Valtònyc regresa a España tras prescribir la pena de prisión a la que fue condenado

Andrés Gil

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Valtònyc regresa a España. El rapero, después de vivir seis años en Bélgica tras ser condenado por sus canciones, con los delitos de “enaltecimiento del terrorismo”, “injurias a la corona” y “humillación a las víctimas”, vuelve a su país después del auto de la Audiencia Nacional, con fecha 22 de marzo de 2023, en el que se declara “prescrita la pena de prisión” y se acuerda “dejar sin efecto cuantas órdenes se hubieran librado para la busca y captura del condenado José Miguel Arenas Beltrán en orden al cumplimiento de la pena pendiente”. 

“Volver siempre es la mejor parte de la aventura”, ha tuiteado Valtònyc: “Gracias por haberme acompañado durante estos 6 años de exilio y también en este primer trayecto de vuelta a casa. Por todo lo que hemos luchado, reído, vencido y llorado. Gracias, presidente Puigdemont”.

El 28 de diciembre de 2021 el Tribunal de Apelación de Gante rechazó la entrega a España de Valtònyc, por un delito de amenazas, tras haber descartado previamente la Justicia belga los delitos de injurias a la Corona y enaltecimiento del terrorismo por los que también le reclama la justicia española. El fallo del tribunal de Apelación de Gante podía ser recurrido por las partes ante el Tribunal de Casación, cosa que hizo la Fiscalía.

En efecto, el Tribunal Constitucional de Bélgica había alejado la extradición de Valtònyc el pasado 22 de octubre de 2021, cuando decidió que los insultos al rey estaban amparados por la libertad de expresión; y, por tanto, que una ley belga de 1847 relativa a las ofensas al rey “es contraria a la libertad de expresión”, por lo que no se podría aplicar para juzgar al rapero en 2021.

La justicia belga ya había rechazado en primera instancia la entrega de Valtònyc en septiembre de 2018, alegando que no existía la doble incriminación, es decir, que los cargos por los que fue condenado en España no estaban tipificados como delito en Bélgica, decisión que recurrió la Fiscalía de Gante ante el Tribunal de Apelación, que falló el 28 de diciembre de 2021.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ya ha fallado primando la libertad de expresión sobre las injurias, como en el caso de Arnaldo Otegi en 2011.

Fallo del TJUE

Además, en el proceso se produjo también una decisión prejudicial del Tribunal de Justicia de la UE, en marzo de 2020, en la que fallaba que España hizo mal al aplicar el Código Penal de 2015 a Valtònyc. La tesis de España defendía que se le aplicara la ley penal española de 2015, cuando se dictó la sentencia contra Valtònyc –pero no cuando se cometieron los hechos–, y que castiga de manera más severa la apología del terrorismo, en vez de la de 2012, más beneficiosa para los intereses del rapero mallorquín y que implica una condena a priori insuficiente para ser extraditado.

La defensa de Valtònyc, encarnada por Paul y Simon Bekaert y Gonzalo Boye, sostuvo que las autoridades judiciales “engañaron” en el proceso al no haber comunicado que se había producido un cambio en el Código Penal español entre la comisión de los hechos, en 2012, y el agravamiento de las penas previsto cuando se solicitó la entrega, en 2018.