La Audiencia Nacional obliga al juez de los CDR a volver a pronunciarse sobre la prisión de cuatro de ellos
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón tendrá que volver a pronunciarse sobre la situación de prisión provisional de cuatro miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) que permanecen en la cárcel de Soto del Real (Madrid) desde el pasado 26 de septiembre acusados de preparar actos violentos e integrar un grupo terrorista para lograr la independencia de Catalunya.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha declarado la nulidad de sus autos de prisión al considerar que no se les proporcionó información esencial de las actuaciones en la vistilla tras la cual se acordó su ingreso en la cárcel. En los autos, los magistrados se basan en la doctrina del Tribunal Constitucional para determinar que este hecho generó a los acusados una “indefensión evidente”.
El instructor deberá decidir ahora si procede su libertad definitiva o, por el contrario, siguiendo el procedimiento legalmente previsto, considera que debe mantener la prisión provisional y, en ese caso, dictar un nuevo auto. García Castellón ha fijado para mañana a las 12 horas la audiencia en la que oirá a la Fiscalía y a las partes para determinar si procede mantener o no su situación de prisión.
En sendos autos, la Sala estima parcialmente los recursos de apelación interpuestos por Eduardo Garzón, Guillem Xavier Duch, Xavier Buigas y Alexis Codina, mientras que faltan por resolverse los de otros dos recurrentes, Jordi Ros y Ferrán Solís. La Sala no se pronuncia sobre los motivos de la prisión que también eran objeto de recurso, al quedar sin objeto como consecuencia de la nulidad decretada.
“Indefensión evidente”
La Sala se basa en la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional en recientes sentencias en relación con los derechos y las razones de la detención en causas que están bajo secreto, en las que debe proporcionarse una mínima información esencial en aras de garantizar el derecho de defensa.
La Sala explica que esas sentencia del TC dejan claro que le corresponde al juzgado determinar cuáles son los elementos esenciales de las actuaciones a las que debe permitir el acceso a la parte, así como que en la vista del artículo 505, para posibilitar la defensa del detenido, debe permitir este acceso a los elementos esenciales de la investigación, “compaginándolo en su caso con el secreto, pero sin que pueda denegar de forma absoluta cualquier clase de acceso amparándose de forma general en el secreto”.
En este caso, según la Sala, a la falta de una información mínimamente pormenorizada que motivó la detención, se une la denegación por parte del juez del acceso a cualquier otra información de las actuaciones, “conjunción de elementos que a juicio de este Tribunal implican una indefensión evidente, además de la infracción de un derecho esencial en el procedimiento legalmente regulado de instauración de la medida judicial de prisión, que constituye una garantía inherente a él, lo que va en clara contradicción con la forma prevista en la ley”.
La defensa ve una “peripecia jurídica”
Por su lado, la organización Alerta Solidària, que defiende a los cuatro investigados a los que se revisará la prisión preventiva, ha tachado de “peripecia jurídica” la anulación de los autos de prisión de cuatro de los encarcelados. Entiende la defensa que la anulación de dichos autos debería comportar una inmediata puesta en libertad de los investigados en vez de una repetición de la vistilla sobre su prisión, tal y como ha ordenado la Sala Penal de la Audiencia Nacional.
En un comunicado este martes, Alerta Solidària ha subrayado que a pesar de que se anulan los autos se mantiene a los enjuiciados en prisión, “poniéndoles de facto en situación de 'detenidos' y requiriendo al juzgado que repita la vista”. La entidad también ha avanzado que este miércoles pedirá la libertad de los investigados.