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La Audiencia Nacional rechaza apartar al progresista De Prada del tribunal de Gürtel

El juicio de Gürtel pendiente de una nueva recusación

Pedro Águeda

El juez Javier Martínez Lázaro ha rechazado admitir a trámite la recusación de José Ricardo de Prada en el caso Gürtel. La defensa de Pablo Crespo, y por adhesión la de Luis Bárcenas, entre otros, maniobraron la semana pasada para apartar al magistrado progresista del tribunal y retrasar así el arranque de la vista, previsto para este martes. La inadmisión a trámite de la recusación posibilita que el juicio comience según estaba previsto.

Crespo había alegado la supuesta amistad de De Prada con Baltasar Garzón, el primer instructor del caso Gürtel que acabó condenado y fuera de la carrera judicial por ordenar escuchas en la cárcel entre los principales acusados y sus abogados. También aducía que la hija de De Prada colabora en una publicación con el abogado Gonzalo Boye, acusación popular en la pieza de la caja B, aunque el escrito de Miguel Durán, abogado de Crespo aseguraba que también era parte en el juicio que comienza ahora, destinado a la 'Primera Época' de la trama Gürtel.

En un auto, el juez Martínez Lázaro rechaza la recusación por extemporánea y por considerar que todas las causas alegadas carecen de entidad y solo se justifican por un “animo evidentemente dilatorio” para conseguir la suspensión del juicio oral previsto para mañana. La Fiscalía y la acusación popular se habían opuesto a la citada recusación.

El juez recuerda que el abogado Boye no participa como acusación en el juicio que empieza el martes y que, con eso, ya es suficiente para rechazar la recusación. Martínez Lázaro, además, marca el terreno para una futura recusación de Boye en la causa de la caja B, que se juzgará en 2017. “La afinidad ideológica del citado letrado señor Boye (así se invoca en el escrito de recusación) no pueden justificar el interés directo o indirecto del magistrado recusado, ni su pérdida de imparcialidad, conforme a una constante doctrina del Tribunal Constitucional”, escribe Martínez Lázaro.

Fuera de plazo

Martínez Lázaro explica que la recusación es extemporánea porque la composición del tribunal se comunicó en septiembre de 2015. Las partes, según la Ley, tienen diez días para presentar una recusación si ya existen los motivos para la misma, lo que claramente ocurre en la supuesta relación de amistad de De Prada y Garzón.

En cuanto a la segunda causa, el magistrado Martínez Lázaro refiere que la documentación adjuntada por el abogado Miguel Durán incluye el momento de la colaboración entre Pilar Eirene de Prada para el libro Contrapoder, anterior a que se comunicara la composición del tribunal. Por tanto, las partes solo tenían diez días una vez recibieron la notificación, plazo superado ampliamente.

Durán y Crespo pretendían que el plazo contara a partir de una noticia sobre la hija de De Prada en la web de Eduardo Inda, algo que rechaza Martínez Lázaro basándose, precisamente, en el mismo texto. Sin embargo, esta referencia se le vuelve en contra a los recusantes. En la noticia, explica el juez, se recogía: “Se da la circunstancia de que los abogados de la trama ya sopesaron recusar a De Prada por su amistad manifiesta con el exjuez Baltasar Garzón”. Por lo que Martínez Lazaro concluye que el texto “sugiere una relación entre los abogados de los principales acusados, entre ellos el recusante, y quien publica la noticia, que tiene conocimiento de lo que los abogados sopesaron y finalmente han efectuado: recusar al magistrado De Prada”.

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