José Couso: tres décadas de impunidad gracias a la reforma de la justicia universal del PP
La decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de rechazar el recurso de la familia de José Couso pone punto y final a años de batalla legal para intentar que el asesinato del cámara bajo fuego estadounidense en Irak en 2003 no quede impune. Una resolución que avala los efectos de la reforma que impulsó en solitario el Gobierno del Partido Popular hace una década y que condenó al archivo de una docena de causas relacionadas con la justicia universal: desde el caso Couso hasta las masacres del Tíbet pasando por la muerte de españoles en Mauthausen y desembocando en la liberación de medio centenar de narcotraficantes que se vieron beneficiados.
El concepto de justicia universal que había funcionado en España durante tres décadas murió hace diez años y medio en el Congreso de los Diputados tras un debate de dos horas. El Partido Popular impuso el rodillo de la mayoría absoluta de Mariano Rajoy para sacar adelante la reforma impulsada por el entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que esos días justificó que España no podía ser “gendarme del mundo”.
Sobre el papel, la modificación tocaba algunos puntos esenciales de la Ley Orgánica del Poder Judicial para endurecer los requisitos que permitían a los jueces abrir estas investigaciones: en casos de genocidio o crímenes contra la humanidad, el acusado debe ser español o vivir de forma habitual en España. En casos de torturas o desapariciones forzadas, la víctima debe tener nacionalidad española y el acusado estar en el país. El laberinto para llevar a un criminal de guerra al banquillo, por tanto, se complicaba.
Ese jueves de 2014 el diputado del PP, José Miguel Castillo, culminó su defensa parlamentaria de la reforma con una frase: “Sin demagogia ni cuentos chinos”. Detrás de la expresión se escondía la verdadera exposición de motivos de la Ley Orgánica 1/2014: el conflicto diplomático abierto con China por la imputación de los expresidentes Hu Jintao y Jiang Zemin, además de varios miembros de la cúpula del Partido Comunista chino, por la represión a 15 miembros de Falun Gong.
Esa causa tardó unos pocos meses en archivarse. Diligencia tras diligencia, la Audiencia Nacional estampó el sello del sobreseimiento en las principales causas de justicia universal que instruían desde hacía años: el ataque israelí a la Flotilla de la Libertad, la muerte de miles de españoles en el campo de concentración de Mauthausen, el genocidio en Ruanda o los ataques al campo de refugiados iraquí de Ashraf.
Pocas causas sobrevivieron a la criba: el asesinato de cinco jesuitas españoles en El Salvador terminó con una condena firme de 133 años de prisión para el coronel Inocente Montano. Y las decisiones no fueron unánimes por parte de los jueces. Tanto en la Audiencia Nacional como en el Tribunal Supremo y en la Fiscalía surgieron voces discrepantes contra la aplicación general de la reforma. Supuso, dijo el Supremo, “una restricción sustancial del derecho de los ciudadanos españoles víctimas de tales delitos en el extranjero que excluye de forma extrema su acceso a la jurisdicción”.
La reforma impulsada en solitario con el PP para que España dejara de ser el “gendarme” del mundo también tuvo efectos imprevistos: los jueces dejaron en libertad a más de medio centenar de acusados de narcotráfico tras dejar de ser competentes para investigar delitos fuera del territorio nacional. En esa ocasión, al contrario de lo que sucedió más recientemente con la ley del 'solo sí es sí', el Consejo General del Poder Judicial no encargó un recuento mensual de excarcelaciones, pero los archivos judiciales recuerdan quién se benefició de la reforma de rebote: desde siete marineros sirios detenidos a pocos kilómetros de las costas de Alborán con 16 toneladas de hachís a ocho supuestos narcos detenidos cerca de Málaga con otras 12 toneladas.
El caso Couso: el archivo que llegó a Europa
El archivo de estas causas, con más o menos entusiasmo, fue refrendado por el Tribunal Supremo y en algunos casos por el Tribunal Constitucional, que rechazó el recurso del PSOE contra la ley. Pero el único caso que pasó el filtro de admisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo fue el de José Couso. El cámara de Telecinco que fue asesinado en el hotel Palestina de Bagdag por los disparos de las fuerzas estadounidenses durante la invasión de Irak.
La investigación fue llevada desde la Audiencia Nacional por el juez Santiago Pedraz, que llegó a procesar a tres militares de EEUU y a desplazarse personalmente a Bagdag para inspeccionar el lugar del crimen. El archivo en aplicación de la ley llegaba en el verano de 2015: “Pese a que existen múltiples esfuerzos y recomendaciones a nivel mundial para perseguir y sancionar este tipo de ilícitos, el delito quedaría impune”, lamentó el juez.
El aval definitivo de Europa llegó hace unos días, cuando el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo rechazó de forma definitiva el último recurso de la familia del cámara asesinado. Una sentencia que no solo puso el último clavo en el ataúd de la causa sino que avaló, al menos en su aplicación práctica, la reforma de 2014. “No parece irrazonable que un Estado ponga condiciones al ejercicio de la justicia universal, por ejemplo que existan vínculos con ese Estado”, afirmaba la sentencia.
En el caso concreto de Couso, según Estrasburgo, la decisión de los tribunales españoles de no seguir investigando no vulneró la Convención de Derechos Humanos. Todo sin dejar de defender, un párrafo después, que no se cuestiona el “consenso” de la comunidad internacional sobre el derecho de las víctimas de crímenes internacionales para obtener reparación, y la obligación de los Estados a examinar sus casos. Es “recomendable” que los Estados hagan esfuerzos para garantizar el acceso de estas víctimas a los tribunales, dijo el TEDH en la misma sentencia que le cerraba la puerta a la familia de José Couso para siempre.
Eduardo Gómez, abogado de Red Jurídica que representó a la familia de Couso ante Europa, explicaba minutos después de recibir la sentencia que el fallo no había producido “ninguna sorpresa”. “Causa poca sorpresa que se haya avalado hoy una modificación legislativa como la que se produjo en nuestro país hace 10 años y que permitió que, tanto el caso Couso, como otros muchos crímenes de guerra y lesa humanidad que estaban siendo investigados por nuestros tribunales, fuesen archivados”, afirmaba en un comunicado.
La sentencia de Estrasburgo es el punto final al recorrido judicial del asesinato de José Couso tanto dentro como fuera de España. Y cualquier hipotética reforma legal para volver a ampliar los supuestos de la justicia universal tampoco tendrá ningún efecto sobre el caso por la imposibilidad de aplicar una norma más dura de forma retroactiva a un acusado, en este caso a los militares estadounidenses que nunca se sentarán en el banquillo por el asesinato de José Couso.
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