La gestación subrogada en el Estado high-tech con el que sueña Ciudadanos
Ciudadanos presentó este martes su Proposición de Ley para regular lo que llaman “el derecho a la gestación por subrogación”, una denominación que es, en sí misma, más que discutible porque, por una parte, presupone derechos donde ni los hay, ni los puede haber, y, por otra, malversa el contenido esencial de los derechos que se reconocen.
¿Cuál es el derecho sobre el que bascula esta regulación? Según la Proposición de Ley, hablamos del derecho que “asiste a los progenitores subrogantes a gestar, por la intermediación de otra [persona], para constituir una familia, y a las gestantes subrogadas, a facilitar la gestación a favor de los subrogantes”. Pero, ¿qué derecho asiste a los comitentes?
Todo el mundo sabe que ni los deseos, ni las frustraciones, dan lugar a derecho alguno, especialmente, si su satisfacción exige que una tercera persona renuncie irreversiblemente a sus derechos propios. Hablar de derechos es hablar de necesidades básicas, y tener un hijo genéticamente idéntico no puede considerarse una necesidad como tal, aunque la imposibilidad de concebirlo provoque un intenso sufrimiento.
Un sufrimiento, por cierto, que puede entenderse más en el caso de las mujeres, que tienen una expectativa fundada y autónoma de ser madres, que en el de los varones, que no pueden tenerla más que por la mediación del cuerpo de una mujer. De hecho, por esta razón, entre otras, se ha regulado solo para ellas en Portugal, Brasil, Holanda o Grecia (aunque aquí la vía judicial ha abierto otras posibilidades). Y eso que, con todo, sigue suscitando dudas que pueda apoyarse en semejante sufrimiento la gestación subrogada, por la misma razón por la que el Estado no puede garantizar a quien sufre soledad el derecho a tener una mujer, un marido o un amigo. Así que, simplemente, los comitentes ni tienen ni pueden tener derecho a poner en marcha un contrato de subrogación.
Parece entonces que hablamos del derecho a decidir sobre su cuerpo que asiste a las gestantes. Pero, ¿es un acto de liberación de la mujer poner a disposición su cuerpo y su facultad de gestar?
Con la firma del contrato de subrogación, la gestante renuncia a la posibilidad de arrepentirse, y ello aunque se compromete con una situación que no se ha dado todavía, y que bien podría animarle a cambiar de idea, razón por la cual en España este contrato se considera nulo de pleno derecho (nulo, no “alegal”, como afirma Ciudadanos). Pensar que este vicio en el consentimiento se puede salvar asegurándose de que se haya gestado un hijo con anterioridad, es una ficción que desconoce por completo lo que supone la singularidad de un embarazo, y, de hecho, no es tanto una garantía para la gestante como para los comitentes que, de este modo, evitan ciertas incertidumbres en relación al puntual cumplimiento del contrato.
Que alguien firme libremente un compromiso no es suficiente para hablar de libertad, si la libertad se consuma y finaliza en el acto de firmar; esto es, si no hay reversibilidad una vez se conoce aquello a lo que una se compromete (reversibilidad que se regula, por cierto, en Reino Unido, y, de otra manera, también en Sudáfrica, Grecia, Australia u Holanda). De manera que cuando Ciudadanos habla de libertad de la gestante, hay que preguntarse quién está decidiendo sobre tal libertad y en qué condiciones.
Finalmente, la gestación subrogada exige a la gestante que aliene sus afectos, que se comprometa a reprimir, de forma irreversible, la vinculación emocional que pudiera llegar a sentir por el niño que engendra. Y no deja de ser llamativo que mientras se obvian los eventuales vínculos emocionales del proceso de gestación, se entienda que estas mismas mujeres tienen una enorme capacidad para solidarizarse con terceros a quienes no conocen de nada. Subrayar la abnegación absoluta que subyace a esta “misión” de ser gestante es una forma de enmascarar un intercambio mercantil señalando la supuesta nobleza de sus fines.
Vaya, Ciudadanos habla de hipocresía apelando a la regulación de una práctica que no puede ocultarse, pero no hay mayor hipocresía que la de alegar la vocación altruista de quien cobra y es posteriormente invisibilizada; porque ellos saben muy bien que no puede esperarse que alguien se enfrente a un embarazo, con riesgos que exigen contratar un seguro y sufriendo una evidente violencia obstétrica, sin recibir nada a cambio. Y si no hay gestantes sin compensación económica es imposible pensar en la donación fuera de la lógica mercantil.
Es más, si es la compensación lo que evita la explotación, habría que pasar directamente a la gestación comercial, porque la compensación es siempre difícil de calcular y suele ser muy escasa. Si no hay dinero, dice Juan Ramón Rallo, se condena a esta actividad al amateurismo y a la infraprovisión, así que es la gestación comercial la que se debe regular. Y en la lógica de Ciudadanos, bien podría tener razón. Porque lo que hace la regulación altruista, en realidad, no es luchar contra la desigualdad económica que pudiera existir entre comitentes y gestantes, sino institucionalizarla en el supuesto de que allí donde el mercado genera desigualdad, el propio mercado encuentra rentables soluciones para paliarla.
Lamentablemente, este tipo de argumentación es tan falaz como cínica. Es falaz porque considera que solo el mercado visibiliza, regula y protege (fuera del mercado, nada existe). Y es cínica porque se apoya en una idea estrictamente pragmática: ya que existe la práctica introduzcámosla en el mercado y hagamos que su existencia nos interpele (aunque es obvio que el hecho de que algo exista no significa que deba seguir existiendo). De manera que la solución a la situación injusta que provoca el “mercado” (y que, no olvidemos, sufren especialmente las mujeres), consiste básicamente en profundizar en el problema institucionalizando su mercantilización.
Lo cierto es que la libertad de la gestante a la que alude esta Proposición de Ley requiere ser pensada y repensada, especialmente por el modo en que confirma la misma ideología dominante a la que la libertad, por definición, siempre se opone. Cuando las mujeres gritamos “mi cuerpo es mío” no estamos pensando en el autoemprendimiento, ni nos situamos en la órbita del individualismo posesivo, sino en una lucha por la identidad propia que es inseparable del cuerpo como fuente de subjetividad y como lugar de resistencia desde el que subvertir (y no confirmar) la estructura patriarcal.
Así que lo que hay que discutir frente a la gestación subrogada es el tipo de relación social que se está protegiendo con su regulación, y el modo en que tal relación conecta con el capitalismo y el patriarcado, y fomenta la desigualdad de género. Lo que tenemos que preguntarnos es si queremos mercantilizar lo que está ahora fuera del mercado; si queremos sustituir las normas parentales que rigen la reproducción, por las normas económicas que rigen la producción, contrato mediante.
En fin, no deja de ser contraintuitiva y triste una visión del derecho a decidir que refuerza las grandes distopías del machismo radical: una aspiración prometeica que pretende anular el hecho incontrovertible de que todos somos hijos de una mujer. Una aspiración que se hace carne entre nosotros por obra y gracia de la tecnociencia, el tecnoderecho y el biobusiness, y que ponen en marcha las grandes empresas globalizadas y ese Estado high-tech con el que sueña Ciudadanos.