El Gobierno quiere usar el nuevo fichero de viajeros antiterrorista para cualquier investigación policial
El Gobierno prevé que los datos incluidos en el próximo fichero de pasajeros sean utilizados en investigaciones policiales que nada tienen que ver al terrorismo y otros “delitos graves”, cuya prevención precisamente ha motivado la creación de este registro en España y el resto de países de la Unión Europea. Así figura en el Anteproyecto de Ley que acaba de aprobar el Ejecutivo de Mariano Rajoy y al que ha tenido acceso eldiario.es.
El Registro de Nombres de Pasajeros (PNR, en sus siglas en inglés) permitirá a las autoridades acceder a una serie de datos de los viajeros con el objetivo de prever o detectar la presencia en los vuelos de sospechosos de terrorismo u otros delitos graves. Para ello se creará una Unidad de Información sobre Pasajeros al que las Fuerzas de Seguridad del Estado podrán realizar peticiones de datos.
Esas solicitudes deberán estar “motivadas y con suficiente base” y siempre deberán responder a investigaciones por terrorismo, narcotráfico, trata de seres humanos, corrupción u otros considerados “delitos graves”. Sin embargo, una vez los datos estén en poder de las Fuerzas de Seguridad, éstas podrán utilizarlos en cualquier tipo investigación, incluso aquellas que no estén judicializadas, con tan solo alegar que de su análisis han obtenido “indicios” de cualquier delito, aunque no sea grave.
Es en el apartado 9.4 del texto donde el Ejecutivo abre la puerta a utilizar el PNR a funciones ajenas a los objetivos de la Ley. “Los datos remitidos por la Unidad de Información sobre Pasajeros a las autoridades competentes podrán ser objeto de tratamiento posterior por éstas, únicamente con los fines específicos de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves, sin perjuicio de las actuaciones policiales o judiciales que puedan llevarse a cabo en el caso de que, como consecuencia del tratamiento de dichos datos, se detecten otros delitos o indicios de ellos”, recoge el Anteproyecto, que lleva la firma del ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido.
En cualquier caso, los delitos delitos “graves” que recoge el Anteproyecto de Ley son cualquiera que lleve aparejado una condena superior a tres años de cárcel. Así, son incluidos en este grupo los delitos informáticos o el de ayuda a la entrada y residencia de ilegales, entre otros.
La implantación del PNR en los países de la Unión Europea viene precedida de una fuerte polémica que ha mantenido paralizado el proyecto en la Eurocámara durante varios años. La intensificación de las acciones terroristas del ISIS en territorio europeo contribuyó a desbloquear un proyecto del que asociaciones civiles y partidos políticos criticaban por considerarlo un ataque a la privacidad de los ciudadanos.
El 14 de abril de 2016, el Parlamento Europeo aprobó el proyecto con 416 votos a favor, 179 en contra y 9 abstenciones. Sus detractores siguen pensando que a menudo los autores de los atentados en Europa son nacionales y residentes en países de la UE y no toman un avión para desplazarse por los países que integran la Unión. En la posición contraria se sitúa, entre otros, el ministro Zoido, quien ha defendido el PNR recuparando el caso del cerebro de los atentados de Barcelona, Abdelbaki Es Satty, del que dijo podría haber sido detectado en uno de sus viajes a Marruecos de haber existido el fichero.
Antes del vuelo y cuando se cierran sus puertas
El Anteproyecto de Ley del Gobierno establece qué es un dato PNR. Entre ellos figuran la dirección, el correo electrónico y el número de teléfono utilizados para realizar la reserva del billete y la fecha en la que se realizó. También el itinerario del viaje, pasajeros frecuentes y todo tipo de información sobre menores de edad, incluida la edad, idiomas que habla o la dirección del acompañante.
Esta información deberá ser comunicada por las compañías entre las 48 y 24 horas anteriores a la salida programada del vuelo y una segunda vez, una vez cerrado el mismo, es decir, cuando ya nadie puede acceder al avión ni abandonarlo.
Con esa información que las compañías están obligadas a suministrar a la Unidad de Información sobre Pasajeros, ésta realizará un análisis y establecerá “criterios útiles para identificar a las personas que puedan estar implicadas en delitos de terrorismo y delitos graves.
“Esos criterios de evaluación predeterminados” no podrán estar basados “en el origen racial o étnico, las opiniones políticas, las creencias religiosas o filosóficas, la pertenencia a un sindicato, la salud o la vida u orientación sexual de la persona”, según recoge el Anteproyecto de Ley, que debe pasar ahora por el Consejo de Estado y el Congreso de los Diputados.
El objetivo último es poder “realizar una evaluación de los pasajeros, de la tripulación, así como de cualquier persona a bordo de la aeronave, antes de la llegada o salida programada del vuelo, a fin de identificar a las personas que pudieran estar relacionadas con delitos de terrorismo o delitos graves”, según figura en el texto del Ejecutivo.
Los datos PNR facilitados a la Unidad de Información sobre Pasajeros serán conservados durante cinco años, pero transcurridos seis meses desde su recepción, aquellos que permitan la identificación directa del viajero serán “despersonalizados mediante enmascaramiento”. En el plazo posterior a los seis meses será necesaria una autorización judicial, aunque el borrador también prevé simplemente !una expresa autorización del responsable de tratamiento de los datos“.
A los cinco años deberían ser destruidos, pero de nuevo, el Anteproyecto establece una relevante salvedad. Bastará con que las autoridades antes citadas quieran conservarlos alegando que pertenecen a un “asunto concreto” y este no tiene por qué ser únicamente una investigación judicial en curso. También se puede tratar simplemente de una tarea consistente en “prevenir, detectar o investigar”.
El texto presenta otro posible agujero al tratar las consultas al fichero. “Los registros de consulta y transferencia mostrarán, en particular, la finalidad, la fecha y la hora de tales operaciones y, en la medida de lo posible, la identidad de la persona que consultó o divulgó los datos PNR y la identidad de los receptores de dichos datos”. O lo que es lo mismo, puede que el funcionario que acceda a los datos de los ciudadanos deje una “huella” de su consulta, o puede que no.
Guardados en “lugares seguros del territorio nacional”
La Unidad de Información sobre Pasajeros estará integrada en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), contará con un “responsable de la protección de los datos PNR” y estos serán almacenados “en lugares seguros dentro del territorio nacional”.
El director del CITCO y el secretario de Estado de Seguridad tendrán la potestad de ampliar los criterios del PNR a vuelos nacionales, según consideren que existen trayectos que impliquen determinados riesgos.
Las “autoridades competentes” que podrán solicitar específicamente datos del PNR son las direcciones de Policía, Guardia Civil, el Centro Nacional de Inteligencia, Vigilancia Aduanera, jueces y tribunales, Fiscalía y también las correspondientes a aquellas comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de seguridad y tengan una policía propia, esto es, los Mossos d'Esquadra y la Ertzatinza, como adelantó elperiodico.com. Los países miembros de la UE también podrán intercambiar datos entre sí, de forma bilateral o a través de Europol.