musel tenemos mucha confianza en que la sentencia del Supremo va a ser favorable. Es evidente que si la de Gijón no cumple con la legalidad, la de Reganosa mucho menos”, destacan en el Comité.

En todo caso, y a pesar de esta derrota judicial, Reganosa tiene la posibilidad de legalizar su situación, solicitándole al Ministerio de Industria una nueva autorización. La propia sentencia ya apunta en este sentido que la “nueva solicitud” que la empresa presente deberá ser “examinada atendiendo a los datos concurrentes y al régimen jurídico existente en el momento de su presentación”. De hecho, en Gijón Enagás y el Ministerio de Industria ya iniciaron el proceso de legalización de la planta del Musel, tras el dictamen negativo de hace unas semanas.

Sería un nuevo parche legal al que la empresa (propiedad de la Xunta -24,3%- y del Grupo Tojeiro -50,69%-) tendría que recurrir para regularizar la polémica regasificadora. Ya en mayo de 2012 el Tribunal Supremo anuló la modificación del PGOM de Mugardos realizada para legalizar la planta de Reganosa, convirtiendo en firme el dictamen emitido por el TSXG en 2008. Sin embargo, unos días después Xunta y Ayuntamiento modificaron nuevamente el PGOM, un trámite realizado con urgencia para subsanar la situación de ilegalidad en la que se encontraba la instalación y evitar la aplicación de la sentencia del Supremo.

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