“El que no piensa en sus deberes sino cuando se los recuerdan, no es digno de estimación”
Plauto
La ley no ordena que dos señores de dos partidos se reúnan a decidir quiénes serán miembros del Poder Judicial. Lo digo porque, a estas alturas, la ciudadanía debe pensar que el procedimiento legal previsto para hacerlo consiste en el establecimiento de unas reuniones más o menos secretas y reservadas de las que salga la composición y hasta la presidencia del órgano de Gobierno de los jueces y que si luego se mandan unos mensajes o se gritan unos titulares en los medios, eso basta para exorcizar el mecanismo legal y dejarlo en suspenso per in secula seculorum o hasta que Casado obtenga alguna ventaja de bajarse del burro o gane unas elecciones.
Siento ser tan obvia, pero el sistema previsto por la ley no es ese en absoluto. Lo que la ley ordena es que sean ambas cámaras las que reunidas en sendos plenos voten unos nombres que han sido previamente proclamados de forma legal tras un proceso llevado a cabo y que, por cierto, está completado ya desde el 26 de septiembre de 2018, fecha en la que las candidaturas fueron remitidas oficialmente, a falta de algunas comparecencias ante la Comisión de Nombramientos. Así que el panorama es algo distinto, sucede que tenemos las candidaturas y los candidatos y sólo falta que sean votados en el Congreso (10) y en el Senado (10) y obtengan 3/5 de los votos. Es más, desde la reforma de 2013 realizada “para evitar bloqueos” se establece que basta con que una de las dos cámaras consiga sacar adelante la votación para que el nuevo CGPJ se constituya. Según reza la exposición de motivos “la prórroga del mandato sólo será posible en la situación muy excepcional de que ninguna de las dos cámaras cumpliese con el mandato”.
Lo que sucede en realidad es lo que leen, que ninguna de las dos cámaras ha cumplido con ese mandato y, sobre todo, que ni la presidenta del Congreso ni la presidenta del Senado han cumplido con el mandato legal (artículo 568 de la LOPJ) que dice taxativamente que “la presidenta del Congreso y la del Senado ”deberán adoptar las medidas necesarias para que la renovación del Consejo se produzca en plazo“. ¿Lo han hecho? ¿Han cumplido los sucesivos presidentes de las Cámaras ese mandato legal que les señala directamente como los responsables de este proceso? Fíjense que la ley no habla de ministro alguno ni de encargados del jefe de la oposición, la ley habla de quien habla. Cosa diferente es que los partidos gusten de llevar las cosas amarradas de los despachos a las cámaras pero, repito, esa es sólo una opción pragmática que no veo cómo acaba anulando la letra y el espíritu de la ley. El mecanismo de renovación del Consejo General del Poder Judicial, y también del Tribunal Constitucional, es PARLAMENTARIO y no de trileros por detrás.
No crean que esto viene de nuevas. Carlos Lesmes, que como juez se ha cuidado muy mucho de cumplir la ley al menos en esto, se ha dirigido ya cuatro veces a los presidentes de las cámaras instándoles a cumplir ese mandato legal. Lo hizo cuando los aludidos eran Ana Pastor y Pio García-Escudero, se lo reiteró a Meritxel Batet y Manuel Cruz y les ha vuelto a instar en una comunicación oficial a Batet y Pilar Llop. De eso sí hay un comunicado oficial y legal pero ¿cómo han tenido conocimiento todas estas personas de las negociaciones extra muros entre los partidos y de sus abruptas rupturas? ¿como nosotros, por la prensa? ¿porque se lo han comentado sus propios partidos? ¿qué tipo de constancia legal es la que les impide cumplir con un mandato claro y expreso de la ley? ¿Cuál ha sido el momento formal en el que han dejado constancia de que no lo hacen porque han sido formalmente informadas de que no será posible? ¿Han dejado constancia de ello? Me gustaría recordar que en tanto presidentes de las Cámaras, todos ellos han tenido un papel institucional y no un papel de partido. Es verdad que no existe una consecuencia jurídica negativa a su falta de cumplimiento pero está clarísimo que ahora mismo son tanto Batet como Llop quienes tiene un deber constitucional que cumplir.
Ya les he dicho que los nombres de los candidatos se remitieron hace tiempo. A pesar de que en medio se hayan producido unas elecciones generales y un confinamiento, siguen oficialmente en el Congreso. Los letrados ya emitieron un informe en el concluían que no es preciso repetir nada y que existen innumerables precedentes de traslados de expedientes relativos a las renovaciones de órganos constitucionales de una legislatura a otra.
Voy a hacerles una pregunta tal vez estúpida pero necesaria ¿y por qué no someten al voto de las cámaras a los candidatos? El pacto previo no es condición sine qua non. Eso no lo pone en ningún sitio. Me pregunto si una vez puestos sobre la mesa los nombres de los candidatos concretos y fijada una fecha de votación, no se producirían movimientos rápidos y pragmáticos para que algunos consiguieran los 3/5 requeridos. Puede que no, pero en todo caso la ciudadanía sabría de qué se trata cuando la soberanía popular elige a los miembros de un órgano constitucional y quizá olvidáramos esa idea de chamarilerismo e instrumentación política que ya pesa como una losa sobre la institución.
A mí me parece que la pelota está sin duda en el tejado de Batet y de Llop. No sé si está tan claro que hayan tomado “todas las medidas necesarias” para la renovación. A lo mejor todas las medidas incluye algo más que fijar el pleno cuando desde los partidos les digan que ya ha salido un acuerdo del cuarto de arriba. ¿Pueden hacer algo más? Presiden la sede de la soberanía popular ¿sólo les queda esperar a ver si un ministro y un consejero de Justicia, y después sus respectivos jefes, les dan el pitido de salida para poner en marcha el mecanismo parlamentario? ¿Es Casado el amo del anillo en realidad? Lo cierto es que esta insumisión le sale gratis.
El Partido Popular está haciendo trampa, como cada vez que toca renovar los órganos constitucionales y ellos no han ganado las elecciones, de eso no queda ninguna duda. La vez anterior incluso le sacaron un Pacto por la Justicia que llevó al PSOE a tragar con unas cuantas cositas por ser institucional, y lo rompieron justo antes de hacerse fuertes tras haber perdido las elecciones contra Zapatero.
No es posible que la trampa inveterada de los populares sea capaz de gripar sin más los mecanismos constitucionales, que ya es mucho más de lo que consiguieron los catalanes independentistas. Tal y como se plantean las cosas podrían conservar las mayorías en los órganos no renovados hasta que volvieran a ganar unas elecciones fuera cuando fuera. ¿Qué democracia sería esa? ¿Por qué no se acude a la simpleza de acatar la ley y cumplirla y obligarles a cumplirla? Que voten no a sus magistrados preferidos o bien que se ausenten -y cambien la mayoría necesaria- o, como poco, que absteniéndose dejen claro quién es el que actúa resistiéndose a la Constitución.
Me van a decir que eso sería “exponer” a los candidatos. ¡Expónganlos! A ver si aquí todo bicho viviente va a ser más importante que cumplir la Constitución.
Cualquier cosa antes de seguir exhibiendo ante la ciudadanía este espectáculo de incumplimiento constitucional.
La ley apunta directamente a dos personas que ahora mismo son Meritxel Batet y Pilar Llop. A los ciudadanos nos gustaría pensar que sí han cumplido con su mandato legal, aunque no lo hicieran sus antecesores. Lesmes lo ha hecho. Eso no se lo puede negar nadie.