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El juez mantiene libre a Bolinaga pero pide investigar si hizo apología de ETA
El juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, mantiene la libertad condicional para el preso etarra Iosu Uribetxeberria Bolinaga al considerar que ya se le concedió sin que éste se hubiera arrepentido, aunque pide que se investigue si cometió enaltecimiento del terrorismo.
En un auto el magistrado deduce testimonio a los juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional para que investiguen si Bolinaga pudo incurrir en un delito de enaltecimiento del terrorismo en un vídeo difundido por la cadena de televisión Intereconomía y el diario La Gaceta en el que el etarra aseguraba que aunque sabía que había causado daño no se arrepentía.
Castro argumenta que la revocación de la libertad condicional, solicitada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), “no debe venir determinada en el hecho del arrepentimiento sino en valorar si dichas manifestaciones pueden ser constitutivas de una humillación a las víctimas”.
Además asegura que un informe de la Guardia Civil señala que Bolinaga no ha cometido “vulneración aparente de ninguna” de las condiciones que se le impusieron para obtener la libertad condicional, al tiempo que destaca que según los agentes las imágenes del terrorista se habían obtenido “con cámara oculta” a un periodista que se identificó como redactor del diario Gara.
En el vídeo Bolinaga afirma: “Yo, cogí un camino (...) Y ese es el camino”, una mención que Castro pide investigar por si con ella el etarra hubiera cometido un delito de enaltecimiento o apología del terrorismo por referirse a “los actos delictivos por él cometidos”.
A juicio de Castro estas declaraciones constituyen “la línea a seguir” por lo que envía las actuaciones a los Juzgados de Instrucción de la Audiencia Nacional.
El juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, concedió el 30 de agosto de 2012 la libertad condicional Uribetxebarria Bolinaga, decisión que fue confirmada el 12 de septiembre por la sección primera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional “por razones humanitarias”.
El auto en el que el juez le otorgaba la libertad condicional recogía una serie de requisitos como la prohibición de acercarse al domicilio y lugar de trabajo de sus víctimas o de los familiares directos de éstas, o participar “de forma activa o pasiva” en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia, especialmente de ETA.
Bolinaga también tiene prohibido hacer declaraciones “de esa naturaleza” o que conlleven “desprecio o desconsideración” de las víctimas del terrorismo o pudieran ofender sus sentimientos.
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