Alberto Rodríguez, exdiputado de Unidas Podemos condenado por una patada a un policía en 2014, se ha dirigido a la Junta Electoral Central y ha pedido explicaciones sobre cuándo habrá cumplido su condena de mes y medio de inhabilitación. La defensa del exparlamentario pide al organismo que “emita certificación sobre las fechas de cumplimiento de la pena según tenga calculado esta Junta Electoral Central” sobre su condena de 45 días de inhabilitación para ejercer el sufragio pasivo.
El movimiento forma parte de la estrategia legal desplegada por Rodríguez una vez condenado y después de ser despojado de su escaño en el Congreso de los Diputados por Unidas Podemos. Una vez descartada la interposición de acciones legales contra la presidenta de la cámara baja, Meritxell Batet, los abogados de Rodríguez se han dirigido tanto al Supremo como a la Junta Electoral para aclarar el alcance de su condena.
En el caso del Supremo, el letrado ha pedido a la sala de lo penal que suspenda cautelarmente la ejecución de su condena hasta que se resuelvan sus recursos contra las consecuencias de su condena firme. Ahora también se ha dirigido a la Junta Electoral Central para que concrete sus cálculos sobre cuándo se declarará cumplida su condena una vez pagada la multa y la indemnización.
La Junta Electoral Central está presidida en la actualidad por el magistrado del Tribunal Supremo Miguel Colmenero. El mismo magistrado de la sala de lo penal que firmó como ponente la sentencia que condenó a Rodríguez declarando probado que agredió a un policía de una patada en la rodilla en una manifestación en La Laguna en 2014.
El escrito de los abogados de Rodríguez revela la existencia de un informe de la Fiscalía del Tribunal Supremo en el que el Ministerio Público asegura que su condena de inhabilitación, sometida a mucho debate sobre su alcance, implica “única y exclusivamente que durante el tiempo de un mes y quince días que se fije en tal liquidación, el Sr. Rodríguez no podrá presentarse a cargos públicos. Ni más, ni menos”.
Este escrito de la fiscal Isabel Rodríguez, que acusó al entonces diputado durante el juicio celebrado en el Supremo, explica que el resto de consecuencias que pueda tener su condena - la pérdida del escaño, por ejemplo - no son un asunto que deban estudiar los jueces de lo penal. Dice en su escrito: “Las consecuencias que una condena penal pueda tener en otros ámbitos regidos por normativas de carácter administrativo exceden del régimen competencial de los tribunales penales”. Eso, por tanto, tendrá que estudiarse por la vía contencioso-administrativa.
Retirada del escaño
La condena de Alberto Rodríguez y las consecuencias en su vida parlamentaria se ha convertido en uno de los mayores quebraderos de cabeza de la cámara baja de los últimos meses. En un primer momento los letrados entendieron que su condena no acarreaba la pérdida del escaño pero Meritxell Batet, después de consultar al Supremo y de que los letrados cambiasen su criterio, optó por retirarle el acta de diputado.
La decisión fue avalada por los letrados y la Junta Electoral ha puesto en marcha el proceso de sustitución de Rodríguez, a la espera de que las personas que iban detrás en la lista de Unidas Podemos aclaren si quieren sustituirle en el Congreso. Por el camino Rodríguez ha anunciado que deja la política.