Valtònyc acepta dos años de prisión por amenazas graves a la Guardia Civil en un concierto y no entrará en la cárcel

El rapero, este martes ante el tribunal de la Audiencia de Sevilla

Javier Ramajo

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Menos de un mes después de su vuelta a España, Valtònyc se ha vuelto a sentar en el banquillo de los acusados, en este caso por llamar a matar a un guardia civil durante un concierto en Marinaleda (Sevilla). El rapero ha sido condenado por esos hechos este mismo martes a la condena de dos años de cárcel como autor de un delito de amenazas graves del artículo 171.1 del Código Penal, con la agravante de reincidencia y la atenuantes de arrepentimiento, expresada por Valtònyc antes de iniciarse la vista oral reconociendo que fueron “palabras de mal gusto y desagradables” y entendiendo que “molestaran”. “Pido disculpas por lo dicho en ese concierto y en ese contexto”, ha dicho al tribunal.

La Fiscalía, a cuyo escrito de acusación se había adherido la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), pedía para el acusado en un principio una pena de cuatro años de cárcel y una multa de 3.600 euros por un presunto delito de provocación para cometer un delito de atentado y, alternativamente, tres años de cárcel en el caso del posible delito de amenazas agravadas. “Matad a un puto guardia civil esta noche, iros a otro pueblo donde haya guardias civiles y matad a uno, poned una puta bomba al fiscal de una vez”, señaló la AUGC como las palabras pronunciadas por el cantante en Marinaleda (Sevilla) en un concierto el 31 de marzo de 2018.

Tras una negociación previa entre su abogada y la Fiscalía, las partes han llegado a una conformidad que el presidente del tribunal ha expuesto oralmente en esos términos. “Usted me asegura que no iré a la cárcel tras este juicio, ¿no?”, ha llegado a preguntar el acusado al tribunal. Las partes, como ha pedido la abogada de la defensa, se han comprometido a no oponerse a la suspensión de la pena privativa de libertad y a no recurrir la sentencia, que también incluye la inhabilitación para sufragio pasivo por dos años y el pago de las costas procesales. Tras leer el tribunal la sentencia, Valtònyc ha mirado hacia atrás con una sonrisa a su hermana y se ha fundido en un largo abrazo con ella cuando el tribunal ha levantado la sesión.

Prescrita la pena de prisión a la que fue condenado en 2017 por sus canciones por enaltecimiento del terrorismo, injurias a la corona y humillación a las víctimas, el cantante se enfrentaba hasta a cuatro años de cárcel. José Miguel Arenas Beltrán, que ha estado viviendo seis años en Bélgica, país que rechazó su extradición, ha mostrado su arrepentimiento ante el tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla que le iba a juzgar.

“Aquel día en el concierto, Valtònyc instaba a su público a atentar contra guardias civiles y sus palabras no cabe entenderlas como parte de la libertad de expresión, pues no se trata de la letra de una de sus canciones, sino de una intencionalidad dirigida a un numeroso grupo de personas, con el consiguiente riesgo de que ese público las llevara a cabo”, había aseverado la AUGC durante la instrucción. Tras la denuncia de la AUGC y la apertura de diligencias por parte de la Fiscalía, el Juzgado número dos de Estepa abrió unas actuaciones, rematadas en mayo de 2022 con el auto de apertura de juicio oral, que no ha llegado a celebrarse este martes ante la conformidad de las partes.

Isabel Elbal Sánchez, abogada del rapero, ha dicho a la prensa después que él “ya no es la misma persona” que en esos años y que, dado que las acusaciones no se han opuesto a suspender la pena de prisión, “en ningún caso cumpliría” la condena de cárcel, porque “en principio” la misma será suspendida. “Como no hay oposición (a la petición de suspender la pena de cárcel), esperamos que el tribunal dicte un auto de suspensión de la ejecución” de la condena a prisión, ha dicho la letrada, argumentando que “sin la oposición (a suspender la pena), sin nadie que quiera que ingrese en prisión, no entrará en prisión”.

Regreso a España tras la prescripción

Como ya informó este periódico, el rapero, después de vivir seis años en Bélgica tras ser condenado por sus canciones, con los delitos de “enaltecimiento del terrorismo”, “injurias a la corona” y “humillación a las víctimas”, volvía a España a finales de octubre pasado después del auto de la Audiencia Nacional, con fecha 22 de marzo de 2023, en el que se declara “prescrita la pena de prisión” y se acuerda “dejar sin efecto cuantas órdenes se hubieran librado para la busca y captura del condenado José Miguel Arenas Beltrán en orden al cumplimiento de la pena pendiente”. 

“Volver siempre es la mejor parte de la aventura”, tuiteó Valtònyc el 28 de octubre: “Gracias por haberme acompañado durante estos 6 años de exilio y también en este primer trayecto de vuelta a casa. Por todo lo que hemos luchado, reído, vencido y llorado. Gracias, presidente Puigdemont”.

El 28 de diciembre de 2021 el Tribunal de Apelación de Gante rechazó la entrega a España de Valtònyc, por un delito de amenazas, tras haber descartado previamente la Justicia belga los delitos de injurias a la Corona y enaltecimiento del terrorismo por los que también le reclama la justicia española. El fallo del tribunal de Apelación de Gante podía ser recurrido por las partes ante el Tribunal de Casación, cosa que hizo la Fiscalía.

En efecto, el Tribunal Constitucional de Bélgica había alejado la extradición de Valtònyc el pasado 22 de octubre de 2021, cuando decidió que los insultos al rey estaban amparados por la libertad de expresión; y, por tanto, que una ley belga de 1847 relativa a las ofensas al rey “es contraria a la libertad de expresión”, por lo que no se podría aplicar para juzgar al rapero en 2021.

La justicia belga ya había rechazado en primera instancia la entrega de Valtònyc en septiembre de 2018, alegando que no existía la doble incriminación, es decir, que los cargos por los que fue condenado en España no estaban tipificados como delito en Bélgica, decisión que recurrió la Fiscalía de Gante ante el Tribunal de Apelación, que falló el 28 de diciembre de 2021. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ya ha fallado primando la libertad de expresión sobre las injurias, como en el caso de Arnaldo Otegi en 2011.

Además, en el proceso se produjo también una decisión prejudicial del Tribunal de Justicia de la UE, en marzo de 2020, en la que fallaba que España hizo mal al aplicar el Código Penal de 2015 a Valtònyc. La tesis de España defendía que se le aplicara la ley penal española de 2015, cuando se dictó la sentencia contra Valtònyc –pero no cuando se cometieron los hechos–, y que castiga de manera más severa la apología del terrorismo, en vez de la de 2012, más beneficiosa para los intereses del rapero mallorquín y que implica una condena a priori insuficiente para ser extraditado.

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