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El exdirector de Adif imputado por el 'caso Alvia' responsabiliza a otros departamentos de Fomento

Andrés Cortabitarte, exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif, en un cartel de protesta de las víctimas de Angrois

David Reinero

Andrés Cortabitarte, el exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif imputado hace diez días por su posible responsabilidad en el accidente de tren de Santiago por no habilitar las medidas de seguridad precisas para evitarlo, acaba de recurrir dicha citación. El abogado de Cortabitarte, facilitado por una aseguradora de Adif, presentó este martes un recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña en el que solicita que no se produzca la comparecencia de su defendido prevista para el próximo 4 de abril mientras no se resuelva esta apelación, en la que se argumenta que el director de Seguridad no era responsable de las actuaciones que le atribuye el juez instructor, Andrés Lago Louro.

Según la argumentación de Cortabitarte, no era responsabilidad suya evaluar la seguridad de la línea de AVE Ourense-Santiago en la que ocurrió el accidente ni autorizar su apertura, sino de la consultora pública Ineco y de la Dirección de Ferrocarriles de Fomento, respectivamente. De hecho, la defensa del imputado asegura que “no hay deber de efectuar una evaluación integral de riesgos de todos los subsistemas” de la línea ferroviaria, cuestión que los peritos judiciales de la causa certificaron que no se había hecho en Angrois y que el juez considera que sí era preciso realizar, y enumera otros países europeos en los que no se hace. Al margen de ese análisis integral, el abogado considera que “a quien correspondía realizar la evaluación de los riesgos señalados [por las empresas constructoras de la línea] en el registro de amenazas era [la consultora pública Ineco] y que los riesgos que esta podía exportar a Adif tenían que estar ya mitigados y ser tolerables”. La defensa, que enumera las competencias directamente atribuidas al puesto que ocupaba Cortabitarte, sentencia que “no corresponde a la Dirección de Seguridad en la Circulación realizar una evaluación integral de los riesgos ni ostentar la responsabilidad global de la gestión de la seguridad”.

Por otra parte, Cortabitarte también se exime de la responsabilidad de la autorización final de puesta en servicio de la línea e incluso de su funcionamiento posterior con las medidas de seguridad insuficientes para prevenir el accidente con las que se hizo argumentando que el “Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General establece como competencia de la Dirección General de Ferroccarriles del Ministerio de Fomento 'la comprobación de que los subsistemas que integran el sistema ferroviario se explotan y mantienen de conformidad con los requisitos esenciales pertinentes”.

A pesar de eximirse de esas responsabilidades, Cortabitarte argumenta que Adif evaluó la seguridad de la línea con la mayor prueba posible, como fue la circulación real de trenes por ella. “Dichas pruebas son auténticas simulaciones ejecutadas con trenes con las características que posteriormente Renfe empleará a lo largo de todos los itinerarios posibles. En dichos test varios maquinistas y varios trenes pasaron por Angrois sin que se percibiera un riesgo intolerable, como tampoco [Ineco] lo había considerado, de ahí que no lo reflejara en su informe”, argumenta. Sin embargo, sí hubo un maquinista que a los pocos días de entrar en servicio la línea alertó del riesgo de un accidente como el que acabó ocurriendo en Angrois. Una alerta que Renfe no le transmitió a Adif, con lo que la argumentación que ahora hace Cortabitarte volvería a reavivar la guerra soterrada existente en la instrucción judicial entre ambas empresas públicas.

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