Diez ejemplos de cláusulas sociales y medioambientales que primarán en la contratación pública en Andalucía
La guía que ultima la Junta de Andalucía con estipulaciones para los pliegos de contratación pública de bienes y servicios, que este lunes ha recibido el visto bueno de los principales sindicatos y la patronal, obligará a las empresas a respetar los convenios colectivos, a estar al día en el pago de las nóminas a sus trabajadores y a no recurrir a paraísos fiscales para desviar sus deberes fiscales, entre otras cuestiones que podrán ser objeto de rescisión del contrato y que explicábamos ya en esta información.
Se trata de documento que básicamente incide en la economía social, no en vano supone el 80% del empleo en la comunidad autónoma y la que mejor está resistiendo la crisis frente a los despidos masivos que han mermado las plantillas de las grandes empresas. Pero aparte de estas exigencias, hay otros comportamientos que darán ventaja a la hora de contratar con la Junta de Andalucía, y que suponen un compromiso por las dos partes (administración y empresa). Ponemos a continuación 10 ejemplos de esas cláusulas sociales y medioambientales.
Igualdad de género. Si el licitador cuenta con una representación de mujeres en plantilla desequilibrada, o sea que supongan menos del 40%, deberá optar por trabajadoras para las nuevas contrataciones, bajas o sustituciones de puestos de responsabilidad que se produzcan en el personal para la ejecución del contrato. En todo caso, deberá realizar durante la ejecución del contrato al menos una nueva contratación de mujer. O en su defecto transformar al menos una contratación temporal de mujer en indefinida.
Mantenimiento de la plantilla. Durante la ejecución del servicio deberá mantener la plantilla de los adscritos al objeto de la licitación, sin que proceda suspensión o extinción de puestos de trabajo salvo por bajas voluntarias, despidos disciplinarios, disconformidad de la administración o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria.
En contratos de servicios y/o suministro de productos textiles, los mismos deberán haber sido elaborados al 100% con fibras que cumplan los requisitos establecidos en la Etiqueta Ecológica Europea o equivalente, en relación con la presencia de determinadas sustancias como son los pesticidas, tintas, metales pesados... Se tendrá en cuenta el porcentaje de fibras procedentes de la agricultura ecológica. En la producción, sólo se usarán aquellos tintes o preparados que contengan menos del 0,1% de peso de sustancias a las que se haya asignado o se les pueda asignar frases de riesgo... Será exigible la certificación de haber sido producida en condiciones laborales dignas.
En los contratos que incluyan suministro de papel, sólo podrá ser de dos tipos: reciclado, con un mínimo 85% de fibras reutilizadas y con proceso de blanqueado completamente libre de cloro, o de fibra virgen procedente de bosques de gestión sostenible. O sea, con certificado de explotación forestal sostenible tipo FSC, PEFC o equivalente.
En los contratos que incluyan suministro de material de oficina, los productos de papel y/o cartón deberán ser 100% reciclados (blocs de notas, carpetas, archivadores, libretas…); no se admitirá el PVC en ninguno de los componentes; ni los que contengan disolventes orgánicos. Los susceptibles de ser recargados no serán sustituidos por productos nuevos completos. Siempre que sea factible se comprarán artículos con alimentación solar. En el caso de aparatos que utilicen pilas, éstas serán recargables. Se optara por lápices y otros productos similares sin lacar.
Para la adquisición de productos higiénicos, deberán cumplir las siguientes características: el jabón no podrá contener sustancias superfluas o innecesarias como perfumes o aromas, colorantes y desinfectantes/biocidas; el papel higiénico deberá ser 100% reciclado y libre de cloros, tampoco podrá ser coloreado ni perfumado; los equipos seca manos serán de rollo de tela, de papel que deben recargarse con toallas de fibra reciclada o de aire convencionales, que deberán ser automáticos, con detectores de movimiento.
En los contratos que incluyan suministro de mobiliario, la madera utilizada en la fabricación deberá ser natural y con certificado de explotación forestal sostenible y de cadena de custodia tipo FSC, PEFC o equivalente y tableros de partículas con bajas emisiones de formaldehído.
En los contratos que conlleven uso de vehículos (reparto, mensajería, obras, transporte...), se vigilará en materia de emisiones y contaminación. Se valorará la utilización de vehículos eléctricos en la flota correspondiente.
En los contratos de suministros y/o servicios informáticos, se valorará la calidad medioambiental de los equipos, con puntos si los procesadores ofertados tienen modos de funcionamiento que permitan el ahorro de energía, las mejores características de disipación de calor y si no superan los niveles de emisiones de sustancias nocivas según el procedimiento definido en la ecoetiqueta Ángel Azul o equivalente.
En los contratos de servicios de limpieza, el adjudicatario estará obligado a utilizar bolsas de basura compuestas por material biodegradable o reciclado o por cualquier otro que suponga una ventaja de carácter medioambiental, se primará el uso de productos ecológicos...
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