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El Supremo ratifica que la Xunta anuló ilegalmente el concurso eólico del bipartito

Vista de un parque eólico / EFE

Miguel Pardo

El Tribunal Supremo vuelve a confirmar el destrozo cometido por la Xunta de Feijóo con la anulación del reparto eólico dictaminado por el gobierno de coalición de PSdeG y BNG. El alto tribunal acaba de desestimar el recurso de casación que el Gobierno gallego había impuesto contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) que ya había declarado ilegal la suspensión del procedimiento de autorización de parques eólicos. Por tanto, la justicia confirma el dictamen del Superior gallego y la anulación de la decisión adoptada en agosto de 2009 por el entonces conselleiro de Industria, Javier Guerra, de paralizar el procedimiento, una actuación que había definido como “ilegal”.

Aquella sentencia del 24 de julio de 2012 del TSXG había atendido el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la empresa Aucosa Eólica -surgida de las conserveras Alfageme, Thenaise Provote, Albo y Pita Hermanos- que, con 216 megavatios, había sido la segunda mayor adjudicataria en el reparto llevado a cabo por el gobierno bipartito. La Xunta interpuso recurso de casación contra aquel dictamen que había estimado en parte el recurso de la compañía y que había declarado la nulidad de la suspensión de aquellas concesiones. Consideraba la Administración autonómica que la sentencia no fue“suficientemente motivada” y que “no se había razonado en absoluto por qué se había apreciado desviación de poder”.

El Supremo, no obstante, aclara que el dictamen del TSXG incluye ya “una respuesta motivada y no abitraria o irracional”, niega que se hubiese hecho una “parca referencia”, como decía el Gobierno, e insiste en que “es suficiente tal constatación para desestimar” ese motivo del recurso. Tampoco admite el otro argumento empleado por la Xunta y falla que no hay lugar al recurso de casación, además de imponer las costas a la parte recurrente hasta un máximo de 4.000 euros. Por tanto, y según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, el dictamen del Superior gallego era el idóneo y la ilegalidad de aquella decisión de la Administración ha quedado reafirmada.

La Xunta de Feijóo suspendió aquel concurso eólico sin anular el decreto que lo sustentaba nada más llegar al poder. Argumentó para ello el difícil encaje que tendría en un anteproyecto de ley que no había entrado en vigor aún. Lo hizo después de vencer en unas elecciones en las que aquel concurso eólico y el irreal “conflicto lingüístico” habían sido sus principales armas electorales.

El TSXG consideró que el Gobierno gallego había incurrido en desviación de poder al adoptar una medida cautelar no para asegurar la eficacia de una resolucion, “sino para un fin distinto”. “Bajo la excusa de evitar la consolidación de una supuesta situación ilegal” que “no existe”, decía la sentencia, “se puede garantizar, por razones de oportunidad, la iniciativa legislativa de la Administración autonómica, sin tener que afrontar las consecuencias que se derivan de la aplicación de la normativa en vigor”, dice. En definitiva, la Xunta pudo derogar el decreto o revisar la selección de los proyectos, pero optó por ir más allá.

Al hacerlo así, la Xunta fue contra “el principio de seguridad jurídica” y contra la “confianza legítima en la actuación de la Administración”, al optar por “soluciones ideadas al amparo de reformas legislativas todavía no operativas”. Además, la sentencia del TSXG asegura también que ni los “indicios de ilegalidad” del decreto del bipartito ni la “incompatibilidad en el nuevo modelo eólico” del concurso anulado, argumentos empleados por el Gobierno de Feijóo, “justifican la medida provisional adoptada”.

Esta nueva -y definitiva- llamada de atención a la actuación de la Xunta confirma el error y la ilegalidad de aquella decisión. Las empresas tenían derecho a la resolución de las solicitudes y a que les fuesen otorgadas de las autorizaciones cuando el proceso acabó por suspenderse. Todo se quedó en nada y el potencial eólico de Galicia, bajo mínimos y con apenas adjudicaciones. BNG y AGE ya han anunciado que le preguntarán a Alberto Núñez Feijóo sobre en la sesión de control de la próxima semana.

Posibles indemnizaciones

Son varias las fuentes conocedoras del sector que aseguran que esta ratificación del Supremo tendrá consecuencias relevantes para la Xunta en forma de importantes responsabilidades patrimoniales y la exigencia de indemnizaciones económicas, no solo de la empresa que ha ganado esta batalla judicial contra la Xunta, sino de todas aquellas que, por diferentes motivos, no lograron que prosperara sus recursos.

Así, el grupo San José ya reclamó en los tribunales los megavatios obtenidos en el concurso del gobierno bipartito y defiende que “tiene derecho a que los proyectos sean tramitados y autorizados”, por lo que mantiene varios recursos en el TSXG. Enerxías Renovables de Galicia, la firma de la constructora para aquel proceso, había resultado adjudicataria de 142 megavatios.

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