“¿Es que usted no tiene bastante con una sentencia condenatoria en el ámbito penal? ¿Es que no tiene bastante con eso? Que quiere más [...] que quiere ir ahora contra el padre porque le ha parecido insuficiente la condena en el ámbito penal que ahora le quiere quitar a la menor”. Es una de las frases que la representante del Ministerio Fiscal, Carmen Hidalgo le dirige a una víctima de violencia de género en una vista celebrada el pasado 4 de julio en la que la mujer pide la revisión del régimen de visitas que el padre, condenado por maltrato habitual hacia ella, mantiene con la hija de ambos, de cinco años.
La sesión dura una hora y 28 minutos, durante los que declaran la madre de la niña, Isabel López, su agresor y el padre y la hermana de éste. El auto resultante, fechado el 6 de julio, rechaza la modificación de las visitas, asegura que la denuncia de Isabel parte de “sus propias conjeturas o temores subjetivos” y considera que “no ha quedado suficientemente fundamentada la situación de peligro”. Esta no es la primera vez Isabel lo solicita, lo ha pedido desde el inicio del proceso, aunque siempre sin éxito, cuando denunció a su ex por maltrato.
Este último eslabón del procedimiento se inició a instancias de la mujer el pasado 17 de mayo, que al considerar que la niña corre riesgo en las visitas, solicitó como medidas urgentes la suspensión del régimen y la privación de la patria potestad o su reducción y que fueran bajo supervisión. En aquel momento el hombre había sido condenado a dos años y nueve meses de cárcel por maltrato habitual y una paliza contra Isabel. La Audiencia Provincial de Madrid la ha hecho firme en un fallo fechado el pasado 25 de octubre.
En la vista, la fiscal no considera acreditado el riesgo y asegura que la petición de Isabel es “una represalia” que parte de un supuesto interés de la mujer de “ir contra el padre”. Y es que ella tiene miedo a que su hija sea “instrumentalizada” por su expareja para hacerle daño a ella. “¿Usted de verdad considera que el padre de la niña, que ha cumplido su régimen de visitas, como represalia contra usted va a ir contra la menor?”, le pregunta la fiscal.
Esta no es la única ocasión a lo largo del juicio en el que la fiscal se refiere a la víctima de violencia de género con expresiones “contrarias a mi persona”, tal y como explica ella en una denuncia que presentó ante la Fiscalía General del Estado por lo que considera “un trato inapropiado, injusto, parcial e irregular”. Algo que le ha hecho sentirse “maltratada, humillada y falsamente acusada de obrar con mala fe”, reza el texto.
El escrito de respuesta de la Fiscalía, al que ha tenido acceso eldiario.es y que está fechado el pasado 9 de octubre, acuerda el archivo del caso. Asegura que la actuación de la fiscal fue “correcta y respetuosa” sin que “pueda inferirse la existencia de un prejuicio o animadversión hacia la denunciante”. Además, añade que en ningún momento “faltó al respeto” a las partes “o trató de manera desconsiderada a alguna de ellas”. En preguntas a este medio, la Fiscalía alude a la misma respuesta que en el escrito.
“No le estoy preguntando cómo se encuentra”
Entre otros momentos de la vista, Isabel incluye en su denuncia aquel en el que, mientras habla su expareja, ella niega con la cabeza varias veces y se pone las manos en la cara. “Señoría, si puede apercibir a la parte actora porque está constantemente haciendo aspavientos, es que yo ya no puedo concentrarme”, dice la fiscal. El letrado de la mujer le advierte que tiene estrés postraumático [debido a la violencia sufrida], a lo que ella responde: “Bueno, pues que se salga”.
El archivo de las diligencias por parte de la Fiscalía aluden a este momento concreto y, aunque reconoce que algunas opiniones pudieron ser expresadas “con especial vehemencia”, responde que la advertencia a Isabel y la sugerencia de que abandone la sala se hizo “de manera suficientemente delicada”.
Las visitas que el hombre mantiene con la hija de ambos siguen produciéndose tal y como las fijó en 2015 el Juzgado de Violencia nº1 de Arganda del Rey (Madrid) –fines de semana alternos, dos tardes a la semana y mitad de vacaciones– porque, aunque ya se ha ordenado la ejecución de la sentencia, es decir, la entrada en prisión del condenado, su defensa ha pedido la suspensión de la pena y aún se está revisando.
El juzgado fijó aquel régimen en un momento en el que tanto Isabel como su expareja estaban imputados por maltrato mutuo tras una contradenuncia de éste. Finalmente ella fue absuelta. Isabel tiene otra hija, de la que el condenado no es el padre, con el que éste no mantiene visitas, pero que ha estado bajo tratamiento psicológico y de recuperación debido a la violencia vivida.
La denuncia presentada también se refiere al momento en el que, después de salir de la sala tras ser apercibida por la jueza, Isabel vuelve a entrar y la fiscal comienza su interrogatorio aludiendo a la sentencia condenatoria por violencia de género. “¿Me va entendiendo?”, le pregunta. Ella pide disculpas y afirma que está “muy nerviosa”, como le ocurre cada vez que tiene un juicio o una vista por este proceso. “Bueno, yo no le estoy preguntando eso”, contesta la fiscal. “No le estoy preguntando cómo se encuentra. Solamente le estoy diciendo una pregunta para que usted me escuche y luego conteste a lo que yo le pregunto”.
Isabel, tal y como traslada a la Fiscalía General del Estado en su queja, afirma haber sentido que la fiscal no le permitió “explicar las razones del peligro de la niña” porque “me cortaba en cada pregunta”. Y pone como ejemplo el momento en el que le “increpa” preguntándole “¿Por qué está pidiendo continuamente que se le rindan cuentas a su hija?”, “no les deja pasar una”, prosigue.
La defensa de Isabel presentó como prueba al procedimiento la valoración de riesgo bajo la que la Guardia Civil mantenía a la mujer, a través del sistema VioGen, la herramienta que permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado hacer un seguimiento de las víctimas de violencia de género. En aquel momento el riesgo era “medio”, que en algún momento del proceso ha pasado a “alto”. La última valoración, del pasado 1 de noviembre, mantenía el riesgo en “medio”.
A ello se refiere también la fiscal durante la vista. “¿Usted se entrevistó con la Guardia Civil o cómo se hizo eso?”, “¿Y hacen el informe según lo que usted les cuenta?”, son algunas de las preguntas que le hace a Isabel, a lo que añade una sobre por qué el instituto armado no se entrevistó con las niñas, en referencia a sus hijas. “Pues yo si me lo piden...”, contesta ella. “¿Cómo que si se lo piden? ¿Usted no considera que si hay una situación de riesgo y no le dice que hablen con las niñas?”.
Isabel responde que ella cree que no es la Guardia Civil la que suele encargarse de ello. “Debería ser su señoría la que hablara con las niñas”, dice. Acto seguido, interviene la magistrada: “Letrada [refiriéndose a la abogada de su expareja], ¿alguna pregunta?”. Isabel asegura que ningún juzgado ha tomado en consideración cómo ha podido impactar en su hija la violencia que ha vivido en casa y pide que sea escuchada y se investigue. La Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia, reformada en 2015, incluye a los menores como víctimas directas de la violencia que sufren sus madres.