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Andalucía plantea un decimosexto recurso al TC contra el mayor control financiero para el Gobierno de España

El Gobierno de Andalucía ha aprobado este martes presentar un recurso en el Tribunal Constitucional (TC) contra preceptos de dos leyes del Gobierno de la Nación, con lo que se elevarán a 16 los litigios en marcha entre las dos administraciones en un alto tribunal que, en lo resuelto esta legislatura, ha inclinado claramente la balanza hacia el ejecutivo de Mariano Rajoy. En concreto, la Junta de Andalucía recurrirá dos preceptos de la Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio, que modifica las de financiación autonómica y la de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

El portavoz del Gobierno de Andalucía, Miguel Ángel Vázquez, ha explicado que se irá contra la “inconstitucionalidad” de dos preceptos de la modificación. Por un lado, el que permite a la Administración General del Estado (AGE) quitar recursos a las autonomías para saldar sus deudas con las administraciones locales. Y por otro, el que impone un control extra del gasto farmacéutico cuando la sanidad es una competencia de las comunidades autónomas. Considera que no sólo se vulnera la Constitución Española, sino también el Estatuto de Autonomía.

Sobre el primer precepto, ha dicho que “va en contra los principios de autonomía financiera”, y ha recordado que la Junta de Andalucía pidió la convocatoria de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales para dialogar sobre este asunto sin tener respuesta. “La retención de recursos podría generar insuficiencia financiera en las autonomías”, ha criticado.

El segundo precepto que se recurre es el que añade una disposición a la Ley General de Sanidad que faculta al Ministerio de Sanidad para delimitar el gasto farmacéutico y/o sanitario. “Vincula el crecimiento del gasto farmacéutico al del PIB de las comunidades autónomas”, ha expuesto Miguel Ángel Vázquez.

En su opinión, “es inconcebible que se pretenda limitar a una cifra concreta el gasto farmacéutico, cuyo ordenante es un facultativo y no un político”. Ha puntualizado que se comparte el principio de controlar el gasto farmacéutico, “y Andalucía es un ejemplo”. Pero cree que el método seguido por el PP supone una invasión de competencias. “Eso en un contexto en el que el Gobierno de la Nación recurre medidas que permiten ahorrar en la materia, como la subasta de medicamentos de la Junta de Andalucía”, precisamente uno de los 15 litigios en curso en el TC.

De esta manera, el curso político comienza otra vez el pulso con Madrid, igual que ocurriera en septiembre de 2014, cuando la Junta de Andalucía aprobó otros dos recursos, entonces en materia de energía y en horarios comerciales con lo que también considera que el Gobierno de la Nación está invadiendo competencias del Estatuto de Autonomía. Cuando se presente este nuevo, serán 16 los litigios abiertos, con un balance hasta ahora en contra de Andalucía, porque de las 20 controversias que ha resuelto esta legislatura, el TC sólo ha fallado en una a favor de la comunidad autónoma.

La única vez que un fallo del TC en estos cuatro años respaldó la postura de la comunidad autónoma andaluza fue en el conflicto planteado por el Estado acerca de la incompatibilidad ser alcalde y diputado. El alto tribunal avaló la ley andaluza y, entre otras cuestiones, varios alcaldes y parlamentarios andaluces se vieron obligados a dejar su escaño en la Cámara andaluza a pocos meses de las elecciones municipales.

La semana pasada, el que pudo haberse convertido en un nuevo conflicto entre ambas administraciones (contra determinados preceptos de la Ley de Parques Naturales) finalmente se evitó cuando el Gobierno central aceptó las apreciaciones de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Normas del Estado impugnadas por Andalucía

Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por el que se regulan determinadas Tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética; Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social; y Real Decreto-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema eléctrico y en el sector financiero.

Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.

Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1980, de 28 de julio, de costas.

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).

Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.

Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.

Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

Real Decreto-Ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.

Real Decreto ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.