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Condenada una simpatizante de Vox por negar el género de una mujer trans por no operarse y llamarla “maricón con tetas”

Concentración por los derechos de las personas trans frente al Congreso de los Diputados, a 29 de enero 2022.

Marta Borraz

21 de febrero de 2024 20:47 h

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La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a una mujer por delito de odio por hacer público vía X (Twitter en el momento de los hechos) que una mujer a la que conocía personalmente es trans y referirse a ella como “maricón con tetas”. La sentencia la condena a seis meses de cárcel y seis de multa así como a la imposición de una orden de alejamiento sobre Violeta Ferrer, contra la que lanzó “despectivas expresiones” hacia su identidad de género y de la que “negó el género con el que se identifica” por no haberse sometido a una cirugía de reasignación genital, esgrime la decisión, a la que ha tenido acceso elDiario.es.

El reciente fallo describe cómo la condenada, “guiada por el propósito de humillar” a la víctima, publicó en 2020 un tuit acompañado de una foto suya de cuerpo entero en el que afirmaba: “Violeta Ferrer Micó. Prototipo de 'maricón con tetas'. No soporta que yo sea una mujer y me tiene una inquina patológica”. El tribunal considera que el mensaje “cuestionó un aspecto muy íntimo de la personalidad” de la mujer –“como es su género”, apostilla–, e hizo que “quedara expuesta ante quienes formaban su círculo social y laboral, que, hasta la publicación, desconocían tanto el sexo con el que había nacido como que era persona transgénero y no estaba sometida a la meritada operación”.

“Las despectivas expresiones relativas a la identidad de género que le dedicó, reflejo del menosprecio que siente hacia el colectivo de personas transgénero que no se han sometido a la operación de reasignación genital, evidenciaban, al poner en duda su género, una clara voluntad de ridiculizarla consiguiendo generar en ella sentimientos de humillación en menoscabo de su dignidad”, concluye la sentencia, que ha contado con la conformidad de la Fiscalía y el reconocimiento de los hechos de la condenada.

Los jueces le atribuyen un delito de odio (artículo 510) en concurso con un delito contra la integridad moral del artículo 173 del Código Penal. Concretamente consideran que los hechos encajan en el epígrafe que persigue a quienes “lesionen la dignidad” de personas “que entrañen humillación, menosprecio o descrédito” por su pertenencia a colectivos estructuralmente discriminados como el colectivo LGTBI.

A la pena de seis meses de prisión –suspendida a cambio de un curso de igualdad y no discriminación– se suma una multa de cuatro euros al día durante otro medio año (en total, 720 euros). Además, la condenada no podrá ejercer profesiones educativas durante algo más de tres años y medio ni podrá durante dos años acercarse a menos de 1.000 metros de Violeta, a la que deberá indemnizar con 3.850 euros por daños morales.

Isaac Guijarro, abogado de la mujer y director jurídico de Olympe Abogados, un despacho especializado en estos casos, celebra “la trascendencia” del fallo, que puede marcar un camino jurídico a seguir al “recoger de manera muy clara que negar la identidad de género de una persona trans puede ser constitutivo de delito de odio debido a la humillación y el menoscabo que le puede causar”.

“Travestis, hombres y lesbianas con pene”

El fallo se detiene a analizar “la animadversión” de la mujer, que se define como “mujer transexual operada”, hacia las mujeres trans que no se han sometido a ninguna cirugía y recopila varios mensajes publicados entre febrero y octubre de 2020. En varias de estas publicaciones se refiere a sí misma como “simpatizante de Vox” –“Aquí la transexual de Vox. Presente”, dice en uno– y en la mayoría “niega repetidamente a las personas transgénero sin reasignación genital el género con el que se identifican”, detalla la sentencia.

Así lo constató el informe ordenado por el Juzgado de Instrucción nº21 de Barcelona, encargado de la investigación, a la Unidad de los Mossos d'Esquadra especializada en radicalismos en la red, fechado en diciembre de 2021. Los agentes bucearon en los distintos perfiles que la mujer tenía en redes sociales, algunos de ellos suspendidos por las normas de uso de las plataformas, para rescatar 11.500 publicaciones. “La mayoría atañen a las que se identifican con el género mujer, calificándolas de travestis, hombres y lesbianas con pene”, cita el fallo, que menciona que la mujer describió como “asco” o “repelús” lo que el colectivo le provoca.

El informe ejemplifica con algunos de sus comentarios: “Mujer (transexual operada). En contra de la ley trans, la ideología queer y el movimiento lgtbiq+. Cada vez entiendo más a Hitler”; “Han pervertido la palabra transexual, así que la rechazamos y la hemos cambiado por reasignada para que no nos confundan”; “Carla Antonelli es un travesti y es mala persona” o “las mujeres reasignadas podemos tener instintos maternales, como la mayoría de las mujeres. Los transgénero no”.

La conclusión del informe de los Mossos apunta a que “el origen del conflicto” radica en cómo esta mujer “entiende la condición de mujer transgénero o reasignada de género, distinción que manifiesta en numerosas publicaciones, diferenciando entre quienes han completado el proceso de cambio de sexo y quienes no se han operado”. Así, diferencia entre las mujeres transexuales o “reasignadas”, cuyo género como mujeres sí respeta y considera que son víctimas de “una rareza biológica muy excepcional” que “solo se arregla” con la cirugía genital y “los transgénero”, a los que se refiere en varios tuits como “hombres”.

El impacto emocional

Violeta y la mujer condenada fueron amigas en el pasado, pero la relación se rompió, según contaba su defensa en la querella, en la que se especifica que el tuit en el que la insulta llamándole “maricón con tetas” fue “el colmo del acoso” sufrido. Fueron los compañeros de trabajo de la mujer los que se percataron del mensaje publicado en X (antes Twitter) debido a la difusión que tuvo y le avisaron de lo sucedido a través del grupo de Whatsapp del trabajo en el que estaba, lo que hizo que se sintiera “todavía más vulnerable al ver que todos sus compañeros habían sido testigos de una publicación que la injuriaba y atacaba” y en la que se hacía público “cuál era su identidad de género”.

La querella relata que la mujer “tuvo continuos ataques de ansiedad” porque además “cualquier persona podía tener acceso al tuit”. La ansiedad “fue aumentando” con el paso de los días, a la que “se unió una profunda tristeza y un miedo totalmente racional y fundado” a que la mujer ahora condenada “volviera a publicar imágenes de la víctima, información personal y sensible o mensajes de odio que la avergonzarían todavía más”.

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