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El 155, un artículo ambiguo que PP y Ciudadanos agitan para pedir la intervención de Catalunya

Sólo cuatro meses después de que la conformación del Govern de Quim Torra pusiera fin a más de medio año de suspensión de la autonomía en Catalunya, se incrementa la presión por parte del PP y Ciudadanos para activar de nuevo el artículo 155 de la Constitución. La falta de concreción de este precepto, que alude a la protección del “interés general” para ponerlo en marcha, ha permitido a estas dos formaciones reclamarlo constantemente durante las últimas semanas.

Sin embargo, volver a utilizar una herramienta -que podría dinamitar la ya difícil relación entre el Ejecutivo y la Generalitat- no está por ahora en los planes del Gobierno central, donde subrayan que, al menos hasta la fecha, las autoridades del Govern no han cometido actos ilegales.

Cuando el Gobierno de Mariano Rajoy decidió hace casi un año accionar este mecanismo, se había consumado una consulta de autodeterminación suspendida por el Tribunal Constitucional que, además, se había sustentado en una ley también declarada inconstitucional y en cuya tramitación no se habían respetado los derechos de la oposición parlamentaria. Entonces, el PP contó para su aplicación con el respaldo del PSOE, que estaba en la oposición, y de Ciudadanos.

Sobre el papel, este artículo de la Constitución faculta al Gobierno a “adoptar las medidas necesarias” para obligar a una comunidad al “cumplimiento forzoso” de las “obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan” o para la “protección” del “interés general”. También establece que para la ejecución de esas medidas, el Gobierno podrá “dar instrucciones” a todas las autoridades autonómicas. Lo poco concreta que es la referencia que hace la Carta Magna a ese concepto de “interés general” hace complicado determinar qué escenarios justificarían su puesta en práctica de nuevo.

En los últimos días, el líder del PP, Pablo Casado, ha invocando su aplicación asegurando que en Catalunya existe una “kale borroka que según él amedrenta a la ciudadanía en las calles, donde se vive una “confrontación civil”. Su homólogo en Ciudadanos, Albert Rivera, ha mantenido que “los radicales campan a sus anchas” y ha instado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a poner “orden”. En estas afirmaciones ambos se referían a los disturbios que tuvieron lugar durante el aniversario del 1-O y que acabaron con cargas policiales.

Sin embargo, durante las pasadas semanas, ambos dirigentes no han necesitado siquiera que hubiera una mínima confrontación en las calles para pedir la intervención de Catalunya por parte del Estado. Casado lleva implorando la reactivación del 155 desde el pasado 8 de septiembre, cuando aseguró que “objetivamente” empezaban a darse las “circunstancias” para su aplicación. Hasta entonces había mantenido que lo solicitaría en cuanto hubiera una “ilegalidad”.

A partir de ese día no ha parado de reclamarlo haciendo alusión a cuestiones tan dispares como la televisión autonómica TV3, los Mossos d'Esquadra o el supuesto adoctrinamiento en las aulas catalanas. A su juicio, es necesario “rescatar” de los “golpistas” estos tres ámbitos. Este mismo viernes, la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, reapareció en una entrevista en Telemadrid en la que pidió un 155 más contudente y centrado precisamente en estas tres áreas.

Ciudadanos, por su parte, lleva la pidiendo la aplicación del 155 desde el mismo día de la toma de posesión del nuevo Govern, un acto que el secretario general de la formación, José Manuel Villegas, calificó de “aquelarre separatista”. A partir de entonces, Rivera no ha parado de reclamar a Sánchez que no espere a hechos consumados y extienda el 155 para controlar a los Mossos, TV3, las finanzas, la educación y la política exterior, configurada en torno a las embajadas que el Gobierno central cerró.

El Senado, clave para su aplicación

Sin embargo, para la hipotética reactivación de este mecanismo, el Gobierno debería justificar que la Generalitat ha obviado sus requerimientos explícitos para que depusiera su actitud en cuestiones concretas. Así lo establece el artículo 189 del Reglamento del Senado, donde se regula su procedimiento de tramitación.

Como primer paso, el Ejecutivo tendría que presentar por escrito “el contenido y alcance de las medidas propuestas, así como la justificación de haberse realizado el correspondiente requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y de su incumplimiento por parte de ésta”. A partir de ahí tendría que llevar las hipotéticas medidas a adoptar a la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado, que estudiaría el caso y formularía una propuesta razonada sobre si procede o no su aprobación. La Mesa de este órgano la controla el PP, aunque también tienen representación el PSOE y Unidos Podemos-En Comú-En Marea.

Esta comisión escucharía al presidente aludido, Quim Torra, y a su Ejecutivo. El Reglamento no establece un plazo para esta audiencia, sino que deja que sea el propio órgano el que lo determine. En ese periodo de tiempo, el president de la Generalitat podría remitir “cuantos antecedentes, datos y alegaciones considere pertinentes”, así como designar, si quiere, a otra persona para que asuma la representación. En las deliberaciones de este órgano también pueden intervenir tanto el Gobierno central como los Ejecutivos autonómicos, aunque estos últimos tienen voz pero no voto.

Con esos datos y el escrito del Gobierno central, la comisión “formulará propuesta razonada sobre si procede o no” la petición de intervención. Incluso, podría establecer “condicionamientos” y hasta “modificaciones” que “sean pertinentes en relación con las medidas proyectadas”.

Con posterioridad, el Pleno del Senado sometería a debate y votación esa propuesta, que para salir adelante necesitaría la mayoría absoluta que actualmente está únicamente en manos del PP. Eso sí, el permiso de la Cámara alta sería para activar esas medidas y no otras.

Por ejemplo, el pasado octubre, cuando el Ejecutivo de Mariano Rajoy puso en marcha por primera vez este mecanismo, acordó pedir al Senado la destitución del president de la Generalitat, que entonces era Carles Puigdemont, y de todo su Ejecutivo, cuyas funciones pasaron a ser asumidas por los ministerios. También aprobó convocar elecciones adelantadas en Catalunya en un plazo de seis meses o “en cuanto se recupere la normalidad”. No hubo medidas relativas al ámbito educativo o los medios de comunicación como sí reclama ahora el PP de Pablo Casado.

Esa convocatoria electoral, que tuvo lugar el 21 de diciembre de 2017, no puso fin a la intervención de la Generalitat de Catalunya. El artículo 155 siguió vigente hasta la toma de posesión del nuevo Govern, que se celebró el pasado 3 de junio.