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“Causar la muerte en vida”: cinco claves para entender la violencia vicaria

"Causar la muerte en vida": cinco claves para entender la violencia vicaria
Barcelona —

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Barcelona, 26 ago (EFE).- El homicidio de un niño de 2 años presuntamente a manos de su padre en un hotel de Barcelona ha vuelto a poner en el centro del debate la denominada violencia vicaria, aquella que se ejerce contra los hijos para generar el máximo daño posible a la madre y llegar a causarle “la muerte en vida”.

De confirmarse la naturaleza de la muerte del pequeño, este se sumaría a una larga lista de menores asesinados por sus padres o por las parejas sentimentales de sus madres en el marco de la violencia machista, una cifra que alcanza los 40 desde 2014 (41 si se encuentra sin vida a Anna, la menor de las niñas de Tenerife a las que supuestamente mató su padre, Tomás Gimeno, y arrojó al mar), según los datos de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.

Estas son las cinco claves que explican cómo y por qué se produce este tipo de violencia:

1. EL LADO MÁS OSCURO DE LA VIOLENCIA MACHISTA

La violencia vicaria o “por sustitución” es una forma de violencia machista que se ejerce contra terceras personas con el objetivo de generar el mayor daño posible a una mujer y se expresa en la gran mayoría de los casos contra sus hijos.

“Se ejerce sobre todo contra las personas a las que la mujer más ama y con las que tiene un vínculo emocional importante”, ha explicado a Efe la psicóloga especializada en violencia sexual y procesos de victimización Alba Alfageme, una descripción que el psicoanalista y profesor colaborador de los Estudios de Psicología de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) José Ramón Ubieto ha resumido así: “Es el uso de los hijos para hacer daño a la pareja”.

Según este experto, la violencia vicaria suele tener como fatídico desenlace el asesinato de los hijos, pero también puede manifestarse de otras formas “más leves”, como “no devolver la custodia cuando toca, retener a los niños o hacerles presenciar actos de violencia hacia su madre”.

2. LOS NIÑOS COMO INSTRUMENTO

“El objeto principal no es tanto herir a los menores, sino usarlos para hacer daño”, ha asegurado Ubieto, para quien este tipo de violencia se basa en la voluntad de dejar “una huella imborrable” y una “herida que nunca cicatrizará” en la mujer víctima.

“Es causar la muerte en vida”, ha sentenciado Alfageme.

De acuerdo con esta psicóloga, este fenómeno considera a los hijos “como un medio o instrumento para causar el máximo dolor o daño a la madre”, por lo que a menudo se utiliza también como “método de amenaza” para impedir que una mujer se aleje.

“En una posible separación, te amenazo con que si te separas, agrediré o violentaré a nuestros hijos”, ha ejemplificado al aclarar que los agresores la emplean tanto para “retener” a sus parejas o exparejas como para “vengarse de forma extrema” de ellas.

3. UN PROBLEMA ESTRUCTURAL

Ambos especialistas han coincidido en que la violencia vicaria no es un elemento “nuevo”, sino que responde a patrones “estructurales” y se explica por una sociedad que aún responde a parámetros patriarcales.

“Para algunos varones, los hijos son sobre todo el objeto de la madre, es lo que le han dado a la mujer (...) y de la misma forma que se lo han dado, creen que se lo pueden quitar”, ha señalado Ubieto al referirse al “fantasma psíquico” de algunas personas que ven en sus hijos “un objeto de deseo y satisfacción” que puede traducirse incluso en “abusos sexuales o maltratos”.

Por su parte, Alfageme ha celebrado que, poco a poco, comience a “visibilizarse” este tipo de violencia, aunque a su juicio aún queda un largo recorrido por delante.

“Por suerte, le estamos poniendo nombre y estamos socializando esta problemática porque no es un fenómeno nuevo, sino que es estructural y hace muchos años que existe”, ha dicho antes de recordar que vivimos en una sociedad “absolutamente adultocéntrica”, en la que “siempre pensamos en lo que les pasa a las personas adultas, mientras los hijos son los grandes invisibilizados de esta violencia”.

4. REGULACIÓN EN EL AIRE

Aunque actualmente la violencia vicaria no figura como tal en la ley de violencia de género de 2004, el pasado junio se publicó en el BOE una modificación de esta legislación para pasar a considerarla como aquella forma de violencia de género “que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se ejerce sobre sus familiares o allegados menores de edad”.

No obstante, desde 2015 se reconoce a los hijos de las mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas como víctimas directas de la violencia machista, aunque el término no aparezca en la redacción de la norma, a diferencia de lo que ocurre en leyes autonómicas como la catalana o la gallega.

Donde sí figura explícitamente es en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, en cuyo documento se la describe como “el daño más extremo que puede ejercer el maltratador hacia una mujer: dañar y/o asesinar a los hijos/as”.

Una de las últimas modificaciones legales para proteger a los menores víctimas de violencia vicaria es la nueva ley de protección a la infancia, que entró en vigor en junio y que prevé que, en los casos de violencia de género, se suspenda el régimen de visitas de los presuntos maltratadores si se dicta una orden de protección para la madre y existen indicios de que los menores han presenciado el maltrato.

5. UN ABORDAJE HOLÍSTICO PARA COMBATIRLA

Para poder hacer frente a este tipo de violencia es necesario, de acuerdo con los expertos, un abordaje “global y holístico” que permita entender que “no son hechos aislados, sino que responden a situación de desigualdad estructural” que requieren una “perspectiva feminista”.

“Si no, nos estaremos equivocando en el enfoque”, ha advertido Alfageme, quien ha resaltado que “una persona violenta con su pareja no puede ser un buen padre” porque “su forma de relacionarse a nivel emocional es a través de la violencia”, y ha pedido tener este aspecto en cuenta en los procesos de separación o divorcio.

En esta misma línea se ha expresado Ubieto al defender que “la condición de padre no se puede disociar tan fácilmente de la relación conyugal o de pareja”, ya que, cuando existe un problema, “hay que suponer que este afectará también a la relación parental”.

Por eso, aunque los jueces “tienden a disociar estas cosas” y “un padre condenado en firme por violencia de género no necesariamente pierde los derechos de visita de sus hijos”, ha abogado por reflexionar sobre si “es posible que un progenitor que maltrata a su pareja pueda tener una buena relación con los hijos”.

Por Alba Gil

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