La sentencia del juicio del procés ha llegado este lunes con penas de prisión que oscilan entre los trece y los nueve años por los delitos de sedición y/o malversación para los líderes independentistas. Aunque la Fiscalía y la acusación popular (representada por Vox) habían solicitado penas por el delito de rebelión, este tipo penal ha sido descartado por la Sala segunda del Supremo que considera que aunque se alteró el orden público –tal y como castiga la sedición– no buscó en la práctica romper la integridad territorial del Estado. Tanto la Fiscalía como Vox y otros dirigentes políticos compararon los hechos ocurridos el 1-O con el golpe de Estado del 23-F, para justificar que se trataba de un delito de rebelión.
La rebelión es un alzamiento armado, un delito contra la Constitución. La sedición figura en otro apartado del Código Penal: el de “desórdenes públicos”. Sin embargo, solo tres de los condenados por del 23-F superan en penas a la del vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras. Las condenas del resto de los golpistas tienen penas inferiores que oscilan entre el año y los doce años de prisión.
El 23 de febrero de 1981 un grupo de militares y guardias civiles encabezados por Antonio Tejero asaltaron el Congreso de los Diputados durante la segunda sesión de investidura del candidato de UCD a la Presidencia, Leopoldo Calvo-Sotelo. El golpe supuso el secuestro del Gobierno y la Cámara Baja, un asalto que acompañaron con una ocupación militar de la ciudad de Valencia después de que el teniente general Jaime Milans del Bosh decretase el estado de excepción. El intento de golpe de Estado, no obstante, fracasó. Las penas del Tribunal Supremo a los responsables oscilaron entre el año y los 30 años de prisión por los delitos de rebelión militar, adhesión a la rebelión o auxilio a la rebelión. Tres de los acusados fueron absueltos.
Durante el juicio del procés, diferentes dirigentes políticos también han comparado de alguna manera el golpe de Estado del 23-F con la consulta ilegal independentista del 1-O. Fue el caso de la cabeza de lista del PP por Barcelona al Congreso Cayetana Álvarez de Toledo que defendió que los hechos del procés supusieron actos más graves a los del 23F: “Eso es lo más grave desde 1978. Más grave que Tejero y Millans con los tanques”, aseguró. “Si un señor entra pegando tiros, es más fácil de neutralizar que cuando salen muchas personas en una supuesta y legítima votación en la que dicen que la democracia es votar”, se reafirmó Álvarez de Toledo. También la Fiscalía General del Estado comparó ambos hechos para justificar la petición del delito de rebelión.
La sentencia a los líderes independentistas se ha conocido este lunes. El Tribunal Supremo ha descartado la rebelión y ha condenado a ocho de los acusados a delitos de sedición y malversación: las penas oscilan entre los trece años de prisión y los nueve. Tres exconsellers han sido condenados a multas por desórdenes públicos.
En concreto, el alto tribunal ha condenado a 13 años de prisión e inhabilitación por sedición y malversación al líder de ERC, Oriol Junqueras. Por los mismos delitos, aunque a penas de 12 años, han sido condenados los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Para la expresidenta del Parlament Carme Forcadell la pena impuesta por el tribunal ha sido de 11 años y medio de cárcel solo por sedición, único delito por el que también han sido condenados los exconsellers Joaquin Forn y Josep Rull a 10 años y seis meses de prisión. Para el exlíder de la ANC Jordi Sànchez y el presidente de Òmium Cultural, Jordi Cuixart, la condena es a nueve años también por sedición. Los exconsellers que permanecían en libertad, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Borràs, han sido condenados por desobediencia y no entrarán en prisión.
Las condenas del 23-F
Sobre los hechos ocurridos el 23 -F, el Tribunal Supremo condenó en 1983 a treinta de los 33 procesados. El Supremo aumentaba las penas que había impuesto el Consejo de Guerra. El alto tribunal condenó a los golpistas a penas que fueron desde el año hasta los treinta años de prisión.
Por este golpe de estado fueron condenados por unanimidad a treinta años de prisión por el delito de rebelión militar consumado, el teniente general Milans del Bosch, el general Alfonso Armada y el teniente coronel de la Guardia Civil, Antonio Tejero. Este último también tuvo una multa de un millón de pesetas. Tejero quedó en libertad a los 15 años, Milans del Bosh salió de la cárcel a los ocho años y Armada fue indultado cinco años después de la sentencia, antes se le había rebajado la pena a 26 años por el Consejo Supremo de Justicia Militar.
De los demás condenados, la sentencia atribuyó un delito de rebelión militar a un coronel, un comandante, diez capitanes y ocho tenientes del Ejército. Las penas por estos delitos oscilaron entre un año a los doce años de cárcel. Los magistrados les acusaron de “perpetrar” el golpe “de modo material, directo y personal”.
En siguiente escalón, un general, tres coroneles y un capitán fueron condenados a penas de entre seis y doce años de prisión por un delito de adhesión a la rebelión. Finalmente, otro capitán fue condenado a un año de prisión por un delito de auxilio a la rebelión y el abogado García Carrés fue condenado a los años por un delito de conspiración.
Un indulto
En 1993, 12 años después del Golpe, el Tribunal Supremo se pronunció a favor de indultar a Tejero. Lo hizo tras una petición de una asociación religiosa que hablaba en nombre del militar, llamada Archicofradía de la Celeste, Real y Militar Orden de Nuestra Señora de la Merced. Pero, como admitió el Alto Tribunal, las razones para indultarle no eran jurídicas: se trataba de causas “extrajurídicas” y de “conveniencia pública” para lograr “una aceptación social que contribuiría al olvido de unos hechos que deben quedar ya en el pasado”.
Finalmente, el Gobierno no indultó al ex teniente coronel, que pasó 15 años en prisión tras ser condenado a 30 años . Salió del todo en 1996, cuando le concedieron la libertad condicional. Pero aunque Tejero no fuese indultado, sí lo fue Armada. Y también a raíz de una aval del Supremo. El Gobierno de Felipe González concedió la medida de gracia en 1988 al general.
1. Antonio Tejero Molina: condenado a 30 años de prisión, por rebelión militar consumada con la circunstancia agravante de reincidencia.
2. Jaime Milans del Bosch y Ussía: condenado a 30 años de prisión, por rebelión militar consumada.
3. Alfonso Armada y Comyn: condenado a 30 años de prisión, por rebelión militar consumada.
4. Luis Torres Rojas: condenado a 12 años de prisión.
5. Ricardo Pardo Zancada (comandante de infantería): condenado a 12 años de prisión.
6. José Ignacio San Martín López (coronel de artrillería): condenado a 10 años de prisión.
7. Diego Ibáñez Inglés (coronel): condenado a 10 años de prisión.
8. Miguel Manchado García (coronel de la Guardia Civil): condenado a 8 años de prisión.
9. Vicente Gómez Iglesias (capitán de la Guardia Civil): condenado a 6 años de prisión.
10. Pedro Mas Oliver (teniente coronel): condenado a 6 años de prisión.
11. Jesús Muñecas Aguilar (capitán de la Guardia Civil): condenado a 5 años de prisión.
12. José Luis Abad Gutiérrez: condenado a 5 años de prisión.
13. Francisco Acera Martín (capitán de la Guardia Civil): condenado a 3 años de prisión.
14. Juan Pérez de la Lastra Tormo (capital de la Guardia Civil): condenado a 3 años de prisión.
15. Carlos Lázaro Corthay (capitán de la Guardia Civil): condenado a 3 años de prisión.
16. Enrique Bobis González: condenado a 3 años de prisión.
17. Carlos Alvarez-Arenas y Pardina (capitán de Infantería): condenado a 3 años de prisión.
18. José Pascual Gálvez (capitán de Infantería): condenado a 3 años de prisión.
19. José Cid Fortea (capitán de Intendencia): condenado a 2 años de prisión.
20. Francisco Javier Dusmet García-Figueras (capitán de Infantería): condenado a 2 años de prisión.
21. Vicente Ramos Rueda (teniente de la Guardia Civil): condenado a 2 años de prisión.
22. Juan García Carrés (abogado). Condenado a 2 años de prisión por conspiración.
23. Camilo Menéndez Vives: condenado a 1 año de prisión.
24. Pedro Izquierdo Sánchez (teniente de la Guardia Civil): condenado a 1 año de prisión.
25. César Álvarez Fernández (teniente de la Guardia Civil): condenado a 1 año de prisión.
26. José Núñez Ruano (teniente de la Guardia Civil): condenado a 1 año de prisión.
27. Jesús Alonso Hernaiz (teniente de la Guardia Civil): condenado a 1 año de prisión.
28. Manuel Boza Carranco (teniente de la Guardia Civil): condenado a 1 año de prisión.
29. Santiago Vecino Núñez (teniente de la Guardia Civil): condenado a 1 año de prisión.
30. Vicente Carricondo Sánchez (teniente de la Guardia Civil): condenado a 1 año de prisión.
31. Juan Bautista González (capitán de infantería): Absuelto.
32. Francisco Ignacio Román (capitán de la Guardia Civil): Absuelto.
33. José Luis Cortina Prieto (comandante de infantería): Absuelto.