El Tribunal Superior de Galicia autoriza a Feijóo a limitar el derecho de reunión por el coronavirus
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a limitar, en toda la comunidad, el número de personas que se pueden reunir en espacios públicos o privados -seis en interiores y diez en exteriores-, además de a prohibir encuentros con no convivientes durante la madrugada. Los magistrados entienden que las medidas incluidas en la orden son “idóneas, necesarias y proporcionadas” para contener la expansión de la COVID-19, cuya transmisión se ha incrementado en las últimas dos semanas, al igual que las hospitalizaciones.
Las restricciones a las reuniones de madrugada entrarán en vigor a las 00.00 horas del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG), con lo que para que se puedan aplicar ya este fin de semana, la Xunta deberá publicar la orden en el un DOG antes de finalizar la jornada de este viernes. El Superior avanza que estas restricciones se mantendrán hasta las 00.00 horas del 7 de agosto.
La sala considera que el Gobierno gallego ha justificado la existencia de un peligro para la salud de la población, que se puede ver agravado si esas medidas no se adoptan, así como que carece de otros medios menos agresivos para afrontarlo. Además, destaca que las medidas “responden a una situación clara de incremento del virus” y asegura que “no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión, más necesitado de control en el horario nocturno, frecuentado en mayor medida por los jóvenes, más proclives al contacto social”.
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