El periódico Somos Malasaña, en colaboración con la empresa de abogados CE Consulting, pone en marcha un consultorio jurídico para responder las dudas de sus lectores relacionadas con todo tipo de aspectos legales o judiciales.
Esta semana la pregunta nos la hace una vecina. La reproducimos seguida de la contestación de CE Consulting:
A pesar de haber oído mil veces eso de que para asuntos de dinero no hay amigos ni familia que valga hace más de un año ya cometí el error de prestarle 300 euros a una muy amiga mía que estaba pasando una mala racha económica y que debía hacer frente al pago de unas facturas básicas de suministros de su hogar. Yo sabía que siempre había andado mal de dinero, pero como era una amistad de años y jamás me había pedido nada, al verla tan preocupada me ofrecí a dejarle dicha cantidad, que le hice llegar a través de una transferencia bancaria. Además de prestárselo, otro error que cometí fue no firmar nada sobre la cantidad que me debía.cometí el error de prestarle 300 euros a una muy amiga míaotro error que cometí fue no firmar nada sobre la cantidad que me debía.
Pues bien, dejé pasar varios meses sin decirle nada al respecto, tiempo en el que seguí viéndome con mi amiga con cierta regularidad. Sin embargo, pasado un tiempo más que prudencial según yo, y visto que no me sacaba nunca el tema, un día se me ocurrió recordárselo, momento en el que se mostró muy ofendida, acabamos discutiendo y me dijo que no pensaba devolverme jamás ese dinero.
Como se supone que el tiempo todo lo cura, volví a quedar con ella pasados otros cuantos meses y no le volví a hablar del préstamo hasta esperar a que nuestra amistad volviera a ser la de antes. Pero como seguíamos quedando y seguía sin decirme nada de la deuda, al final hace dos semanas volví a hablar del tema con el mismo resultado de enfado por su parte y vuelta a decirme que no pensaba darme el dinero.
La verdad es que la decepción que me he llevado con esta persona ha sido enorme y aunque no sea ya por el dinero en sí, me gustaría saber si tengo alguna posibilidad de reclamarlo de algún modo. ¿Sería suficiente prueba el comprobante de la transferencia que le hice en su día? Llevarlo por lo legal supongo que me costaría más que lo que me debe, tanto en tiempo como en dinero... ¿Me puede aconsejar?
Confiando en que atienda mi duda, le doy las gracias
CE CONSULTING: Estimado usuario, en primer lugar, agradecerle la consulta que nos plantea. Comenzaremos diciéndole que la cuestión planteada es compleja. Siempre es recomendable firmar un reconocimiento de deuda, para que en caso de impago por el deudor esta pueda reclamarse fácilmente.
En este caso, si en la transferencia especificó que se trataba de un préstamo será mucho más viable la reclamación.
En primer lugar, es conveniente reclamar la deuda extrajudicialmente, mediante el envío de un burofax. Si el deudor sigue sin abonar la misma, habría que acudir a la vía judicial e interponer la correspondiente demanda.
Como bien indica, acudir a la vía judicial puede costarle más que el importe de la deuda en sí; no obstante, la complejidad jurídica de la cuestión planteada requiere de los servicios jurídicos de un abogado. No dude en contactar
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