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Carmona recurre el auto que eleva al Supremo el caso Tomares y pide archivar las actuaciones

Carmona recurre el auto que eleva al Supremo el caso Tomares y pide archivar las actuaciones

EUROPA PRESS

SEVILLA —

Hablamos de la investigación judicial relativa a la contratación del edil popular del Ayuntamiento de Tomares Juan Campos, para la elaboración de una serie de informes cuando no ostentaba aún el cargo de edil, dado que su contratación a manos del Consistorio tomareño se remonta al pasado mandato.

Las oposición denunciaba que los informes constan de apenas dos o tres líneas y habrían sido elaborados 'a posteriori' para justificar el dinero abonado a Campos, así como una supuesta vulneración de las normativas de contratación, dado que el contrato firmado entre el Ayuntamiento y Campos fue formalizado en octubre de 2007 por un año “improrrogable”, pero los pagos se habrían prolongado hasta 2009.

IMPUTADO ELOY CARMONA

El concejal de Presidencia, Eloy Carmona; la concejal de Medio Ambiente, Mercedes Fuentes; y el propio Juan Campos fueron imputados por el Juzgado de Instrucción número ocho, después de que las fuerzas de oposición elevasen el asunto a la Fiscalía y el Ministerio Público promoviese su propia denuncia. Después, la juez imputó además a la concejal de Urbanismo, Pilar Domínguez (PP), figurando también como imputado el propio vicesecretario interventor del Ayuntamiento de Tomares y dos representantes de la sociedad limitada 'Guerra 21'.

Finalmente, el Juzgado de Instrucción número ocho, a través de un auto fechado el 30 de abril y recogido por Europa Press, señala la “condición de aforado” del alcalde, José Luis Sanz, al ostentar un acta de senador por Andalucía, porque “procede estimar la incompetencia de este juzgado para continuar la instrucción y dirigir en su caso la imputación frente al mismo, por lo que procede acordar la remisión al Tribunal Supremo, órgano competente para ello”.

LOS INFORMES

En este auto, la juez María de los Reyes Flores concreta que “los informes aportados por Campos ponen claramente de manifiesto que han sido elaborados en el año 2013 con el fin de intentar justificar el cobro de las facturas, pues se acredita la veracidad de la declaración de Bretones (técnico del Ayuntamiento), cuando afirma que Campos le pide que elabore informes para aportarlos, concluyendo el informe emitido por la Policía Científica que tales documentos fueron elaborados en febrero de 2013 y borrados en noviembre de dicho año, si bien no se ha podido localizar el ordenador con el que, en su caso, el señor Campos elaboró los informes que aporta”.

“Los indicios nos permiten concluir que (los informes) son creados a tal fin y en tales fechas en el año 2013, pues incluso lo que resulta adverado en el informe policial es que las fotografías que los ilustran no fueron tomadas en las fechas indicadas, en los años 2007 y 2008, sino en fechas posteriores”, señala el auto, según el cual “no se esclarece qué tareas realizaba (Campos) cada mes para sustentar las facturas que emitía”.

Frente a este auto, la defensa de Eloy Carmona ha elevado al juzgado un recurso de reforma y subsudiario de apelación en el que avisa de la “errónea valoración de las pruebas practicadas”, defendiendo que “la eventual superación del límite del contrato no constituiría más que una irregularidad administrativa”, toda vez que “en los contratos menores”, los delegados de área “confían en el procedimiento legalmente establecido para la aprobación del gasto, que pasa por varios trámites”, esperando así que el propio procedimiento “alerte de cuándo se alcanza el límite máximo del contrato”.

Las facturas emitidas por Campos y abonadas por el Ayuntamiento, según el recurso de Eloy Carmona, recogido por Europa Press, contaban con la ordenación del pago firmada por el interventor, el tesorero y el delegado de Hacienda, entre otros aspectos. En cuanto al testimonio de Bretones, expone el recurso que “confirma que Campos prestaba servicios, independientemente de que se entienda que mejor o peor”, aspecto “obviado” por el auto. El recurso, además, avisa de que el padre de Bretones “fue concejal de IU” en el Ayuntamiento y “su relación con Campos nunca fue buena”.

“Las únicas personas que niegan la prestación del servicio son Faustino y las personas de su delegación, con las que los imputados tienen una enemistad manifiesta, principalmente con Carmona y con el alcalde”, dice por cierto el recurso señalando, especialmente, “la gravedad del conflicto” entre el exteniente de alcalde Faustino Rodríguez y Carmona y la “animadversión y rencor” del primero al “culpar” a Eloy Carmona y al alcalde, “de la ruina de su negocio y estar dolido por no contar con él en las listas” electorales.

En cuanto a la fecha de elaboración de los informes, el recurso ve “errónea la valoración de los informes policiales”, porque en las actuaciones no figurarían los informes “originales” elaborados por Campos “ni su data ha sido fijada de forma indubitada, ni el informe (policial) se refiere a todos los informes (de Campos), sino que sólo menciona algunos”. “Consta acreditada la realización de fotografías por Campos e informes en dicha época en la que estaba contratado”, enfatiza el recurso, que asegura que el concejal “rehizo algunos informes en 2013 para aportarlos por no haber encontrado los realizados”.

Así, el recurso no ve “indicio de delito alguno” respecto a Carmona, el resto de imputados ni “el alcalde y senador” José Luis Sanz, pues “su intervención se limita a la firma de los contratos como alcalde”, por lo que en resumen pide dejar sin efecto el auto de elevación de las actuaciones al Tribunal Supremo y el archivo de las actuaciones respecto a Eloy Carmona.

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