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Listeriosis: la inaplicación del protocolo por las autoridades sanitarias de la Junta de Andalucía agravó la epidemia

Fallece una anciana de 90 años por listeriosis en Andalucía

Néstor Cenizo

Las autoridades sanitarias de la Junta de Andalucía conocían desde hace al menos un mes que se estaba produciendo un incremento de los casos de listeriosis. El conocimiento de ese aumento inusual, que un informe de la propia Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica sitúa en “la segunda quincena de julio”, no dio lugar a la preceptiva declaración de alerta en salud pública ni la puesta en marcha de medidas de control ante el que ya es el mayor brote de listeriosis en España, causante al menos del fallecimiento de una mujer de 90 años. Este miércoles había 132 casos confirmados, entre ellos 53 hospitalizados (incluyendo 23 embarazadas).

La parálisis de la Junta de Andalucía ante el incremento de los casos de listeriosis en julio plantea interrogantes sobre el cumplimiento de los protocolos de actuación elaborados para la detección de los brotes epidémicos, así como la puesta en marcha de medidas de control. La ministra de Sanidad en funciones, María Luisa Carcedo, declaró este miércoles que ha habido “un fallo” en el sistema de control específico de la listeria en el caso de la carne mechada contaminada. “Evidentemente se ha producido [el fallo], porque los procedimientos establecidos están pensados para que no suceda esto”.

La Junta de Andalucía decretó la alerta sanitaria sobre el producto de carne mechada 'La Mechá', de la empresa Magrudis, el 15 de agosto, un mes después de que sus propios servicios detectaran un aumento anómalo de casos de listeriosis.

“El 15 de agosto retiran el producto, pero cuando se ha declarado la alerta la exposición a la carne contaminada se ha estado produciendo probablemente durante mes y medio. La intervención es muy tardía para un sistema de notificación que se presume ágil”, lamenta un técnico cualificado en prevención epidemiológica, que pide mantener el anonimato. Este técnico, conocedor profundo del protocolo de actuación vigente, asegura que por la sucesión de acontecimientos este protocolo no se ha cumplido.

“Un brote no llega de golpe. El aumento de casos se tuvo que ver, y la alerta tuvo que declararse durante la primera o la segunda semana de julio”, señala durante la entrevista, realizada antes de conocerse el informe de la administración autonómica que corrobora que el repunte de casos se detectó “en la segunda quincena de julio”. Este retraso en actuar habría provocado que la exposición al riesgo haya sido muy prolongada, según el experto.

La actuación de la Junta plantea algunos interrogantes respecto a su adecuación al protocolo:

¿Cuándo se produce una alerta sanitaria?

Un solo caso de esta enfermedad se considera alerta en Salud Pública por ser “enfermedad de declaración obligatoria de declaración urgente”, así como un brote epidémico (dos o más casos asociados) o “agrupación inusual de casos de esta enfermedad”. La mera sospecha de alerta se debe investigar y comunicar de manera urgente al Servicio de Vigilancia Epidemiológica.

El protocolo de vigilancia y alerta de la listeriosis, actualizado en septiembre de 2011, establece que en caso de brote de listeriosis debe iniciarse una investigación epidemiológica para determinar la fuente de infección y el modo de transmisión y deben iniciarse medidas preventivas o de control.

¿Qué debe hacerse una vez declarada la alerta?

El protocolo señala de manera explícita que la declaración de alerta (que en este caso no se produjo hasta el 15 de agosto) implica una “intervención inmediata”.

Además del protocolo específico para casos de listeriosis, existe un Protocolo de actuación de brote epidémico, en el que se establece que “ante la sospecha de un brote epidémico” es necesario su notificación urgente al nivel sanitario inmediatamente superior e iniciar la investigación. La propia redacción de este documento enfatiza la importancia de extremar la precaución para actuar con celeridad ante las meras sospechas: “A veces la sospecha inicial es descartada con el estudio detallado de los hechos, pero una actitud expectante está siempre justificada ante el riesgo que pudiera estar corriendo la salud de la comunidad”.

Este documento recoge también la definición de brote epidémico: se confirma mediante la “comparación entre el número de casos ocurridos («observados») y el número de casos «esperados», por unidad de tiempo y lugar determinado”, cuando la presencia de un determinado número de casos de la enfermedad diagnosticada en la comunidad “aparece como excesiva con relación a la frecuencia habitual”. Del informe conocido este miércoles se deduce que el exceso fue detectado por las autoridades sanitarias en “la segunda semana de julio”, sin que se declarara la alerta o la sospecha de alerta ni se confirmara el brote.

¿Cuáles son los plazos de actuación ante un brote?

Un tercer protocolo, de actuación ante alerta por toxi-infección alimentaria, define la toxi-infección como “dos o más casos de una enfermedad o cuadro clínico similar que se asocia con una fuente o vehículo común de transmisión alimentaria”.

El consejero Jesús Aguirre ha insistido en que hasta que no se produjo el primer “brote familiar” los técnicos no pudieron aislar los productos sospechosos, lo que justificaría que no pudieran actuar antes. Según la Consejería, hasta el 14 de agosto no hubo “evidencias sólidas” que permitieran “asociar sin duda” la causa de los brotes a la carne mechada de la empresa en cuestión. Sin embargo, el II Protocolo de actuación de brote epidémico obliga a actuar ante la mera sospecha.

Los plazos perentorios recogidos en el protocolo de actuación ante alerta por toxi-infección alimentaria también contrastan con la actuación concreta. El informe conocido este miércoles recoge que el día 5 de agosto “se declaró un brote de toxiinfección alimentaria”, y que el muestreo en la empresa productora fue realizado el 7 de agosto, dos días después. El protocolo establece que en los brotes de ámbito público entre la notificación de la sospecha de un brote y la conclusión de inspección de todos los lugares que puedan tener relación con el brote “no han de pasar más de 12 horas”.

Ello se suma al retraso en actuar una vez determinado por el laboratorio que la muestra remitida era “altamente positiva” en listeria. Desde el 9 de agosto en que se concluyó el informe, pasaron cinco días hasta que se ordenó detener la producción y retirar el producto, y seis hasta que la Junta de Andalucía declaró la alerta sanitaria. La administración autonómica arguyó que este retraso fue provocado por un error de etiquetado en el laboratorio del ayuntamiento de Sevilla que realizó el análisis.

Este miércoles la Junta de Andalucía ordenó la retirada de todos los productos de la empresa fabricante de 'La Mechá', no sólo la carne mechada.

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