La decadencia de los incapaces
Gran polvareda mediática ha levantado una frase aislada del auto de sobreseimiento libre dictado por el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 1. Al mencionar que existe un consenso bastante amplio entre la ciudadanía, respecto de que los políticos como colectivo están en franca decadencia, la deficiente comprensión lectora de muchos de los aludidos ha causado estragos. Así, han tomado lo que no es más que la constatación de un estado de opinión ajeno, como opinión propia del magistrado, y se han tirado a la yugular del susodicho.
Bastante más tendría que escandalizar algún que otro episodio que se ha producido durante la tramitación de la causa. Me van a permitir que, cual asesino irredento, vuelva al lugar del crimen, y saque a colación mi anterior artículo. ¿Recuerdan la última frase, el dramático punto y final?: “Esas órdenes jamás debieron ser cursadas. Bum”.
Retrocedamos en el tiempo, hasta el trágico 7 de julio de 2005, en Londres. Varios terroristas suicidas hacen explotar las bombas que llevan consigo en tres vagones de metro y un autobús del sistema de transporte público. La investigación posterior revelará que los autores, ¡oh, sorpresa!, se coordinaron a través de Internet. Diversos países de la Unión Europea contaban ya con normativa acerca de retención de datos, la obligación de los operadores de telecomunicaciones de mantener la información sobre comunicaciones electrónicas realizadas a través de sus infraestructuras, a disposición de las autoridades judiciales. Pero con este terrible suceso se decidió armonizar la legislación europea, buscando un mínimo común denominador, algo obligatorio para las legislaciones de todos los estados. Se halló un consenso en torno a la categoría de serious crimes, o delitos graves, en su traducción al castellano, y se plasmó en la directiva 2006/24/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2006. Desde ese momento, los países miembros estaban obligados a adecuar sus respectivas legislaciones nacionales. Los británicos, muy cucos, promulgaron en 2007 una ley conocida como Serious Crimes Act, en la que enumeran los delitos que quedan comprendidos en esta categoría, y que permite la cesión de datos IP retenidos por las telecos a los jueces para su investigación. Dentro de este catálogo están el intercambio de pornografía infantil, la estafa a través de Internet, la intrusión en sistemas informáticos... El catálogo habitual.
En España, como somos asín, hicimos dos cosas: la primera, convertir el mínimo común denominador europeo en máximo. Donde el legislador comunitario quería establecer lo que tiene que estar bien ordenadito en todos los países miembros (y por debajo de ese límite, que cada palo aguante su vela), nuestros parlamentarios decidieron ser más papistas que el Papa, y establecer los delitos graves como única razón que justifique la cesión de datos a la autoridad judicial. A ese despropósito lo llamaron Ley 25/2007, y ya les hablé de ella el otro día.
La segunda cosa que nuestro legislador hizo fue cruzarse de brazos y no promulgar el equivalente a la Serious Crimes Act. Han sido incapaces de reaccionar en cinco años, tres legislaturas y dos partidos de distinto signo en el Gobierno. El problema es que prácticamente ninguno de los delitos cometidos a través de las tecnologías de la información que recoge nuestro Código tienen la categoría de “graves”, porque su pena de prisión no supera los cinco años. ¿Resultado? No me voy a andar con tonterías, y les voy a poner un ejemplo real como la vida misma.
Un señor se dedica a ligar con niñas de entre 13 y 15 años. Para ello, se hace pasar por un chiquillo de su misma edad, y juegan al “tú me enseñas lo tuyo, y yo...”. Como tiene una buena colección de imágenes pornográficas de menores, puede ofrecer carnaza de pega. Cuando las incautas adolescentes le exhiben sus encantos a través de la webcam, el sujeto las graba. Después, utiliza esas mismas imágenes para chantajearlas. Pide más imágenes, más vídeos y con más contenido, más fuertes. Si no, se lo enseñará a sus amigas, a los contactos de su red social, a todo el mundo.
Este canalla ha cometido varios delitos, intromisión en la intimidad, amenazas... El catálogo es largo. Pero toda la investigación que conducirá a su identificación y captura depende de un detalle: del rastreo de la dirección IP desde la que se conecta a su red social.
Es un caso real, que se repite todos los días, en prácticamente todas las provincias de este país. Este y muchos otros tipos de delitos dependen de la posibilidad legal de determinar la titularidad de la línea desde que se produce la conexión. Después, intervienen otros muchos factores. Habrá que hacer un registro judicial para determinar si existen pruebas materiales en el ordenador del imputado, pues la IP no señala más que la máquina de conexión, el router, pero dentro de su alcance pueden estar conectándose múltiples dispositivos: el portátil de papá, el tablet de mamá, el todo-en-uno del hijo, el smartphone de la hija, el mediacenter del cuarto de estar... Incluso el sobremesa tuneado del vecino, que les piratea la WiFi.
La Ley 25/2007, en su tenor literal, lo impide. Así que los jueces han estado haciendo una “interpretación integradora”, que permita la investigación de este tipo de delitos. Las trampas al solitario a las que me referí en el anterior artículo. Hasta que, al final, una Audiencia Provincial ha pronunciado el clásico “¡renuncio!” de una partida de cartas, en forma de auto que deniega la petición de direcciones IP a las operadoras. El asunto en cuestión era un robo con violencia, delito castigado con pena de hasta cinco años de prisión. Como no supera los cinco, no es “delito grave”.
Así que la situación que temían todos los estudiosos de la lucha contra la delincuencia informática se ha producido: los jueces por fin se han dado cuenta de que el emperador está desnudo. ¿Cómo va a reaccionar el Estado? ¿Se promulgará una reforma urgente que amplíe los supuestos de investigación de la Ley de Retención de Datos? Desgraciadamente, y visto el panorama actual, mucho me temo que nuestros gobernantes se limitarán a encomendarse a la Virgen del Pilar, que parece tener mucho predicamento en el Ministerio del Interior.