El Gobierno de La Rioja publica hoy en el Boletín Oficial de La Rioja la orden que establece y regula el precio público de los servicios sanitarios prestados a particulares en los centros del Servicio Riojano de Salud, y que entrará en vigor el 1 de enero de 2015. Con esta orden, el Ejecutivo riojano cumple con una de las recomendaciones que hacía el Tribunal de Cuentas en su último informe relativo al ejercicio 2012.
La Rioja garantiza a los ciudadanos una asistencia sanitaria pública, gratuita y universal, pero para aquellos supuestos en que aparezca un tercero obligado al pago, según determina la normativa del Sistema Nacional de Salud, es necesario establecer los precios públicos de los servicios y actividades sanitarias de los centros del Servicio Riojano de Salud.
De esta forma, la presente orden detalla los precios públicos de los servicios de atención especializada, como los procesos médicos y quirúrgicos, los ingresos hospitalarios, urgencias, hospitalización a domicilio, consultas externas especializadas, cirugía menor y mayor, etcétera y de atención primaria como las consultas en los centros de salud o a domicilio y los servicios de rehabilitación.
Los precios públicos se han calculado teniendo en cuenta el coste efectivo del servicio prestado y en el caso de que los servicios sanitarios sean prestados con medios ajenos, el importe a pagar será el de la factura abonada por el Servicio Riojano de Salud. Asimismo, la orden establece que estos precios se actualizarán anualmente conforme al IPC.
El texto tiene en cuenta además, en su disposición adicional primera, los casos de convenios, conciertos y contratos de gestión con otras comunidades autónomas, instituciones públicas o privadas y otros organismos, y establece que en dichos acuerdos se fijará el marco en el que se prestan los servicios sanitarios y sus condiciones económicas.