El auto judicial que obligó a retirar la bandera LGTBI de la rotonda de los Arcos, en la avenida de Andalucía de Sevilla, va a ser recurrido por el Ayuntamiento hispalense para determinar cómo actuar de aquí en adelante, pero de partida ya se ha ganado la perplejidad del gobierno municipal. “Estas cosas no las entiendo”, admitía este lunes el alcalde sevillano, Juan Espadas (PSOE), especialmente en lo referente a la afirmación de la jueza de que al retirarla no se daña ningún interés público.
“Que me digan si no es de interés público fomentar valores que lo que intentan es preservar algo evidente en democracia que es la libertad individual, ligada a la propia diversidad sexual de la sociedad”, reflexionaba el regidor, “máxime cuando estamos viendo permanentemente que se producen incidentes y sucesos de fobias y delitos de odio ligados al colectivo LGTBI”. “No es una cuestión resuelta”, proseguía, de ahí que cada año el Ayuntamiento de Sevilla exhiba en junio la bandera de este colectivo en un intento de ayudar a “construir esa sociedad en igualdad”.
“No hace daño a nadie”
“No puedo entender a quién molesta y cómo puede decirse que no es de interés público fomentar este tipo de valores en la sociedad”, remachaba. Eso sí, el auto judicial en la práctica era de “imposible cumplimiento” porque le llegó al Ayuntamiento justo el día en el que terminaba el plazo de un mes en el que la enseña había estado ondeando en la rotonda.
Las banderas, junto con otros mensajes que se lanzan, son símbolos que “intentan visibilizar en la sociedad” esta cuestión no resuelta, “no creo que hagan daño a nadie, todo lo contrario, hacen bien a muchos y a muchas, y por tanto no lo entiendo”. Y como corresponde con una resolución judicial que no se comparte, se acata y se recurre. “En democracia es algo normal y no hay que echarse las manos a la cabeza”, la cuestión ahora es llegar hasta la instancia judicial que determine lo que hay que hacer.
El recurso municipal lo que va a intentar determinar qué es lo que se puede hacer de aquí en adelante, porque hay serias dudas. Hasta la fecha se habían emitido sentencias contrarias a la exhibición de estas enseñas en las casas consistoriales junto a las banderas oficiales, pero este auto va un paso más allá e impide colocarla en la rotonda de una avenida.
Cautelosos con el lugar en el que se puso
“Hemos sido especialmente cautelosos y cuidadosos con esos pronunciamientos judiciales y por eso no la pusimos en el Ayuntamiento en la Plaza Nueva, por eso elegimos un mástil en el que tiene visibilidad”, apuntaba Espadas. Lo de la visibilidad es una cuestión importante “porque si no para qué se hace”, y con su ubicación en esta glorieta “creíamos que no habría reservas legales de opiniones diferenciadas, pero hemos visto que no, que hay otras opiniones”.
El auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 11 de Sevilla que obligaba a retirar la bandera LGTBI imponía esta medida cautelar a requerimiento de la asociación ultraconservadora Abogados Cristianos, que denunciaba que su exhibición suponía una “infracción del principio de neutralidad y objetividad que debe regir toda actividad administrativa”. El argumento de la jueza es que en los actos oficiales de una administración pública sólo se pueden utilizar banderas oficiales. La cuestión radica en la definición que hace de acto oficial, ya que entiende que es “todo aquel que una administración organiza y en cuyo nombre se lleva a cabo”.