El Ministerio de Justicia ha elaborado un documento en el que evalúa el impacto de la reforma de la ley del aborto que pretende aprobar el Gobierno, al que ha tenido acceso la Cadena Ser. Según la memoria, la norma tendrá efectos positivos para la economía gracias a “los beneficios esperados por el incremento de la natalidad”.
El Gobierno calcula un aumento de los nacimientos, fruto de la aplicación de la reforma que defiende el ministro Alberto Ruiz-Gallardón. Las mujeres deberán superar más trabas para interrumpir voluntariamente sus embarazos, que en el texto que elaboró el Ejecutivo solo se contempla en dos supuestos, el riesgo de salud de la madre y en caso de violación. El “grave peligro” para la salud de la mujer tiene que ser certificado por dos médicos especialistas distintos y además la afectada debe recibir asesoramiento y tomarse siete días para “analizar y reflexionar” sobre su decisión.
El supuesto efecto positivo para nuestra economía queda más tarde en entredicho, cuando los redactores del texto exponen que “el impacto económico es difícilmente cuantificable” y que “no debe ser asociado directamente a la aprobación de la norma”.
Un informe basado en datos obsoletos
El primer motivo que justifica la reforma, según el texto, es “la NO disminución del número de abortos practicados” (sic) con la ley de plazos vigente, que aprobó el anterior gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Sin embargo, la memoria contiene datos que no están actualizados, puesto que la última cifra de abortos que publicó el Ministerio de Sanidad muestra un descenso del 5% en las interrupciones voluntarias del embarazo en 2012 respecto el año anterior, con 112.390 y 118.359 respectivamente.
Otro de los impactos positivos de la reforma, según el Gobierno, es que los cambios protegen “la libertad de decisión” de la mujer. El cuadro de consecuencias positivas del documento también contiene que la ley será favorable en cuanto al “impacto de género” porque “se deja de considerar el aborto como un derecho de la mujer” y “se apoya a la maternidad”.
La malformación del feto, excluída como supuesto
La memoria se reafirma en la exclusión del supuesto la malformación del feto en la ley del ministro de Justicia, que sí contemplaba la ley del aborto de 1985. El texto insiste varias veces en la eliminación del “aborto eugenésico”, que se refiere a los casos de interrupción del embarazo en caso de malformación fetal. Las mujeres tendrán que seguir adelante con sus embarazos incluso si el feto tiene malformaciones incompatibles con la vida que signifiquen que morirá en el periodo “neonatal”. En este caso, la mujer tendrá que alegar que la muerte del feto le va a provocar un “grave peligro” para su propia salud psíquica.
También se menciona varias veces como justificación del cambio normativo la Convención de los Derechos de las personas con Discapacidad de la ONU que fue ratificada por España y que habla, según él texto del Ministerio de Justicia, del “derecho a nacer diferente”.