Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Sobre este blog

'Patrulla Animal' es un espacio coordinado por Elisa Reche en el eldiario.es Murcia, para defender los derechos de los animales como seres sintientes. 

Esterilización obligatoria de animales: tabú político y legislativo

Cachorros.

Raquel López Teruel

La esterilización obligatoria regulada por una norma de los animales de compañía ha sido hasta hace poco un tema tabú a nivel político y legislativo.

Gracias a los políticos de la Rioja este tema saltó a la actualidad de forma candente tras aprobarse a nivel autonómico la nueva Ley 6/2018 de Protección Animal de La Rioja que entró en vigor el 30 de noviembre de 2018, regulando en su artículo 11 la esterilización con carácter obligatorio para animales de compañía por primera vez en España, si bien dicha norma se circunscribe en cuanto a su aplicación a la citada Comunidad Autónoma.

El artículo 11 de la Ley riojana de Protección Animal dice textualmente lo siguiente:

  1.  Los perros, gatos y hurones, en los casos regulados en la presente ley, deberán ser esterilizados bajo control veterinario, en los lugares autorizados debidamente para ello, que garanticen unas condiciones higiénico-sanitarias saludables para el animal, empleando procedimientos cuyos efectos fisiológicos sean mínimos, anulando la función reproductiva.
  2.  Los perros, gatos y hurones que sean objeto de comercialización o cesión deberán ser esterilizados previamente y dicha esterilización haberse realizado preferiblemente antes de su primer celo y, en todo caso, antes de cumplir el año de edad. En los casos de aquellos animales de compañía mayores del año de edad en el momento de su comercialización o cesión, deberán ser esterilizados en el plazo máximo de un mes desde su adquisición, salvo que exista un certificado veterinario que desaconseje por motivos de salud del animal la esterilización. En este último supuesto, el propietario o poseedor del animal deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar la proliferación.
  3.  El veterinario que efectúe la esterilización al animal de compañía deberá inscribirla en el registro de identificación de animales de compañía en el plazo máximo de un mes.

El citado artículo regula que todos los perros, gatos y hurones deben ser esterilizados con carácter obligatorio en toda La Rioja antes del primer celo o como mucho antes del primer año de edad o, en su defecto, en el plazo de un mes a contar desde la tenencia del animal.

Además, puntualiza que en el caso de animales comercializados o cedidos también debe hacerse, refiriéndose con ello a los animales que se venden por criadores de animales, tiendas, etc; así como los que son donados o cedidos por protectoras de animales o particulares. Concretando dicho precepto que es el veterinario el único que puede realizar la esterilización en un establecimiento clínico veterinario adecuado, así como le corresponde a éste inscribir al veterinario en el Registro Autonómico de Animales de Compañía la fecha de la esterilización practicada, y por ende, también deberá anotarlo en el pasaporte o cartilla veterinaria del animal.

Otro aspecto importante de esta norma es que contempla una excepción de la que hasta ahora, poco eco se ha hecho en los medios, y es que aquellos animales que por motivos de salud se desaconseje la esterilización quedarán exentos, siempre y cuando exista un certificado emitido por un veterinario desaconsejando la citada intervención. En estos supuestos el poseedor del animal debe habilitar las medidas necesarias por evitar que su animal tenga descendencia.

Esta norma ha sido objeto de un recurso, habrá que esperar a ver el resultado para ahondar en un análisis jurídico más profundo. No obstante, me atrevo a decir que la esterilización obligatoria cuenta como mínimo con dos justificaciones de relieve, que cito a continuación:

  1. Justificación jurídica de la esterilización obligatoria.

a) Las Comunidades Autónomas tienen legitimidad de origen constitucional para regular en materia de animales de compañía y no hay ninguna ley estatal que regule a día de hoy, la protección animal de los animales de compañía.

b) El artículo 10 del Convenio Europeo sobre protección de animales de Compañía, del año 1987, en vigor para España desde el 1 de febrero de 2018, regula en su artículo 10 “La prohibición de intervenciones quirúrgicas como el corte de rabos y cola, extirpación de uñas y dientes, sección de cuerdas vocales, salvo por motivos de salud según criterio veterinario. Y permite la intervención para impedir la reproducción de animales, es decir, la esterilización”. Dicho artículo es una norma legal que cita expresamente la esterilización como herramienta para el control de animales, al impedir la reproducción de estos.

  1. Justificación social de la esterilización obligatoria.

a) Centenares de animales abandonados a diario por toda España, siendo cachorros principalmente.

b) Centenares de animales, principalmente sanos y jóvenes “matados” = sacrificados, a diario, en perreras o empresas no éticas que se ocupan del servicio de recogida de animales en los más de 8.124 municipios de España. Corriendo únicamente mejor suerte aquellos que son recogidos por protectoras de animales o empresas éticas.

c) Países europeos vecinos que como Holanda acabaron con el abandono de animales tras aplicar leyes que obligan a esterilizar a los animales de compañía y auténticas políticas de protección animal.

Por último, invito a toda aquel lector que de verdad tenga dudas o piense a ciegas que la esterilización es una barbaridad o un abuso, que se pasee por cualquier protectora de animales o que hable con voluntarios de protectoras, que se pasee también por perreras municipales o empresas no éticas donde se sacrifican miles de animales a diario en España y se podrán quedar perplejos al ver la entrada de camadas de gatos y de perros a diario; así como que la edad de la mayoría de los animales que entran en estos centros no supera un año de vida, es decir, son cachorros, que vean esto con sus propios ojos.

Querido lector si deseas realizarme alguna consulta sobre protección animal o formarte conmigo puedes contactarme a través de mi web Deanimals .

Sobre este blog

'Patrulla Animal' es un espacio coordinado por Elisa Reche en el eldiario.es Murcia, para defender los derechos de los animales como seres sintientes. 

Etiquetas
stats