Los jueces apenas aplican el protocolo para valorar de manera urgente el riesgo de una víctima de violencia machista
Valorar si la mujer que acaba de denunciar violencia machista está en una situación de riesgo es clave para su protección. En ese momento de urgencia, los jueces y juezas pueden utilizar un instrumento diseñado en 2011 como una herramienta más para tomar decisiones sobre las medidas cautelares. Se trata de un informe basado en un protocolo que pueden pedir los magistrados a los médicos forenses adscritos a los juzgados. Sin embargo, apenas lo hacen: se utilizó en un 0,74% de las solicitudes de órdenes de protección en 2016, según el análisis hecho por la Fiscalía.
La memoria del Ministerio Público admite que “pese a su gran utilidad como herramienta para efectuar la valoración del riesgo objetivo”, el uso del Protocolo médico-forense de valoración urgente del riesgo de violencia de género “sigue siendo muy escaso”. Así lo confirman también fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que a pesar de no contar con datos oficiales, tienen conocimiento de que “el grado de implementación del protocolo es muy bajo”.
“Es un instrumento práctico y eficaz que permite a los jueces y juezas contar con una referencia objetiva para tomar decisiones sobre qué medidas de protección deben dictarse”, explica el exdelegado del Gobierno para la violencia de género Miguel Lorente a eldiario.es. Fue en la época en la que él ocupaba este cargo (2008-2011) cuando la Delegación y el Ministerio de Justicia elaboraron el protocolo, que establece cómo debe ser la valoración y cómo emitir el informe que establece el riesgo que puede tener la víctima y que posteriormente se enviará al juez.
Para Lara Esteve, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instruccion nº3 de Carlet (Valencia), “es una herramienta muy importante que nos da una información compleja y en profundidad sobre el momento, es decir, como una foto fija de la situación que tenemos delante”. Y es que dependiendo de la evaluación que haga el magistrado o la magistrada, deberá dictar las medidas cautelares: prisión provisional, orden de protección, orden de alejamiento, suspensión de la comunicación etc.
Es ahí donde radica la importancia de este protocolo, ya que se trata de un elemento más del que –junto al atestado policial y a las diligencias judiciales– dependerá la protección de la víctima y la proporcionalidad de las medidas aplicadas al agresor. Sin embargo, “en general los operadores jurídicos no conocen que existe este recurso y no está extendido ni entre jueces ni entre fiscales o letrados, que pueden pedírmelo. Hay una falta de publicidad”, dice Esteve.
De hecho, la Fiscalía lleva alertando de la infrautilización del protocolo desde hace unos años, pero ya en 2015 hacía hincapié en “la necesidad de incrementar el esfuerzo desde la Administración para dar a conocerlo entre los órganos judiciales y los propios médicos forenses”. Carlos Pascual, magistrado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Barcelona, asegura que es algo “útil”, pero que “no está muy extendido”. “Acaba de llegar ahora una jueza procedente de la Audiencia Nacional que está intentando implantarlo”, prosigue.
“Estamos fallando y no estamos protegiendo adecuadamente a las mujeres, entre otras cosas, porque no valoramos el riesgo”, argumenta Lorente. “Tenemos el instrumento para hacerlo de una manera eficaz y rápida. Si tenemos las cosas delante y no las aplicamos, estamos claramente ante una situación de responsabilidad”, prosigue el también médico forense.
Equilibrar las diferencias entre juzgados
Este año el Ministerio Público asegura que su uso es “a todas luces insuficiente e insignificante”. Los datos, sin embargo, no incluyen los de las diez comunidades con las competencias en justicia transferidas –Andalucía, Madrid, Valencia, Catalunya...–. El porcentaje no ha subido del 1,16% en los tres últimos años.
Tanto los expertos consultados como la Fiscalía coinciden en afirmar que el protocolo de valoración urgente del riesgo puede erigirse como un instrumento para equilibrar el desfase que hay entre unos partidos judiciales y otros a la hora de conceder órdenes de protección a las víctimas y tomar una decisión más certera. “El criterio de percepción del riesgo es muy subjetivo y muchas veces falla. Esta es una manera de recurrir a un criterio más o menos objetivo”, dice Miguel Lorente.
De hecho, de las 37.956 órdenes de protección solicitadas en juzgados de violencia sobre la mujer el año pasado, fueron rechazadas un 32,7%, según datos del CGPJ. Pero lo más significativo es el mapa desigual que dibujan las cifras, de manera que el lugar donde denuncia una víctima de violencia machista condiciona que obtenga la medida o no: Partidos judiciales como el de Barcelona, Sevilla o Madrid deniegan más del 50% de las solicitudes mientras otros como Huelga, Cartagena o Zaragoza no llegan al 20%.
La Fiscalía califica estas diferencias de “exageradas” y alude a la necesidad de instrumentos de valoración del riesgo que “nos auxilien en esta difícil labor” a los que, dice, “habría que añadir la infrautilización del Protocolo de valoración urgente del riesgo”.
Lorente coincide en este análisis e incide en que la formación en violencia machista de los operadores jurídicos “sigue siendo deficitaria, de manera que se suele tender a minimizar el riesgo”. Sin embargo, prosigue, “el momento de primera valoración judicial es muy importante porque podemos estar evitando una siguiente agresión tras denunciar o, lo que es peor, el homicidio”.
Forenses desbordados
Los jueces consultados por este medio coinciden también en que los médicos forenses que están de guardia en los juzgados de violencia sobre la mujer “están en muchas ocasiones desbordados”. Estos juzgados pueden ser de dos tipos: compatibles o exclusivos, aunque estos últimos son una minoría. Es en los primeros donde hay una enorme carga de trabajo porque son juzgados ordinarios con competencias en violencia de género –es decir, ven asuntos relacionados con ella, pero también otro tipo de temas–.
“En muchos pueblos tenemos el problema de que el forense que está de guardia no tiene tiempo porque tiene que hacer esta valoración, pero además ir a un levantamiento de cadáver o a otro tipo de consultas...Incluso a veces pertenece a varios partidos judiciales a la vez”, explica la jueza Lara Esteve. Para la experta, “lo ideal” sería que los forenses “se dedicaran de manera exclusiva a violencia de género y estuvieran especializados en ello”, como sí ocurre en los juzgados exclusivos.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos ha pedido la participación de los psicólogos en el protocolo, pero, según aseguró su vicepresidente en la subcomisión del Congreso para articular el pacto contra la violencia machista, “se ha argumentado que los psicólogos no tienen guardias y los médicos sí”. Por eso, apuesta por incluir psicólogos de guardia a través de la implementación plena de las Unidades de Valoración Forense Integral (UVFI) –formadas por un médico, un trabajador social y un psicólogo–. “Una valoración basada en el juicio clínico estructurado disminuiría en gran medida el riesgo de las víctimas y ayudaría a los jueces”, explica.
Para Lorente lo importante “es que el protocolo se implemente de manera sistemática en todos los juzgados y a partir de ahí podremos empezar a evaluarlo y ver qué funciona y que no”, explica.