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El Tribunal Constitucional estudia avalar la prisión permanente revisable
Madrid, 3 oct (EFE).- El Tribunal Constitucional estudia desde este martes la prisión permanente revisable, que cuenta con el aval de una mayoría de magistrados del bloque conservador, si bien es posible que se suavicen las condiciones y los plazos para la revisión de la condena, que oscila entre los 25 y los 35 años.
Seis años después de que el PSOE y el resto de grupos parlamentarios de la oposición presentaran un recurso contra lo que tildaron de “cadena perpetua”, el Pleno del TC aborda uno de los grandes asuntos que tenía en el cajón desde hace años, con la ponencia de la vicepresidenta Encarnación Roca, que asumió el recurso tras la salida del tribunal del magistrado Fernando Valdés.
El texto que será elevado a Pleno avala la constitucionalidad de la pena, aunque la vicepresidenta ha incorporado algunas de las cuestiones más delicadas para el denominado bloque progresista.
Fuentes jurídicas reconocen a Efe que “es improbable que se alcance la unanimidad” entre los magistrados porque para el sector más progresista del tribunal la prisión permanente supone una “línea roja” al considerarla inconstitucional por definición.
No obstante, confían en llegar a un acuerdo para suavizar las condiciones que afectan al carácter revisable de la pena, que existe en varios países de nuestro entorno como Francia, Alemania e Italia.
En concreto, el debate estará en los plazos fijados por el Código Penal para revisar el encarcelamiento, que oscilan entre los 25 y los 35 años, así como en los supuestos para acceder a esa revisión.
Según las fuentes, la deliberación se centrará en suavizar los mínimos de prisión efectiva para pasar de 25 a 20 años, una petición que no ven con malos ojos en el sector conservador, o incluso 15 años, como pretende exponer algún magistrado en el pleno.
La prisión permanente llegó a España en julio de 2015 rodeada de polémica y con el rechazo frontal de la oposición, que la puso en manos del tribunal de garantías.
Recurrieron al Constitucional al considerar que vulneraba una serie de artículos de la Carta Magna, entre ellos el que prohíbe penas inhumanas, y que restringía la posibilidad de reinserción.
Las fuentes señalan que son “conscientes del tiempo” que ha pasado desde que en 2015 la oposición en bloque recurriera la prisión permanente, diseñada por el Gobierno de Mariano Rajoy y que salió adelante con la mayoría absoluta de los populares.
Fue el PSOE quien impulsó ese recurso, aunque, una vez en la Moncloa y con la posibilidad en su mano de derogarla, los socialistas optaron por esperar a conocer el dictamen del tribunal.
Tanto es así que las fuentes consultadas se remiten a este hecho como explicación para tener “congelado” durante tanto tiempo el recurso de la prisión permanente, que Pedro Sánchez se comprometió a derogar en varias ocasiones y que figuraba en su programa electoral.
Al margen de esta cuestión, el Pleno declarará inconstitucional la suspensión de la actividad parlamentaria durante las primeras semanas del primer estado de alarma estimando así el recurso de Vox, que calificó de “secuestro” el parón del Congreso.
En el último pleno, la votación quedó cinco a cinco y el ponente Antonio Narváez, cuya propuesta inicial desestimaba el recurso de Vox, aceptó los planteamientos de una mayoría conservadora del tribunal y se comprometió a redactar una nueva sentencia que declarará la inconstitucionalidad de la suspensión parlamentaria.
De ser finalmente así, sería el segundo golpe al Gobierno por su actuación durante la pandemia, una vez que el tribunal de garantías ya declaro inconstitucional el primer estado de alarma.
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