El maltrato que sufría Teresa no terminó el día que su pareja la intentó matar. La mañana del 8 de febrero de 2007, su ahora exmarido irrumpió en su casa: “Vine a matarte”, le dijo. La golpeó en la cabeza con una botella, la agredió durante horas, la dejó inconsciente en el suelo de la cocina. Después, huyó. Teresa tuvo que ser trasladada al Hospital Doctor Negrín de Gran Canaria, donde estuvo en coma inducido.
Casi 17 años después, Teresa arrastra importantes secuelas físicas y psicológicas, entre ellas, la ceguera. Su discapacidad, del 89%, le impide trabajar. El agresor fue condenado en 2009 a 14 años y 10 meses de prisión. En menos de un año quedará en libertad sin haber cumplido aún otra parte de su pena: el pago de la indemnización por los daños morales, personales y por las secuelas. Su maltratador ha sido, de hecho, condenado por alzamiento de bienes para eludir ese pago.
El caso de Teresa forma parte de un tipo de violencia de género que está reconocida aunque no regulada en nuestro país: la violencia económica. “Está centrada en atacar la autonomía económica, fundamentalmente a través del control, del sabotaje laboral y del abuso económico”, resume la aún delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell. Impedir a una mujer que trabaje, controlar las cuentas o su acceso al dinero y los bienes propios o comunes de la pareja, no pagar injustificadamente las pensiones compensatorias o de alimentos, o no hacerse cargo de las indemnizaciones son algunas de las formas que adopta este tipo de violencia y que aparecen en un amplio informe que acaba de publicar la Delegación.
Según la última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer, el 11,5% de las mujeres mayores de 16 años que residen en España ha sufrido violencia económica por parte de parejas o exparejas en algún momento de sus vidas. “En el feminismo, en las asociaciones y entidades tenemos claro su existencia y su impacto en la vida de las mujeres, y por eso hemos ido abordándola tanto en la Macroencuesta como en la última Estrategia Estatal 2022-2025, pero aún no está definida por ley”, constata Rosell. Incluir la violencia económica –que suele entremezclarse con otros tipos– como un delito específico por violencia de género requeriría la modificación del Código Penal y la intervención, por tanto, del Ministerio de Justicia.
“Miraba cada gasto que yo hacía”
La presidenta de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, Susana Martínez Novo, diferencia dos fases de este tipo de violencia. Por un lado, la que se ejerce durante la relación de pareja “a través del control de los recursos familiares, incluso los bienes propios, privativos, los ingresos de ellas, las cuentas o inversiones conjuntas...”.
“Hemos tenido mujeres que se angustiaban porque sentían que esa semana ya habían gastado mucho, que cómo iban a tomarse ese café o a comer con amigas por miedo a dar cuentas a su pareja luego sobre los gastos o por tener que pedir más dinero. O mujeres que tienen que rendir cuentas hasta de los productos que usan para la regla o a las que les dicen que viven como una reina porque se va a la peluquería un día. Eso les da una sensación de inseguridad y dependencia terrible. No saben lo que tienen ni lo que van a tener si deciden romper la relación, y esa inseguridad se convierte en un obstáculo que les impide romper el ciclo de la violencia”, explica la abogada.
Me decía que era por mi bien, porque no sabía administrar el dinero. Mi propio dinero, porque el suyo no lo vi nunca. Nunca supe cuánto dinero tenía en realidad
Es el caso de Agustina, una mujer paraguaya que se trasladó a Bilbao hace ahora nueve meses. En su país abrió un taller de automóviles, un negocio que logró sacar adelante con mucho esfuerzo. El problema llegó cuando, al irle tan bien, su marido, que también trabajaba, dejó de aportar dinero para los gastos comunes de la casa y sus tres hijos. “Es una persona machista y manipuladora, y al ver que yo podía con los gastos, se lavaba las manos. Asumí el rol económico de la familia, lo que hizo que pasara por altibajos y llegara a pedir dinero prestado a mi familia”, explica mientras sostiene al menor de sus tres hijos en brazos, de tan solo siete meses.
Durante diez años, su marido no aportó nada de dinero a la casa. Eso sí, controlaba cada gasto que ella hacía. “Él gana bien, pero cuando le decía que tenía que aportar algo para pagar la luz o el gas cambiaba completamente su actitud. Se volvía una pesadilla, un verdadero infierno. Miraba cada gasto que yo hacía, si salía con mis amigas había problemas, pero él podía salir con sus amigos. Me decía que era por mi bien, porque no sabía administrar el dinero. Mi propio dinero, porque el suyo no lo vi nunca. Nunca supe cuánto dinero tenía en realidad”, sostiene Agustina, que es madre de dos niñas de 12 y 9 años además del bebé.
Mientras habla con este periódico en la sede de Bilbao de la ONG Nueva Vida, donde participa en su programa Refugio para personas migrantes, a Agustina le vienen a la mente episodios que tenía totalmente olvidados. “Antes de este bebé, tuve un aborto. Cuando el médico me dijo que había problemas en mi embarazo, me recetó una medicación para tratar de que el bebé estuviera sano y evitar el aborto. Cuando él se enteró del precio de la medicación, preguntó si era necesario. Me dijo que ya sabíamos que ese bebé no iba a nacer, que no me gastara más dinero en cosas no necesarias. Yo quería luchar hasta el final por ese bebé, que por desgracia no nació”, lamenta.
Contrato nulo y alzamiento de bienes
En ocasiones, sin embargo, la violencia económica comienza o se prolonga una vez se rompe la relación. “Sucede cuando hay medidas judiciales que establecen pensiones de alimentos para los hijos, a veces una pensión compensatoria o una distribución de las cargas hipotecarias, y el agresor comienza a controlar a través del impago. Ahora te deja de pagar los alimentos de los niños, de repente hace un pago pequeño, luego otra vez impagan... y ellas van asfixiadas económicamente. No pueden cubrir los gastos de los niños o la hipoteca, hacen horas extra en el trabajo... Al final algunas pierden la casa o es su familia quien acaba pagando lo que no paga el agresor”, prosigue Susana Martínez Novo. La abogada cuenta que ese “estrangulamiento personal y económico” hace que muchas mujeres terminen medicándose con ansiolíticos y antidepresivos.
En el caso de Teresa, los medios económicos son la manera en la que su agresor sigue ejerciendo violencia contra ella. La Audiencia Provincial de Las Palmas le impuso el pago de una indemnización que asciende a 458.775 euros más los intereses legales: 200.000 euros por daños morales y 258.775 por daños personales y secuelas. Hasta el mes de abril de 2021, el agresor había abonado 3.360,35 euros, ni un 1% del total. Los ingresos han llegado a cuentagotas. “A veces son 20 euros, otras diez… Es dinero que la propia Audiencia le embarga cuando le pagan por hacer algún trabajo dentro de la cárcel”, cuenta ella.
El maltratador se ha valido de diferentes trampas para eludir el pago de la indemnización. Teresa consiguió que fuera condenado por alzamiento de bienes y por firmar con su hijo un contrato de arrendamiento de una vivienda de la que ella era copropietaria. El juzgado entendió que se trataba de una acción “torticera” maquinada por el agresor para intentar esquivar el pago de la responsabilidad civil.
El agresor de Teresa saldrá de la cárcel en 2024 y tendrá una orden de alejamiento hasta 2029. Sin embargo, para Teresa es imposible rehacer su vida con tranquilidad. “Tengo miedo. Todavía tengo miedo. Él no ha mostrado arrepentimiento ninguno”, cuenta. A la violencia económica que sigue sufriendo se suman las veces que su expareja ha intentado contactar con ella desde la cárcel. “Yo no viví un maltrato. Lo sigo viviendo”.
Tener en cuenta las consecuencias
Sin embargo, no es fácil para las víctimas de este tipo de violencia conseguir condenas. “El impago de pensiones establecidas en un juicio sí es un delito, igual que si te impide trabajar con continuas llamadas o visitas podrías decir que es acoso, pero en ninguno de los dos casos se tiene en cuenta no solo el hecho en sí sino las consecuencias. Debe haber una tipificación expresa de las consecuencias económicas como delito específico de violencia de género”, asegura Victoria Rosell. Además, son las víctimas las que deben probar que el agresor está ocultando nóminas o bienes, desahaciéndose de ellos fraudulentamente o desviando dinero, por ejemplo.
“Tardan años en conseguir una sentencia civil por impago. Mientras ¿de qué comen los hijos?”, se pregunta Susana Martín Novo, que menciona que algunas resoluciones judiciales han considerado el impago de las pensiones como otra forma de violencia de género ligada a la psicológica. “Pero estos hechos deberían considerarse a la hora de tener una condena por –por ejemplo– violencia habitual”, añade. Sin embargo, los procedimientos, que normalmente se centran en hechos concretos sucedidos en momentos específicos, ignoran un contexto más amplio en el que se producen conductas que dañan profundamente a las víctimas y a sus hijas e hijos.
Una sentencia pionera
La magistrada Lucía Avilés firmó en 2021 la primera sentencia judicial que reconocía la violencia económica como un tipo de violencia de género. Fue a partir del razonamiento de esa sentencia que Avilés presentó una iniciativa legislativa judicial para instar al Gobierno a tipificar la violencia económica. La sentencia condenaba a un hombre por impagar las pensiones de alimentos de sus hijos. A pesar de que tenía dos condenas previas por violencia de género, el procedimiento civil había acabado con un divorcio de “mutuo acuerdo” que, dice la magistrada, “invisibilizó” el contexto de violencia, que debía haberse tenido en cuenta a la hora de tomar medidas.
Avilés afirma que la realidad de los juzgados muestra cómo este tipo de impagos se utilizan para perpetuar el control de los agresores sobre sus víctimas. La magistrada subraya que en estos casos la valoración del hecho delictivo no puede basarse solo en cuantificar las pensiones, gastos o indemnizaciones impagados, sino que debe tener en cuenta los daños profundos que han ocasionado en el bienestar de la mujer y sus hijos, en las consecuencias para su salud, su educación, su alimentación o su socialización. Y menciona otros tipos de violencia económica, como la mala administración a propósito o el contrato de seguros u otros productos sin conocimiento de las mujeres.
A pesar de que la violencia económica es bien notoria para las víctimas, concluye la magistrada, es la menos atendida por la sociedad.