El Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid ha absuelto al arquitecto Carlos Lamela, presidente de Estudio Lamela, como responsable de un presunto delito contra el Patrimonio Histórico por su actuación en los edificios del número 14 de la calle Alcalá y del número 1 de la Plaza de Canalejas, que formaban parte del 'Centro Canalejas Madrid'. Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que adelantó El País, en la que se exonera al arquitecto y al Centro Canalejas Madrid como responsable civil subsidiario.
La sentencia del Juzgado de lo Penal respalda la tesis mantenida por la defensa durante el juicio y descarta que haya habido ninguna alteración o daños al Patrimonio Histórico. El juez subraya que resulta cristalino a partir de toda la prueba practicada, es que no ha habido alteración grave “en la actuación profesional del acusado como arquitecto encargado de dichas obras”. “Ha de descartarse que ninguna de las intervenciones producidas haya causado un daño intencionado y grave al patrimonio histórico protegido en las Declaraciones de Bien de Interés Cultural”, señala.
La Fiscalía de Madrid pidió en junio la apertura de juicio y dos años y tres meses de prisión para el arquitecto responsable de la reforma, por ordenar el derribo de pilares y elementos originales de albañilería, cerrajería y forjados que estaban protegidos.
En el auto de acusación al que accedió Efe, el Fiscal de Medio Ambiente de Madrid consideraba que el arquitecto Carlos Lamela, director de la obra, cometió un presunto delito contra el patrimonio histórico que supuso además la pérdida irreparable de los elementos originales protegidos de dos edificios. Las supuestas irregularidades de las que ahora queda absuelto se cometieron en 2014 en el marco de las obras de construcción del denominado “Complejo Canalejas”, un proyecto de la exalcaldesa Ana Botella para unir seis edificios protegidos de la calle Alcalá y de la plaza de Canalejas en una única manzana para construir un hotel y un centro comercial junto a la puerta del Sol.
Los edificios estaban considerados Bien de Interés Cultural (BIC) y por lo tanto la Comisión Local de Patrimonio informó de forma favorable sobre las obras proyectadas, aunque excluyendo algunas crujías, forjados y elementos protegidos que según ese organismo no se podían demoler.
La sentencia valora los testimonios de los peritos en su exposición, que en todo momento defendieron el respeto y la conservación de la totalidad de los elementos catalogados como Bienes de Interés Cultural (BIC) en la actuación del arquitecto Carlos Lamela.
“Las pruebas practicadas a instancias de la defensa del acusado, en particular las periciales, evacuadas por peritos de la más alta especialización y amplia experiencia, pero incluyendo también las testificales-periciales de altos funcionarios que intervinieron en todo el proceso administrativo, permite descartar dicha grave alteración”, apunta el texto del magistrado.
En un comunicado, el Estudio Lamela destaca que el criterio que ha dirigido la remodelación ha sido “la custodia, protección, restauración y reposición de todos los elementos y espacios de valor o de singularidad histórica o artística de los edificios originales”.