La docuserie Tor ha sido (y sigue siendo, puesto que hace poco anunció un nuevo testimonio importante) el true crime más personal de Carles Porta, al tratarse de un caso que ha investigado y seguido durante tres décadas. Su emisión fue un éxito brutal en TV3 y en su plataforma 3Cat, provocando incluso un fenómeno turístico, y más tarde llegó a Atresplayer por un acuerdo con Atresmedia.
Ahora el abogado Ricardo Gómez de Olarte, encargado de la representación legal de Josep Montané 'Sansa', el asesinado que desató la investigación y que es uno de los grandes protagonistas de esa docuserie, ha presentado una demanda civil contra las productoras de 'Tor' (incluida la de Carles Porta) y la CCMA (la matriz de TV3) en la que propone distintas fórmulas para imponerles una multa que podría ser de 1,2 millones de euros, y además una indemnización que podría alcanzar otros 12 millones de euros.
Así lo cuenta Crónica Global, medio en el que es colaborador el mismo abogado Ricardo Gómez de Olarte, que ha tenido acceso al “duro escrito de demanda”, como lo define el medio, y explica que la petición económica es “porque utilizaron sus imágenes sin consentimiento para una serie 'con ánimo de lucro', y pese a que él pidió que no lo hicieran”. Su justificación es que él “no es un personaje público”, y que los hechos que se narran en Tor no son “de actualidad”. Tras la publicación de esta noticia, Gómez de Olarte se ha puesto en contacto con verTele para reiterar: “Nunca he dado mi consentimiento para que se lucren total o parcialmente a mi costa después de casi 30 años del hecho y que ha dejado de ser noticia”.
En Tor, la voz de Carles Porta explica que el abogado Ricardo Gómez de Olarte rechazó concederles una entrevista y participar en la grabación. Pero en la versión de TV3 y 3Cat sí que se usan y muestran imágenes del mismo abogado cuando concedió una entrevista a Porta en 1997, para su cobertura del caso en la cadena autonómica. Una entrevista que fue autorizada y pactada entonces, y que ahora simplemente se reutiliza y recuerda en la docuserie.
Para el letrado, “lo grave es que TV3 es custodia de las imágenes de 30 minuts de 1997 donde aparezco yo. Cede dichas imágenes sin mi permiso a la productora True Crime Factory, S.L. (Carles Porta) para que junto a las otras dos productoras puedan crear una serie que luego venden a la propia TV3. Esa una falta muy grave de TV3”. Lo cierto es que TV3 es coproductora misma del formato, y también propietaria de los derechos audiovisuales de sus programas, incluyendo ese 30 minuts de 1997. Gómez de Olarte facilita en su escrito una reciente sentencia del Supremo que da la razón a un demandante contra un medio de comunicación que contó un crimen de hacía más de 36 años empleando una imagen que éste consintió en 1984, pero para la que no se le preguntó al republicarla en la actualidad.
Sin embargo, el letrado pide sancionar a la CCMA (que fue productora a través de TV3 y 3Cat), así como a las productoras Goroka, Ikiru Films y True Crime Factory, esta última la factoría de Carles Porta. La demanda ha sido admitida a trámite, y según el mismo medio ya comunicada a los acusados. Desde verTele hemos intentado ponernos en contacto con fuentes de True Crime Factory, sin éxito. También con fuentes de la CCMA, esperando su respuesta a la publicación de esta noticia.
Ricardo Gómez de Olarte asegura que al anunciarse la docuserie, y según él ser anunciado como “uno de los protagonistas del producto”, remitió burofaxes a las tres productoras y a la CCMA, volviendo a avisar de que no había aceptado participar, ni dado permiso para usar “imágenes informativas para un producto 'crematístico'”.
El abogado apoya su versión añadiendo que en la docuserie que emitió Atresplayer su testimonio fue eliminado, pero no así en lo que emitió TV3 y 3Cat, lo que para él demuestra el “dolo y la mala fe” de la autonómica, y considera “una versión censurada” lo visto en Atresmedia.
Multa de 1,2 millones, e indemnización de hasta 12 millones
El abogado considera que se ha vulnerado su privacidad, y se ha quebrantado la normativa de protección de datos. Según su escrito, la publicidad con la que se emitió la serie junto a la mala praxis que él considera que se ha cometido, son suficientes motivos para multar con 1,2 millones de euros al canal autonómico y a las tres productoras, proponiendo él mismo la fórmula para calcularlo.
Además, teniendo en cuenta el éxito de la docuserie, el abogado considera mayor la publicidad de la ofensa y propone aplicar el Reglamento General de Protección de Datos, que fija que el castigo máximo para las empresas que se entrometan en la intimidad personal puede ser de hasta el 4% de la facturación de la mercantil el año anterior. En cálculos de la “parte demandante” a la que cita el mismo medio, eso podría llegar a suponer una indemnización de 12 millones de euros.
Crónica Global añade para finalizar que ni TV3 ni las productoras han respondido a sus preguntas.