María Salmerón pierde su penúltima batalla judicial: “No cabe la suspensión de la pena”
Pendiente estaba María Salmerón de un recurso de reforma contra el auto del Juzgado de lo Penal número 6 que ordenó en julio su ingreso en prisión. Pues bien, el juzgado sigue adelante con su decisión y desestima el recurso de forma tajante“. ”La sentencia, siendo firme, ha de ser ejecutada, y la decisión de ejecución que ha tomado este juzgado, y que la parte no comparte al considerar que cabe la suspensión de la pena, es la de no conceder suspensión alguna puesto que la penada es reincidente, y, además, posee una hoja histórico penal que han llevado a esta juzgadora a tomar esa decisión, que debe mantenerse en la presente resolución“, reza el auto firmado este pasado 30 de octubre.
El juzgado hace saber a las partes personadas en esta causa que el auto no es firme y que contra él cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la Audiencia Provincial de Sevilla y que ya ha presentado su abogado, según adelanta Público. La mujer de Sevilla homenajeada en 2015 por el Gobierno de España como víctima de violencia de género indicaba su abogada en un escrito enviado al Defensor del Pueblo Español a finales de julio. Su ahora exmarido fue condenado en 2008 a un año y 9 meses de prisión por el delito de maltrato habitual por unos hechos que ocurrieron entre los años 1999 y 2001. El Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla dictó un auto ordenando el ingreso inmediato en prisión de Salmerón y requiriéndola a presentarse en un plazo de quince días en un centro penitenciario de su elección, al objeto de cumplir la condena de nueve meses de prisión por la comisión de un delito continuado de desobediencia a la autoridad. Los recursos han ido estas semanas retrasando el proceso.
El juzgado ha dicho ahora que, pese a que la ley permite “la suspensión de las penas de prisión que individualmente no excedan cuando las circunstancias personales del reo, la naturaleza del hecho, su conducta y, en particular el esfuerzo para reparar el daño causado, así lo aconseje”, de Salmerón no se puede hablar de que sea una rea habitual “no porque no haya sido condenada por delito de desobediencia en tres ocasiones, que lo ha sido cinco con esta, y parece ser que existe una sexta condena” sino por su “voluntad más que evidente de seguir cometiendo el mismo hecho delictivo”.
“Interminable sistema de recursos”
Recuerda el auto que “no puede hablarse de habitualidad por lo antiguo de las conductas, cometidas en 2001, 2003, 2006, 2008 y 2012 y 2014, en lo que a este caso se refiere” porque dicha “antigüedad de los hechos no se debe a una lentitud en la Administración de Justicia” que “se deben a un interminable sistema de recursos interpuesto por la parte, que eran posible con la anterior legislación, que provocaban que las penas se cumplieran muchos años después de ocurridos los hechos”.
“A lo que ha de atenderse en este caso, es a que la penada cometió hechos exactamente iguales entre 2001 y 2014”, por lo que, si bien no puede tener consideración de habitual, “conducta de la misma, la naturaleza del hecho delictivo, el nulo arrepentimiento y la ausencia total de intención de reparar el daño son las que han motivado que se entienda que no ha de concederse una suspensión tan excepcional”, motivo por el cual desestima el recurso.
Salmerón, condenada por delito de desobediencia en abril de 2013 por hechos similares y que ha recibido hasta tres indultos en este sentido por parte del Gobierno (el último revocado por el Tribunal Supremo, y con otro en tramitación) fue condenada en junio de 2019 por la Audiencia de Sevilla (confirmada en mayo de 2020) por no cumplir “reiteradamente, impidiendo y haciendo ineficaz el derecho de visita del otro progenitor” el régimen de visitas establecidas por el juzgado. Apuntaba la Audiencia una conducta de Salmerón “permanentemente obstativa, desobedeciendo los mandatos judiciales”, dejando constancia en todo caso de que la hija de ambos, cuya guarda y custodia tiene María Salmerón, “alegó que no quería ir porque no tenía relación con su padre, añadiendo que ella tenía una vida”.
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