Un menor de Mali devuelto en caliente en Melilla traslada su caso al comité contra la tortura de la ONU
Diakaridia Diallo aún no ha cumplido la mayoría de edad. Actualmente, se encuentra en algún lugar entre Oujda y Nador, al noreste de Marruecos. Ha intentado, en vano y por dos veces, entrar en Europa por Melilla. En la primera, en octubre de 2014, apenas pudo acercarse a la valla y miembros de las fuerzas auxiliares de la Mehanía marroquí le detuvieron y pegaron con palos de madera, según su versión, hasta hacerle perder gran parte de la zona superior de su dentadura. La segunda vez, a primeros del pasado diciembre, tampoco le preguntaron y, tras seis horas encaramado a la valla fronteriza, fue entregado al ejército marroquí por parte de agentes de la Guardia Civil española.
A su testimonio, presentado este viernes ante el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas, con sede en Ginebra, le acompaña el vídeo de la Asociación Pro.De.In Melilla publicado en diciembre donde Diallo relata lo sucedido y donde se aprecia la devolución en caliente, la misma actuación que defiende el Gobierno de España y que supuestamente ha regulado tras la reforma de la Ley de Extranjería. El vídeo recoge unas declaraciones del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, que en una de sus visitas a Melilla afirmó que “los procedentes de Mali, al ser una zona de conflicto, no pueden ser extraditados ni devueltos” a su país de origen.
La comunicación presentada ahora por el Comité René Cassin en representación del joven de 17 años señala que, en la madrugada del 10 de febrero de 2015, las fuerzas auxiliares marroquíes y la gendarmería real tomaron el Monte Gurugú cercano a Melilla, donde de nuevo se encontraba Diallo a la espera de una tercera oportunidad. “Detuvieron a unas 1.200 subsaharianos, a quienes distribuyeron en unos 24 autobuses para llevarlos a distintos centros de detención en territorio marroquí. Desde esa fecha nada ha vuelto a saberse del joven Diakaridia Diallo”, se indica en la comunicación.
Hasta hace poco más de un año, España no deportaba inmigrantes a Mali por considerar que se trataba de un país en conflicto. En la actualidad, se realiza un cribado entre los ciudadanos del sur, para los que no se presume peligro, y del norte, área de dominio islamista, que sí lo están. Es el mismo criterio que rige para admitir a o no a trámite las solicitudes de asilo de estas personas. Conforme explica Prodein en la grabación que se enlaza en la comunicación dirigida a la ONU, a este joven “nadie le preguntó su nombre, su edad o si quería pedir asilo”. “No tuvo abogado ni intérprete, no pudo hablar. Simplemente, le detuvieron y le entregaron al ejército marroquí”, se explica en el vídeo.
Según el escrito dirigido a la ONU, “el Gobierno del Reino de Marruecos es responsable de que miembros de sus fuerzas auxiliares de la Mehanía detuvieran y apalearan a Diakaridia Diallo así como a la nueva y posterior detención e ingreso en algún centro de detención donde, desde el 10 de febrero de 2015 no se tiene noticia alguna de él, por lo que ha sido imposible presentar recurso interno alguno ante los juzgados y tribunales del Reino de Marruecos”.
El representante del menor señala que los actos que se detallan se explican “a causa del endurecimiento de las políticas migratorias europeas” y se inscribe “en el marco de los esfuerzos hechos por las autoridades para combatir la inmigración clandestina y las redes de trata de seres humanos. Esta acción se realiza también en el marco de la cooperación con la Unión Europea y las autoridades españolas”. Los actos, “cometidos intencionadamente, han inflingido” al menor “dolores y sufrimiento, físicos y mentales que constituyen, cuando menos, tratos crueles, inhumanos y degradantes”, y cita el artículo 16.1. de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de 10 de diciembre de 1984).
La comunicación también explica que los hechos muestran “un panorama de actitudes y acciones por parte de los agentes de la autoridad dependiente del Gobierno del Reino de Marruecos que violan el artículo 4 de la Carta Africana de los derechos del hombre y de los Pueblos de 1981. Asimismo, muestran ”un desprecio, una violencia, un trato degradante, precisamente por ser negros e inmigrantes, contrario a lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, proclamada en 1983, indica entre los pactos y principios supuestamente violados.
El representante del menor pide al Comité contra la Tortura que admita la comunicación, apuntando que “las autoridades marroquíes no han permitido a Diakaridia Diallo acceder a la jurisdicción para poder poner de relieve las circunstancias en que ha producido su detención, apaleamiento y posterior nueva detención e internamiento”.